Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 22/06/2016

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 2º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTICULO 3.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160,200,275, 278, 490, 833, 850,852,1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786,1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista, Marketing y de Prensa.
REGISTRADA BAJO EL Nº 189
Mar del Plata, 16 de junio de 2016

VISTO: El expediente 76-M-2016 cuerpo 1, a través del cual se tramitan las actuaciones relacionadas con la participación publicitaria en El Mensajero Períodico Turístico; y CONSIDERANDO:
Que con el objeto de posicionar a nuestra ciudad como destino turístico en las próximas vacaciones de invierno 2016 en los medios especializados para operadores turísticos, el Dto. de Marketing ha solicitado un presupuesto de un aviso de publicidad en la edición especial de vacaciones de invierno del Semanario Mensajero Turístico.
Que este Semanario es de consulta habitual en las agencias y de amplia distribución en el mercado de viajes, consulados, empresas turísticas y asociaciones de profesionales.
Que la firma El Mensajero Períodico Turístico S.A., propone la publicación de una 1 página en la Revista Todo Viajes y una página de prensa enfrentada a la pagina publicitaria en el Semanario Mensajero Turístico Edición Especial Vacaciones de Invierno, a un valor de $ 8.200.- ambas publicaciones.
Que resulta una excelente oportunidad, razon por la cual Dto. de Marketing requiere ambas publicaciones mediante Solicitud de Pedido Nº 167/2016.
Que la firma El Mensajero Períodico Turístico S.A. es quién edita y comercializa las publicaciones mencionadas en forma directa, por lo que nos encontramos en las excepciones del art. 156 Inc. 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades EXCLUSIVIDAD.
Que la Contaduría, procede a efectuar la correspondiente imputacion preventiva, e informa la necesidad de observar el gasto en razón del art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Pcia de Buenos Aires, por estar infringiéndose el art. 31 de la LOM equilibrio fiscal, por lo que el mismo deberá autorizarse mediante acto administrativo.
Por todo ello, EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Convalidar la adjudicación a la firma El Mensajero Períodico Turístico S.A. de la publicación de 2 avisos en página a color, una 1 página en el Semanario Mensajero Turístico Edición Especial Vacaciones de Invierno y una 1 página en la Revista Todo Viajes, por un monto total de PESOS
OCHO MIL DOSCIENTOS $ 8.200.- ambas publicaciones con fecha de publicación julio de 2016, en mérito a lo expresado en el exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º. El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, corresponderá imputarse a: Programa 16 Actividad 2 - Inciso 3 Partida Principal 6 Partida Parcial 1
Publicidad, del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2016.
ARTÍCULO 3º.- Se deja establecido que la editora deberá presentar tres 3 ejemplares de cada publicación junto con la factura correspondiente.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar por el Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan Departamento de Marketing, Compras, Contaduría y Tesorería.

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 22/06/2016

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date22/06/2016

Page count122

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

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