Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 30/4/2021

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

N: 103
CLAUSULA TERCERA Obligaciones de la ORGANIZACIÓN:
Por medio del presente, la ORGANIZACIÓN asume las siguientes obligaciones:
1. Disponer de un Referente que interactuará con los alumnos y con la UNIVERSIDAD durante la realización de la actividad académica. El perfil y rol del Referente se ajustará a los requerimientos propios de la práctica a realizar, debiendo en el caso de que corresponda, evaluar el desempeño a partir de los criterios de evaluación propuestos por la Universidad y acreditar su asistencia.
2. Garantizar que las tareas a realizar por el alumno sean acordes a su disciplina y a las particularidades de la actividad académica y a su nivel de formación. Dichas tares deberán ser aprobadas previamente por el responsable académico de la actividad designado por la UNIVERSIDAD.
3. Facilitar el material de apoyo, la información suficiente y los espacios necesarios, como así también garantizar las condiciones de seguridad para el correcto desarrollo de las tareas.
CLAUSULA CUARTA Obligaciones de la UNIVERSIDAD:
1. Asegurar la convocatoria a la ORGANIZACIÓN para confirmar la participación en las actividades académicas definidas, según las particularidades de cada actividad.
2. Garantizar que las actividades serán acompañadas y supervisadas por el/los responsable/s Académico/s que se designen para tal fin.
3. Acreditar las funciones realizadas por el/los referente/s institucional/es a través del instrumento definido para tal fin.
CLAUSULA QUINTA Obligaciones de las/los Alumnas/os:
Son obligaciones de los alumnos:
1. Respetar las normas de conducta establecidas por la ORGANIZACIÓN y acatar reglamentos de trabajo y directivas que impartan los referentes designados, en caso de que el alumno realice actividades dentro de sus instalaciones.
2. Guardar estricta confidencialidad de la información recibida con motivo de sus actividades, evitando efectuar comentarios verbales o escritos, salvo para la realización de los trabajos Académicos.
3. Aceptar las condiciones convenidas en el presente, como así también aquellas detalladas en el CONVENIO ANEXO DE
ACTIVIDAD ACADÉMICA, que oportunamente se firme, en los protocolos y anexos que reglamentan estas actividades.
CLAUSULA SEXTA Duración: El presente Convenio tendrá una vigencia de doce 12 meses desde su firma y a su vencimiento se renovará automáticamente por idéntico plazo; salvo que alguna de las partes proceda a notificar fehacientemente su voluntad de rescisión con treinta 30 días de anticipación a dicho vencimiento.
CLAUSULA SEPTIMA Rescisión: La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente dará derecho a la parte cumplidora, previa intimación por el plazo de quince 15 días, a dar por rescindido el Convenio con causa.
Asimismo, cualquiera por las partes podrá rescindir el Convenio sin expresión de causa, en cualquier momento, previa comunicación fehaciente por escrito de tal decisión, con una antelación de treinta 30 días corridos, sin que ello implique penalización o derecho indemnizatorio para ninguna de las partes.
En este caso, las partes se obligan a mantener las actividades académicas de los alumnos que se encuentren en curso hasta su finalización.
CLAUSULA OCTAVA Jurisdicción y Competencia: Para cualquier conflicto emergente del presente Convenio, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria de los Tribunales de Córdoba, renunciando expresamente al Fuero Federal o cualquier otro de excepción que pudiere corresponderles, fijando domicilio en los enunciados al inicio del presente.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares, todos de un mismo tenor, uno para la UNIVERSIDAD y otro para la
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PRIMERA SECCIÓN
30 de abril de 2021
ORGANIZACIÓN, en la Ciudad de Córdoba, Provincia del mismo nombre a los Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Ma.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Ramón C. Montenegro, Oficial MayorPromulgada por Decreto Nº 232/DE/2021
Villa Carlos Paz, 28 de abril de 2021
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Ma.
Alejandra Roldán, Sec. Des. Social, Educación, Género y Diversidad Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor

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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 30/4/2021

TitleBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

CountryArgentina

Date30/04/2021

Page count6

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First edition01/01/2015

Last issue28/06/2024

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