Boletín Oficial de Navarra del 2/1/2020

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 8 - Número 1
La cuota de esta tasa será el resultado de aplicar a la base imponible, determinada conforme a lo dispuesto en el artículo 10, el siguiente tipo de gravamen: 0,10 por 100 P.E.M. Tarifa mínima 50,00 euros.
IV.4. Licencias de primera utilización u ocupación de edificios e instalaciones: 160,00 euros.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR
APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL SUELO, VUELO
Y SUBSUELO DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL
Epígrafe I.Aprovechamientos especiales en el suelo.
I.1. Andamios, vallados, contenedores de obras, etc, que no constituyan actividad económica:
Al día, por cada metro cuadrado o fracción: 0,00 euros.
Al mes, por cada metro cuadrado o fracción: 3,10 euros.
Al año, por cada metro cuadrado o fracción: 20,80 euros.
I.2. Mesas, sillas, veladores, por cada metro cuadrado o fracción, al año: 12,50 euros.
I.3. Otros aprovechamientos:
Al día, por cada metro cuadrado: 0,50 euros.
Al mes, por cada metro cuadrado: 1,55 euros.
Al año, por cada metro cuadrado: 12,50 euros.
En los aprovechamientos especiales, como ocupación de la vía pública o mercadillos, fiestas de barrios y demás aprovechamientos, que por su carácter de aprovechamiento agrupado, precisen de la intervención de alguno de los servicios sanitarios, limpieza o vigilancia, se podrá recargar un 100%.
Epígrafe II.Aprovechamientos especiales en el vuelo.
Al día, por cada metro cuadrado o fracción: 0,30 euros.
Al mes, por cada metro cuadrado o fracción: 6,55 euros.
Al año, por cada metro cuadrado o fracción: 31,25 euros.
Epígrafe III.Aprovechamientos especiales en el subsuelo.
III.1. Al día, por cada metro cuadrado o fracción: 0,20 euros.
Al mes, por cada metro cuadrado: 3,45 euros.
Al año, por cada metro cuadrado: 26,05 euros.
III.2. Gaseoductos, por cada metro lineal o fracción, al año: 6,00
euros.
Epígrafe IV.Derechos mínimos.
Cuando las tasas a liquidar por los epígrafes anteriores no alcancen a las cantidades mínimas indicadas, se abonarán las que se expresan a continuación: 55,00 euros.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR
LA ENTRADA Y SALIDA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS
Y RESERVA DE LA VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO
DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS
DE CUALQUIER CLASE-TASAS SOBRE VADOS
Entradas y salidas de vehículos a través de las aceras:
a Vados de horario permanente:
Garajes hasta 5 plazas por metro lineal y año en todas las vías, 36,00 euros.
Garajes de 6 a 10 plazas por metro lineal y año, en todas las vías, 62,00 euros.
Garajes de más de 10 plazas por metro lineal y año en todas las vías, 83,50 euros.
b Vados de horario limitado:
Se aplicará la tabla del punto 1.º con reducción del 50 por ciento.
c Accesos rodados:
Se aplicará la tabla del punto 1.º con reducción del 75 por ciento.
Reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo.
a Aparcamiento exclusivo de principio, intermedio o final de paradas de servicios regulares o discrecionales de viajeros, por cada metro lineal o fracción de calzada en todas las vías 32,00 euros/año.
b Para usos diversos provocados por necesidades ocasionales por cada metro lineal en todas las vías públicas 11,00 euros/día.
ORDENANZA MUNICIPAL DE UTILIZACIÓN DE LOS CEMENTERIOS
DEL VALLE DE EZCABARTE
Por el servicio de enterramiento en tierra: 300,00 euros.
Por la inhumación en nichos: 250,00 euros.
Por las exhumaciones: 200,00 euros.

Jueves, 2 de enero de 2020
ORDENANZA REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES
POTENCIALMENTE PELIGROSOS Y DE ANIMALES DOMÉSTICOS
Tramitación de la licencia municipal para la tenencia de animales potencialmente peligrosos: 30,00 euros.
2.º Este acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2020.
Contra este acuerdo puede interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
a Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.
b Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de de dos meses, contados desde el día siguiente al de la referida publicación.
c Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo.
Ezcabarte, 28 de noviembre de 2019.El Alcalde, Pedro María Lezaun Esparza.
L1915602

HIRIBERRI ARAKIL
Aprobación inicial del Presupuesto de 2020
Que el Concejo de Hiriberri Arakil en Junta celebrada el día 23 de noviembre de 2019, acordó aprobar inicialmente, con la mayoría legalmente exigida y siguiendo los trámites establecidos en la Ley Foral 2/1995, de 10
de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y demás legislación vigente, el Presupuesto general único del concejo de hiriberri arakil para el ejercicio 2020 y sus bases de ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 202 de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra y 276 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, dicho expediente permanecerá expuesto al público durante quince días hábiles, a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Concejo, a fin de que pueda ser examinado por los interesados y puedan formularse las reclamaciones oportunas.
Si se formularan reclamaciones, la Junta del Concejo adoptará acuerdo expreso relativo a la resolución de aquellas y procederá a la aprobación definitiva del presupuesto. Si no se formulan reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente, una vez transcurrido el periodo de exposición pública señalado anteriormente.
Hiriberri Arakil, 23 de noviembre de 2019.El Presidente, Jose Luis Legarra.
L1916084

IBARGOITI
Aprobación de tipos impositivos para 2020
El Pleno del Ayuntamiento de Ibargoiti, en sesión celebrada el día 4
de diciembre de 2019, ha acordado la aprobación de los siguientes tipos impositivos, cuya entrada en vigor será con efectos del día 1 de enero de 2020:
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Sobre el coste real y efectivo de las obras base Presupuesto de ejecución material:
Hasta 300.000 euros: 3%.
Más de 300.000 euros: 5%.
Base coste mínimo obras para liquidación impuesto:
Para vivienda: 800 euros m construido.
Resto 450 euros m construido.
Impuesto sobre el incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:
1.Coeficientes a aplicar según periodo de generación:
0,63: Igual o superior a 20 años.
0,56: 19 años.
0,43: 18 años.
0,29: 17 años.
0,16: 16 años.
0,06: 15 años.
0,06: 14 años.
0,06: 13 años.
0,06: 12 años.
0,06: 11 años.
0,06: 10 años.
0,06: 9 años.
0,06: 8 años.
0,06: 7 años.
0,06: 6 años.
0,06: 5 años.

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Boletín Oficial de Navarra del 2/1/2020

TitleBoletín Oficial de Navarra

CountrySpain

Date02/01/2020

Page count10

Edition count4861

First edition02/03/2001

Last issue17/07/2024

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