Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 23/12/2021
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
N: 142
Eduardo 46
27.772.392
47
18.158.256
48
12.839.024
49
12.874.463
50
30.337.059
51
28.653.317
52
23.911.671
53
12.157.460
54
28.767.052
55
27.428.085
56
21.470.893
57
17.371.257
58
23.940.510
59
26.500.446
60
94.087.328
61
30.707.458
62
27.513.211
63
16.711.785
64
25.065.326
65
29.085.030
66
11.686.787
67
30.239.130
68
23.940.576
69
36.806.003
70
39.968.642
71
36.120.957
72
30.330.123
73
39.969.387
OTERMIN, Marisa MERCADO, Alberto DESGARCEA
UX, Miguel VALLEJO, Graciela Patricia FASOLO, Leonardo ELORZA, Paula Leonor TEJERINA, Lucas GASSER, Daniel FERRERO, Lía Azul CORTE, Natalia DE TRUEBA, Javier OLOCCO, Héctor ESCOBAR, Verónica LOWENSTEIN
, Valeria
SALAS, Francisco FUHR, María Esperanza PAZ, Javier CASTRO, Laura CIRER, Roberto Gastón VÁZQUEZ, Magalí GÓMEZ, Adolfo BOASSO, Jessica CORNEJO, Ana RIVERO
LINARI, Sebastían MORENO
RETAMOZO, Juan Antuel MENDOZA, Lorena Melisa GOROSITO, Sergio STRUMIA, Fátima del Valle
ORDENANZA Nº 6773
VILLA CARLOS PAZ, 16 de diciembre de 2021.-
Juguetes de madera
Independiente
Metal
A.A.V.C.P.
Metal
A.A.V.C.P.
Cerámica
Independiente
ORDENANZA
Vitrofusión
A.A.V.C.P.
Macramé
A.A.V.C.P.
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acuerdo General de Salarios suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Sindicato de Trabajadores Municipales STM, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Varios
Independiente
Cerámica
A.A.V.C.P.
Macramé
A.A.V.C.P.
Tejido
A.A.V.C.P.
Vidrio
A.A.V.C.P.
Juguetes
A.A.V.C.P.
Varios
A.A.V.C.P.
Cuero
A.A.V.C.P.
Metal - Otros
A.A.V.C.P.
Cuero
A.A.V.C.P.
Cuero
A.A.V.C.P.
Tejido
A.A.V.C.P.
Juguetes de Madera
A.A.V.C.P.
Muñequería
A.A.V.C.P.
Cerámica
A.A.V.C.P.
Tela
A.A.V.C.P.
Porcelana Fría
Independiente
Metal
Independiente
Varios
Independiente
Varios
Independiente
Varios
Independiente
Mosaiquismo
Independiente
Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Héctor D.
Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial MayorPromulgada por Decreto Nº 636/DE/2021
Villa Carlos Paz, 20 de diciembre de 2021
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor-
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PRIMERA SECCIÓN
23 de Diciembre de 2021
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
ARTÍCULO 2º.- Queda suspendida hasta el 31 de diciembre de 2.022 la aplicación de los aumentos establecidos a través del punto 2 del Acuerdo General de Salarios aprobado en el Artículo 1º de la presente, para Autoridades Superiores y Personal de Gabinete.
ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán atendidos con las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 4º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Anexo Acuerdo General de Salarios 2.021 / 2.022
En la ciudad de Villa Carlos Paz, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba, a los 14 días del mes de diciembre de 2.021, siendo las 11:23 hs., se reúnen en la Sala de Situación del Departamento Ejecutivo el Sr. Intendente Municipal, Dn. H. Daniel GÓMEZ
GESTEIRA, el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación, Dr.
Darío Emanuel ZEINO, el Sr. Secretario de Economía y Finanzas, Cr. Héctor Daniel GILLI, y el Sr. Director de Recursos Humanos Dn. Roberto Antonio BUZZURRO, en representación del Departamento Ejecutivo, con el Sindicato de Trabajadores Municipales, representado por el Sr. Secretario General, Dn. José Alberto ALTAMIRANO, el Sr. Secretario de Finanzas, Dn. Oscar Alberto VARGAS y el Sr. Secretario de Prensa y Difusión, Dn. Ariel DE NICOLA, y en base a las negociaciones mantenidas con anterioridad pautan y establecen el siguiente acuerdo:- - - - - - - - 1
Cierre 2.021: Se otorgará un incremento de haberes del 10 % a partir del mes de Diciembre de 2.021 -calculado sobre el sueldo básico inmediato anteriora todo el personal de planta permanente y contratado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2
Primer Tramo 2.022: Se otorgará un incremento de haberes del 6,50 % a partir del mes de Enero de 2.022 -calculado sobre el sueldo básico inmediato anteriora todo el personal de planta permanente y contratado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3
Segundo Tramo 2.022: Se otorgará un incremento de haberes del 9 % a partir del mes de Marzo de 2.022 -calculado sobre el sueldo básico inmediato anteriora todo el personal de planta permanente y contratado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4
Tercer Tramo 2.022: Se otorgará un incremento de haberes del 8 % a partir del mes de Mayo de 2.022 -calculado sobre el sueldo básico inmediato anteriora todo el personal de planta permanente y contratado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 5
Cuarto Tramo 2.022: Se otorgará un incremento de haberes del 4 % a partir del mes de Junio de 2.022 -calculado sobre el sueldo básico inmediato anteriora todo el personal de planta permanente y contratado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 6
Se mantienen las condiciones de los adicionales remunerativos fijados por Ordenanzas Nº 4787 y 5204.- - - - - - - 7
El objeto del presente acuerdo es recomponer los salarios de todo el personal de planta permanente y contratado, en la misma medida de la inflación de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas y