Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/10/2010

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

OCTAVA: EL LOCADOR deberá hacerse cargo del pago del correspondiente sellado de ley en su parte pertinente, encontrándose LA MUNICIPALIDAD exenta del cumplimiento de tal deber.NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con asiento en la ciudad de Mar del Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, incluso el Federal. A los efectos del presente contrato, las partes constituyen domicilios en los lugares indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales a practicarse.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Mar del Plata a los .. días del mes de del año dos mil .
Juan Rubén Gustavo Ferguson Carlos Manuel Rodríguez Secretario de Cultura Decreto n: 1961 07-09-2010
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la contratación en forma directa de las personas que integran el Jurado del Premio Municipal de Literatura Osvaldo Soriano edición 2009, de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, art. 156 inc. 3, y en virtud de los fundamentos expuestos en el exordio del presente.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago de la suma de pesos diez mil ochocientos $ 10.800 como contraprestación por la selección de los ganadores del Premio enunciado en el artículo anterior y de acuerdo al siguiente detalle:
Sra Gabriela Patricia Tineo, DNI 12.310.807, CUIL: 27-12310807-3 ------------- $ 1.800
Sra. Adriana Albina Bocchino, DNI 12.516.986, CUIL: 23-12516986-4 ---------- $ 1.800
Sra. Alicia Graciela Martín, DNI 4.559.339, CUIL: 27-04559339-3 ---------------- $ 900
Sra. Alicia Beatriz Belloso, DNI 4.206.097, CUIL: 27-04206097-1------------------$ 900
Sra. Adriana Veronica Tursi, DNI 16.977.809, CUIL: 23-16977809-4 -------------$ 1.800
Sr. Mariano Esteban Moro, DNI 18.261.675, CUIL: 20-18261675-4 ---------------$ 1.800
Sra. Alicia Viviana Falcón, DNI 14.067.039, CUIL: 27-14067039-7 ----------------$ 1.800
ARTÍCULO 3º.- Autorízase al Secretario de Cultura a suscribir los contratos respectivos, según el modelo que se adjunta al presente como Anexo I.
ARTÍCULO 4º.- Impútese el egreso que demande lo establecido en el artículo anterior a la Partida: Fin/Fun 34-5, Programático 16-01-00, Inc 3, P.P. 4, P.p. 9, P.Sp. 0, F.Fin 110, Institucional 1110111000, UER 13, Importe $ 10.800 pago de jurados.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretario de Economía y Hacienda y Secretario de Cultura.
ARTÍCULO 6º.-Regístrese, comuníquese y a sus efectos intervengan la Secretaría de Economía y Hacienda y la Secretaría de Cultura e incorpórese los contratos suscriptos en el Registro de Contratos que a esos fines se instrumenta desde la División Ordenamiento de Actos Administrativos.
RODRÍGUEZ
PEREZ ROJAS
PULTI
ANEXO I
CONTRATO
Entre LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON, representada en este acto por el Señor Secretario de Cultura, Arq. CARLOS MANUEL RODRIGUEZ D.N.I. 8.704.856 con domicilio legal en la calle Matheu 1851, conforme facultades conferidas por Decretos 381/08 y en adelante LA
MUNICIPALIDAD por una parte y por la otra el señor D.N.I.:
CUIT: con domicilio legal en la calle piso Dpto. C.P. de la ciudad de Mar del Plata, en adelante EL JURADO, convienen en celebrar el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD encomienda a EL JURADO la realización de la totalidad de las tareas necesarias para la selección de los ganadores del Premio Municipal de Literatura OSVALDO SORIANO
Cuento y Poesía a nivel local y Teatro a nivel nacionalEdición 2009, incluyendo la confección y entrega de un Acta en las condiciones de tiempo y lugar que oportunamente le serán comunicadas, en la que constarán los resultados de dicha labor.
SEGUNDA: Como retribución de las obligaciones que asume EL JURADO, LA MUNICIPALIDAD se obliga a abonar la suma de pesos por todo concepto.
CUARTA: EL JURADO se hace plena y exclusivamente responsable de toda lesión o daño que pudiere ocasionarse a personas o bienes al llevar adelante su labor como tal.
QUINTA: Será por cuenta exclusiva y estarán a cargo de EL JURADO todas las obligaciones, cargas, gravámenes y obligaciones fiscales y previsionales que pudieren corresponderle. En consecuencia este será el único y excluyente responsable de todo aporte y contribución con destino al SUSS, así como también de todas las obligaciones impositivas de orden nacional, local o provincial que pudieren corresponder; liberando a la
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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 25/10/2010

TitleBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CountryArgentina

Date25/10/2010

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First edition30/06/2010

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