Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/07/2018

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-3 - Programático 26-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1
- P.p. 1 - P.Sp. 9. para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 Ap. 12.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
l.G
DISTEFANO
ARROYO
DECRETO Nº 1202 11-06-2018
ARTÍCULO 1º.- Desígnanse a los agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, con carácter Interino, a partir de la fecha que en cada caso se indica y hasta el correspondiente llamado a concurso, la cobertura por titular o el cese de funciones con expresión de causa:
PROFESOR ENSEÑANZA INICIAL Y PRIMARIA
a U.E. 08-00-0-2-1-19 JARDIN DE INFANTES Nº 19
- DANTE JOSÉ INGA Legajo Nº 32844/55 CUIL 20-17157910-5 con UNA 1 hora cátedra semanal en MUSICA C.F. 9-80-01-01, a partir del 21 de marzo de 2018.
PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA
b U.E. 08-00-0-2-5-14 - Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 214
- GUSTAVO FABIAN GUARDIA Legajo Nº 30774/50 CUIL 20-21904281-8 con TRES 3
módulos semanales en MATEMATICA C.F. 9-84-03-04, a partir del 20 de marzo de 2018.
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, a partir de las fechas que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE Desfavorable I del TREINTA POR
CIENTO 30% del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. b, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Inc. 1 - para Inga: Programático 24-0000 - para Guardia: Programático 56-00-00 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 9 para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 P.Sp. 6 Ap. 2 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 Ap. 12.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
p.m.
DISTEFANO
ARROYO
DECRETO Nº 1203 11-06-2018
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo los cargos que se mencionan a continuación a partir de la fecha:
Nº de O.: 1280
C.F.Baja Denominación C.F. Alta Denominación 2-21-64-06
Medico Especializado 2-17-65-18
Odontólogo I
Nº de O, C.F.Baja C.F. Alta Denominación 7072
4-02-68-01
4-02-74-01
Técnico Inicial ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación, a la señorita LAURA KARINA MILANESI
Legajo Nº 30.547/4 CUIL. 27-23223596-4, en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como ODONTÓLOGO I C.F. 2-17-65-18 30 horas semanales
Nº de Orden 1280, con dependencia de la División Odontología U.E. 11-01-2-1-0-01, trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 11-01-0-0-0-02, para cumplir funciones en los CAPS, en horario matutino y/o vespertino y 12 horas de Guardias Odontológicas.
ARTÍCULO 3º.- Increméntase, a partir de la fecha de su notificación, a la agente ANDREA DELIA BEIER Legajo Nº 31.106/1 CUIL. 27-20045484-2, dependiente de la División Servicios Centrales U.E. 11-01-1-0-0-01, el módulo horario que a continuación se consigna:
DE: TECNICO INICIAL - C.F. 4-02-68-01 42 horas semanales - Nº de Orden 7072.
A : TECNICO INICIAL - C.F. 4-02-74-01 45 horas semanales - Nº de Orden 7072, manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a la agente designada mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Actividad Crítica, equivalente al DIEZ POR CIENTO 10% del sueldo básico que percibirá de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 992/08.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a la agente designada mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación por Tarea Riesgosa del VEINTICINCO POR CIENTO 25%, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Acuérdase, a la agente designada mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, una Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTICULO 7º.- Acuérdase, a la agente designada mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, un Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-0108-000 - Prog. 27-00-00 - UER: 8 F.Fin. 1-1-0 - Fin. y Fun. 3-1-0.- Inc. 1 P.P. 1 P.p. 1 P.Sp. 3.
Para Art. 3º: P.Sp. 5.
Para Art. 4º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 P.Sp. 3 - Ap. 1.
Para Art. 5º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 Ap.1.
Para Art. 6º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 Ap.3.
Para Art. 7º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 Ap.4.
ARTÍCULO 9º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE
SALUD.
ARTÍCULO 10º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal Elg.
VICENTE
BLANCO
ARROYO

40

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/07/2018

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date25/07/2018

Page count98

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

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