Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 13
Córdoba, 3 de Marzo de 2006

Córdoba, 22 de marzo de 2006

reintegrable los recursos del Fondo de Infraestructura Eléctrica a los proyectos sugeridos por el Consejo Consultivo del mencionado Fondo, con un presupuesto de PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO
CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 10.918.625,74 de conformidad con el siguiente detalle:

Expediente Nº 0503-039214/2004.Titular 1 E.P.E.C.
VISTO: este expediente en el que obra la Resolución Ministerial Nº 274/05, mediante la cual se dispuso aplicar en los términos de la Ley 9165 y normas reglamentarias, los recursos del Fondo de Infraestructura Eléctrica creado por dicho plexo normativo, a los proyectos señalados en dicha resolución ministerial.
Y CONSIDERANDO:
Que como primera medida, y en virtud del pedido formulado a fs. 53/54 por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba EPEC, corresponde rectificar los montos presupuestados en las cuatro primeras obras enumeradas en el artículo 1º de la mencionada Resolución Nº 274/05, por cuanto se han detectado diferencias en las deducciones del I.V.A sobre los valores de las ofertas preadjudicadas.
Que por otra parte, la Empresa Provincial de Energía de Córdoba E.P.E.C.
implementó los procesos de selección de los contratistas de las obras enumeradas en los puntos 5 y 6 de la Resolución Nº 274/05, cumplimentando los requisitos previstos por la Ley de Obras Públicas de la Provincia Nº 8614 y la ley Nº 7631, y su Decreto Reglamentario Nº 1882/80, todo ello de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 94/05.
Que en el marco de lo establecido por los artículos 4º y 6º de las Normas Generales para la administración, fiscalización y aplicación del Fondo de Infraestructura Eléctrica, se toma conocimiento de la erogación concreta que aplicarán los proyectos sugeridos, y se procede ajustar la aplicación del Fondo de Infraestructura Eléctrica por el monto a adjudicar en definitiva.
Que, asimismo, corre agregado a fs. 60 Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 676/06, el cual refleja la rectificación aludida en el primer párrafo y el ajuste apuntado anteriormente.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio bajo Nº 45/06, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- RECTIFICAR el artículo 1º de la Resolución Nº 274 de fecha 28 de noviembre de 2005 de este Ministerio, el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 1º.- APLICAR en los términos de la Ley Provincial Nº 9165 y la Resolución de este Ministerio de Obras y Servicios Públicos Nº 94/05 con carácter no
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

2 E.P.E.C.

3 E.P.E.C.

4 E.P.E.C.

5 E.P.E.C.
6 E.P.E.C.

Obra / ADQUISICIÓN
Presupuesto Estación Transformadora ALTA GRACIA:
CONSTRUCCIÓN SEGUNDO CAMPO DE
TRANSFORMADOR 66/13,2 kV de 10 MVA.
$ 942.146,49
AMPLIACION Estación Transformadora COLONIA
CAROYA 132/66 kV, INSTALANDO UN TERCER
AUTOTRANSFORMADOR DE 25 MVA.
$ 1.081.855,37
CONSTRUCCION LINEA AEREA DE TRANSMISIÓN
DE 132 kV entre Estación Transformadora SAN FRANCISCO y Estación Transformadora Brinkmann 2º ETAPA: desde Estación Transformadora FREYRE hasta BRINKMANN.
$ 4.026.446,28
TENDIDO DE ALIMENTADOR EXCLUSIVO DESDE
Estación Transformadora GUIÑAZÚ Y DOS SALIDAS PARA
DIVIDIR DISTRIBUIDOR GRANCOR EN NORTE Y SUR.
$ 2.556.768,60
Adquisición de transformador 66/13.2 Kv- 16/22 MVA para ET Alta Gracia $ 1.172.058,50
Adquisición de autotransformador 132/66/13.2 Kv 25/25/4 MVA para ET Colonia Caroya $ 1.139.350,50

