Boletín Oficial de la Región de Murcia del 17/7/2019
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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Número 163
Miércoles, 17 de julio de 2019
Página 22645
Segundo.- Los servicios complementarios que se reiteren en el curso 2019/2020
no requerirán una nueva autorización de precios si los mismos se incrementan, como máximo, en el porcentaje fijado en el punto primero. En este caso, deberán comunicarse a la Dirección General de Centros Educativos los servicios escolares con los precios fijados y con la indicación de que no superan el citado porcentaje, también antes del final del mes de octubre de cada curso escolar, conforme al modelo que figura como anexo IV, debidamente cumplimentado, de la Resolución de 13 de septiembre de 2012 B.O.R.M del 24 de la Dirección General de Infraestructuras y Promoción Educativa sobre actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares en los colegios privados concertados de la Región de Murcia.
Tercero.- La solicitud de autorización de precios de nuevos servicios complementarios o de aquellos cuyo coste se incremente por encima del porcentaje fijado en el punto primero, se realizará hasta el final del mes de octubre del año en curso, conforme al modelo que figura como anexo III, debidamente cumplimentado, de la Resolución de 13 de septiembre de 2012 B.O.R.M del 24 de la Dirección General de Infraestructuras y Promoción Educativa sobre actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares en los colegios privados concertados de la Región de Murcia.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Juventud y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, con arreglo a lo previsto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Murcia a 28 de junio de 2019.La Directora General de Centros Educativos, P.S., la Secretaria GeneralOrden de 17/06/2019, María Esperanza Moreno Raventós.
NPE: A-170719-4538
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D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474