Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 02/08/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTICULO 4º.- El permisionario deberá comunicar al EMVIAL vial mail fehacientemente a prensa@emvialgov.ar con una antelación mínima de veinticuatro 24 horas antes de cada intervención del comienzo de los trabajos de enterramiento de la cañería, y asimismo deberá comunicar con una antelación mínima de cuarenta y ocho 48 horas, fehacientemente mediante nota o vía Mail a la Dirección de Obras; de los trabajos de su tapada correspondiente y nalización de los mismos a los efectos que el ente tome intervención para la posterior reparación.
ARTICULO 5º.- La reparación del pavimento afectado estará a cargo del EMVIAL una vez aprobada la sub-base por el departamento de Laboratorio del EMVIAL.
ARTICULO 6º.- La falta de autorización para la ejecución de los trabajos, la inobservancia de las características técnicas de ejecución y/o reparación o el incumplimiento de los plazos establecidos, o de las órdenes impartidas, dará lugar a la sanción de entre 1 y 20 sueldos mínimos del personal de la Administración Pública Municipal, ello sin perjuicio del pago de la reparación en caso de corresponder según lo establecido en la Ordenanza 17427/06 Art. 7.
ARTICULO 7º.- La responsabilidad civil por la ejecución de la obra y todos sus emergentes, será asumida en forma conjunta y total por EDEA S.A. y la empresa PLANTEL S.A., en su carácter de Contratista de la obra; deslindando de toda responsabilidad a la Municipalidad del Partido de General PUEYRREDON.
ARTICULO 8º.- Registrar, notificar a la firma solicitante y por Inspección de Obras, y Laboratorio, procédase a ejecutar los controles correspondientes.
M.B
skp Registrado bajo el Nº 163/2021
EXPEDIENTE Nº 522/S/21 - Cpo 1
SOLICITUD Nº 08/2021

Mar del Plata, 28 de Junio de 2021.-

VISTO la presentación efectuada por la Empresa SMART SERVICE S.A., por la cual solicita autorización para realizar cruce de calle a n de llevar a cabo la Obra: TENDIDO DE CAÑERIAS DE CLOACAS EN INTERSECCIÓN DE CALLES AYOLAS Y FIGUEROA ALCORTA, y CONSIDERANDO:
Que rige para la presente tramitación todo lo dispuesto en la Ordenanza Nº 17427/06.
Que a fs. 26 la Dirección de Obras ha efectuado la valorización correspondiente del sector.
Que la empresa ha efectuado el pago correspondiente a la reparación del pavimento conforme recibo oficial Nº 21/000009471/62.

Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Otorgar el permiso de rotura correspondiente, conforme a lo establecido en el art. 1º de la Ordenanza Nº 17427, a la empresa OSSE S.E., para realizar trabajos de rotura de pavimento en el siguiente sector:

AYOLAS E/BERMEJO Y F. ALCORTA

5,04 M2

ARTICULO 2º.- El permisionario deberá dar cumplimiento a las disposiciones vigentes-muy especialmente a la ORDENANZA Nº 8610-MODIFICADA POR ORDENANZA Nº 12.278- que regula las condiciones de seguridad en el tránsito, al ejecutarse obras en la vía pública.
ARTICULO 3º.- En ningún caso podrá ser afectada la totalidad de la calzada. No se autorizará una nueva rotura de calle, hasta tanto no sea reparada la iniciada anteriormente.

ARTICULO 4º.- El permisionario deberá comunicar al EMVIAL vial mail fehacientemente a prensa@emvialgov.ar con una antelación mínima de veinticuatro 24 horas antes de cada intervención del comienzo de los trabajos de enterramiento de la cañería, y asimismo deberá comunicar con una antelación mínima de cuarenta y ocho 48 horas, fehacientemente mediante nota o vía Mail a la Dirección de Obras; de los trabajos de su tapada correspondiente y nalización de los mismos a los efectos que el ente tome intervención para la posterior reparación.
ARTICULO 5º.- La reparación del pavimento afectado estará a cargo del EMVIAL una vez aprobada la sub-base por el departamento de Laboratorio del EMVIAL.
ARTICULO 6º.- La falta de autorización para la ejecución de los trabajos, la inobservancia de las características técnicas de ejecución y/o reparación o el incumplimiento de los plazos establecidos, o de las órdenes impartidas, dará lugar a la sanción de entre 1 y 20 sueldos mínimos del personal de la Administración Pública Municipal, ello sin perjuicio del pago de la reparación en caso de corresponder según lo establecido en la Ordenanza 17427/06 Art. 7.
ARTICULO 7º.- La responsabilidad civil por la ejecución de la obra y todos sus emergentes, será asumida en forma conjunta y total por OSSE S.E. y la Empresa SMART SERVICE S.A., en su carácter de Contratista de la obra; deslindando de toda responsabilidad a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon.
ARTICULO 8º.- Registrar, notificar a la firma solicitante y por Inspección de Obras, y Laboratorio, procédase a ejecutar los controles correspondientes.
M.B

Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 80

About this edition

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 02/08/2021

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date02/08/2021

Page count89

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2021>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031