Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/11/2018

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, expresa su reconocimiento por el 35º aniversario del TE DE LA FRATERNIDAD.
Artículo 2º: Entréguese copia de la presente a Alicia Isabel Castán Diago, presidente de la Unión Aragonesa de Mar del Plata.
Artículo 3º: El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo.
Artículo 4º: Comuníquese, etc.Decreto nº 363
Mar del Plata, 16 de octubre de 2018.
VISTO la realización en la ciudad de Mar del Plata del VI Congreso del Foro Argentino de Facultades y Escuelas de Medicina Públicas FAFEMP, y CONSIDERANDO:
Que el citado Congreso tendrá lugar los días 15 y 16 de octubre del presente año, siendo su sede el Hotel Provincial.
Que los/as decanos/as y directores/as de las veinte Universidades y Escuelas de Medicina Públicas del país constituyen la dirección del Foro.
Que el Congreso 2018 sesionará bajo el lema: Resignificando la formación de profesionales de la salud a 100 años de la Reforma Universitaria.
Que el debate es central para la proyección del conocimiento y las líneas de labor en las Facultades y Escuelas de Medicina Públicas, al servicio de la formación de profesionales científica, humana y moralmente calificados y socialmente comprometidos.
Que el Foro Argentino de Facultades y Escuelas de Medicina Públicas entiende como educación al tipo de acción social mediante la cual la sociedad influye sobre individuos y grupos para que éstos, en un proceso crítico, incrementen su conocimiento y comprensión de la realidad, transformándola y mejorándola.
Que sostiene un concepto de educación como bien público, derecho humano y social inalienable y no mercancía transable, considera un deber esencial del Estado el garantizarla, dada su misión de promover la vida en democracia.
Que propone bajo estos conceptos, orientar la educación superior para que sirva realmente para el desarrollo humano, colocando al estudiante y al pueblo argentino en el centro de las preocupaciones de la vida académica.
Que considera, asimismo, a la educación médica como responsabilidad inalienable de la universidad pública, la que tiene un rol principal, indelegable, obligatorio y no subsidiario en la formación del personal de salud para la República Argentina; juzgando a sus facultades y escuelas de ciencias de la salud como la prolongación del Estado responsable de este proceso.
Que reconoce la necesidad de profundos cambios en el rol de la educación universitaria, dado su carácter de actor clave para contribuir a garantizar el derecho a la salud y bienestar del pueblo argentino.
Que con la mirada puesta en una educación superior impregnada de valores asociados a la promoción de la libertad, la tolerancia y la justicia; al respeto de los derechos humanos, la preservación del ambiente y la solidaridad social; se propone lograr sus nobles propósitos con base en sustentos teóricos, éticos e ideológicos que se expresan en los siguientes principios.
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Propósito de bien común: rechazando el mercantilismo que incide en la educación superior y en la salud de los argentinos; priorizando lo social a lo individual; anteponiendo a todo la relevancia y pertinencia de la misión, funciones y actividades de una Universidad socialmente inclusiva;
postulando una cultura institucional proactiva y dinámica, que hoy demanda a los otros actores sociales y a los poderes del Estado el consenso necesario para el desarrollo de políticas que trasciendan lo coyuntural; procurando instaurar en definitiva, un nuevo pacto social o contrato moral, donde cada sector comprometa recursos y esfuerzos para hacer realidad las necesarias transformaciones, con una mirada plural y en un contexto cultural múltiple.
Universalidad en el acceso a la oportunidad de aprendizajes para cualquier miembro de la sociedad argentina: no sólo en el ingreso sino también a los fines de permanecer y graduarse en la profesión que se eligió, con la única exigencia de demostrar la capacidad inherente a esos fines;
dejando sentado ante el conjunto social que las carreras de ciencias de la salud contribuyen y promueven que los estudiantes se conviertan en personas de bien, en ciudadanos informados y profundamente motivados, capaces de un sentido crítico y aptos para analizar los problemas comunitarios, buscar y aplicar soluciones y asumir responsabilidades sociales.
Carácter retributivo de sus servicios: dado que los esfuerzos y aportes de la ciudadanía argentina son los que sostienen moral y materialmente a la Universidad Pública, la Academia debe orientarse
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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/11/2018

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date28/11/2018

Page count77

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

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