Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 16/07/2014

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

DECRETO 813 04-04-2014
Expte 889-4-2009 cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Decláranse prescriptos por extinción de la acción los períodos impagos comprendidos entre 5º/1993 y 1º/2001 inclusive, devengados en la cuenta nro. 82.088 en concepto de Derechos por Publicidad y Propaganda en virtud de lo expuesto en el exordio del presente.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda Dirección de Coordinación de Recursos, División Publicidad y Propaganda.
PEREZ
PULTI
DECRETO 814 04-04-2014
Expte 1143-6-2009 cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Decláranse prescriptas por extinción de la acción los períodos comprendidos entre 4º/1.991 y 1º/2.003, en tanto subsistan impagos, que pesan sobre la cuenta nro. 303.626 en concepto de Derechos por Publicidad y Propaganda en virtud de lo expuesto en el exordio del presente.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y para su notificación y efectos intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda Dirección de Coordinación de Recursos, División Publicidad y Propaganda.
PEREZ
PULTI
DECRETO 905 16-04-2014
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 4º del Decreto Nº 0265/14 que quedará redactado de la siguiente manera: Desígnase con carácter temporario, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2014, a la Agente Profesora MARIA ALEJANDRA TORRES Legajo 29547 - con el cargo de Profesor de Enseñanza Inicial y EGB CF. 9-80-10-01- con 10 diez Horas Cátedras semanales para cumplir funciones en el Programa Nadar en Familia, dependiente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande lo dispuesto en el presente Decreto deberá imputarse a la U.E.
01-02-0-0-0-00 Prog. 16 Act. 01 Inciso 1- Partida Principal 01 Partida Parcial 1- Partida Subparcial 9 Horas Cátedra del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
TACCONE
PULTI
DECRETO 945 21-04-2014
Expte 6268-7-2012 Cpo 1 y 2
Artículo 1º.- Declárase iniciadora de la propuesta obrante de fs 1 a fs. 430 del Expediente Nº 6268-7-12
Cpos. 01 y 02 a PARATORRE S.A. mediante la cual se plantea el diseño, construcción, administración y explotación del Parque Patrimonial Oceánico Urbano Torreón del Monje con desarrollo turístico, ambiental, cultural, educativo y servicios para la salud.
Artículo 2º.- Declárase de interés público la iniciativa privada inscripta mediante Resolución SPU Nº 42/14 del 23 de enero de 2014 en el Registro de Iniciativas Privadas bajo el número de registro 001/14
formulada por PARATORRE S.A., cuyo alcances y contenidos lucen glosados de fs.1 a fs. 430 del Expediente Nº 6268-7-12 Cpos. 01 y 02.
Artículo 3º.- Encomiéndase a la Secretaría de Planeamiento Urbano y al Ente Municipal de Turismo EMTUR la coordinación de la confección del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública para otorgar en concesión el uso y explotación de la Unidad Turística Fiscal Torreón del Monje en los términos previstos en el inciso a del Artículo 11º Modo de selección del contratista de la Ordenanza Nº 19.203.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano y el Señor Presidente del Ente Municipal de Turismo EMTUR.
Artículo 5º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, comuníquese e intervengan la Secretaría de Planeamiento Urbano, la Dirección de Proyectos y Hábitat y la Dirección de Coordinación Administrativa y el Ente Municipal de Turismo EMTUR.
CASTORINA
FERNANDEZ
PULTI
DECRETO 980 22-04-2014 Expte 13743-5-2010
ARTICULO 1º.- Créase, dependiente de la Dirección de la Mujer, el Programa Municipal de Becas destinado a mujeres mayores de 18 años, solas o con hijas/os a cargo, que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad socio-sanitaria, víctimas de violencia doméstica, víctimas de trata, víctimas de violencia doméstica en situación de calle derivadas de los programas municipales de atención al riesgo y personas del colectivo LGTB Grupo de Lesbianas, Gays, Trans y Bisexuales en situación de vulnerabilidad socio sanitaria.
ARTICULO 2º.- Establécese como objetivos del programa:

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 16/07/2014

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date16/07/2014

Page count67

Edition count855

First edition30/06/2010

Last issue01/07/2024

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