Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/07/2018

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términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como PSIQUIATRA I C.F. 2-17-64-23 24 horas semanales Nº de Orden 2677, con dependencia del Departamento Salud Mental U.E. 11-01-2-0-2-00, para cumplir funciones en horario matutino y/o vespertino.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación, a la señora CARINA EVA ASENSIO Legajo Nº 34059/1 CUIL. 27-22953075-0, en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como TECNICO LABORATORISTA I C.F. 4-11-66-04 36 hs. semanales Nº de Orden 7874, con dependencia de la División Laboratorios U.E. 11-01-2-0-0-04, para cumplir funciones en el CENTRO DE SALUD Nº 1 Dr. Arturo Illia, en horario matutino y/o vespertino de lunes a sábado.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a las agentes designadas mediante los Artículos 3º y 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Actividad Crítica, equivalente al DIEZ POR CIENTO 10% del sueldo básico que percibirá de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 992/08.
ARTÍCULO 6º.- Acuérdase, a la agente designada mediante el Artículo 3º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Tarea Riesgosa del VEINTICINCO POR CIENTO 25%, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Acuérdase, a la agente designada mediante el Artículo 3º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 8º.- Acuérdase, a la agente designada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Tarea Insalubre del VEINTICINCO POR CIENTO 25%, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTICULO 9º.- Acuérdase, a las agentes designadas mediante los Artículos 3º y 4º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, un Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 10º.- Declárase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente CARINA EVA ASENSIO Legajo Nº 34059/1 CUIL. 27-22953075-0, comprendida dentro de las previsiones establecidas en la Resolución Nº 223/07
de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, y de las previsiones establecidas en el Art. 4º inc. B
del Decreto Ley 9650/80 t.o. Ley 11544 y toda otra reglamentación de orden Nacional o Provincial.
ARTÍCULO 11º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-0108-000 Prog. 27-00-00 Fin. y Fun. 3-1-0 - UER: 8 F.Fin. 1-1-0 Inc. 1 P.P. 1 P.p. 1.
Para Art. 3º: P.Sp. 3.
Para Art. 4º: P.Sp. 4.
Para Art. 5º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 P.Sp. 3 - Ap. 1
Para Art. 6º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 Ap.1
Para Art. 7º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 Ap.3
Para Art. 8º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 Ap.2
Para Art. 9º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 Ap.4
ARTÍCULO 12º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE
SALUD.
ARTÍCULO 13º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Elg.
VICENTE
BLANCO
ARROYO

DECRETO Nº 1209 11-06-2018 Expte 13743-5-2010 Alc 15 Cpo1
ARTÍCULO 1.- Modificase el Artículo 3º del Decreto Nº 980/2014 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 3º.- El Programa dispondrá de un sistema de asistencia especial por un término de tres 3
meses renovables por igual término. El monto mensual será equivalente al CUARENTA Y CINCO
45% POR CIENTO del haber mínimo jubilatorio nominal determinado por el ANSES. El otorgamiento de la Asistencia Especial y su renovación estarán condicionados al informe del personal profesional interviniente en el programa municipal que lo derive o de la autoridad de aplicación que realice el seguimiento de las obligaciones asumidas por contrato. A estos fines se creará un banco de datos con la oferta institucional y las buenas prácticas de articulación de recursos e inserción socioeconómica ARTÍCULO 2.- Modificase el Artículo 4 del Decreto 980/14, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 4º.- La asistencia especial establecida en el artículo anterior se otorgará bajo la condición de las obligaciones asumidas por contrato determinadas a la firma del convenio que como Anexo I forma parte del presente. El cumplimiento mensual de las obligaciones asumidas por contrato serán condición para la percepción mensual del monto estipulado en cada caso durante todo el período fijado en el convenio establecido en el Anexo I. Bajo idénticas condiciones se procederá con las prórrogas debiendo celebrar un nuevo contrato a tales fines, que como Anexo II forma parte del presente ARTICULO 3º.- Autorizase para el Ejercicio Fiscal 2018 el otorgamiento de la asistencia especial que surge del artículo 3º y 4º del Decreto Nº 980/14 por hasta un monto de de PESOS CUATRO MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CUARENTA $ 4.263.040.- por lo expuesto en exordio.
ARTICULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior deberá imputarse a: Finalidad/Función: 3-1-0, Categoría Programática: 32-00-00, Partida: Inc. 5, P.P: 1 P.p. 4, P.Sp, 0 - Fuente de Financiamiento: 132 Fondo de Inclusión Social Institucional: 1110109000, UER: 9.
IMPORTE TOTAL: $ 4.263.040.ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Desarrollo Social y el señor Secretario de Economía y Hacienda.ARTICULO 6.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese, comuníquese y cumplido intervenga la Contaduría Municipal.LENIZ
MOURELLE
ARROYO

ANEXO I
ATENCIÓN A MUJERES
CONTRATO DE PARTES
Entre la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, representada por la señora Secretaria de Desarrollo Social PATRICIA MARISA LENIZ DNI. 13.764.795 en adelante denominado el MUNICIPIO, y por el otro . DNI Nº
42

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/07/2018

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date25/07/2018

Page count98

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

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