ARTÍCULO 2º.- APROBAR lo actuado por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba E.P.E.C. con los alcances previstos en el Artículo 6º de las Normas Generales para la administración, fiscalización y aplicación de dicho Fondo, aprobadas por Resolución Nº 094/05 de este Ministerio, respecto de las obras enumeradas en los puntos 5 y 6 del artículo precedentemente rectificado y, en consecuencia, AJUSTAR
el financiamiento del fondo por lo montos preadjudicados.
ARTÍCULO 3º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de Pesos Diez Millones Novecientos Dieciocho Mil Seiscientos Veinticinco Con Setenta y Cuatro Centavos $
10.918.625,74, conforme lo indica la Gerencia de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 676/06, con cargo a Jurisdicción 1.25, Programa 250/0 Partidas: Principal 10
Parcial 03 - Sub-Parcial 01 del P.V.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése intervención al Consejo Consultivo del Fondo de Infraestructura Eléctrica y archívese.
CR. OSCAR A. SANTARELLI
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

la Resolución Nº 004/2004. Exceptuando la inclusión de los datos de: tiempos de semáforo;
velocidades máximas permitidas y velocidades verificadas.-

RESOLUCION Nº 3
Córdoba, 20 de Marzo de 2006
VISTO: Lo expresado por la Ley Nº 8980, Decreto Reglamentario Nº 447/04
y Resoluciones inherentes sobre Utilización de Dispositivos Reguladores y Controladores del Tránsito, y CONSIDERANDO:
Que resulta absolutamente necesario exigir requisitos mínimos para la constatación de todas las infracciones que se realicen mediante registros gráficos no especificadas en las Normas mencionadas precedentemente.
Que existe en la actualidad la Resolución Nº 004/2004, la cual hace referencia a las medidas de seguridad que debe tener todo capturador de infracciones con destino específico cinemómetros, semáforos de prioridad y semáforos limitadores de velocidad.
Que es importante contar con un medio probatorio, eficiente y confiable de verificación de infracciones, toda vez que se utilice el mecanismo de control contemplado en la Ley Nº 8560 y sus complementarias.

Que es competencia de esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito establecer requisitos adicionales a los fines de dotar de mayor eficiencia y seguridad a los sistemas de comprobación de infracciones a las leyes vigentes en nuestra provincia.
Que esto significaría aportarle a los Municipios y Comunas, en sus travesías, de un instrumento más eficaz y transparente a la vista de los usuarios de la vía.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
RESUELVE:

ARTÍCULO 2º: Ratificar al INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL-Delegación Córdoba I.N.T.I. CBA, como entidad reconocida para emitir certificados de verificación de los ítems suscriptos en el Artículo 1º, tal cual lo expresado en el Artículo 2º de la Resolución Nº 004/2004.ARTÍCULO 3º: La Autoridad de Aplicación, una vez cumplimentada las
exigencias de los Artículos 1º y 2º de la presente respectivamente, podrá autorizar a los Municipios y Comunas en sus travesías, la utilización de los dispositivos técnicos a modo de apoyo logístico de sus operativos de control, sujetos a lo prescripto en la normativa vigente.ARTÍCULO 4º: PROTOCOLICESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE EN EL
BOLETÍN OFICIAL Y ARCHÍVESE.LUIS ERNESTO NOTTA
DIRECTOR DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO

MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
GERENCIA DE RENTAS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1434

ARTÍCULO 1º: Autorizar las sanciones de todo tipo de infracciones detalladas en el capítulo IV del Anexo 2 del Decreto Reglamentario 447/04 y las demás infracciones consideradas en el Codificador de infracciones de la Ley Nº 8560 y sus modificatorias, que se constaten utilizando la apoyatura de registros gráficos, dando cumplimiento a las especificaciones contempladas en el punto 3.1 - siempre - y el punto 8.1 y/o el punto 8.2 y/o el punto 8.3 del ANEXO 1 de
Córdoba, 01 de Marzo de 2006.VISTO: Resolución Interna Nº 48 de la Subgerencia de Recaudación de fecha 1007-03, la Resolución General Nº 1283 publicada en el Boletín Oficial de fecha 18-11-03
y sus complementarias.
Y CONSIDERANDO:
QUE a través de la Resolución Interna citada se aprobó el Proyecto de Refuncionalización de la Atención al Público tendiente a lograr una más eficiente resolución de los trámites iniciados por ante esta Dirección.
QUE por Resolución General Nº 1283/04 se ratificó la aprobación del Manual de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2006 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date22/03/2006

Page count4

Edition count4180

First edition01/02/2006

Last issue17/07/2024

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