Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 23/1/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número: 97956
DECRETO 906 / 2023 DECRETO / 2023-12-28
DECRETO N 906/3 SH, del 28/12/2023.
EXPEDIENTE N 1.675/374-TGP-2023
VISTO el presente expediente mediante el cual Tesorería General de la Provincia eleva información sobre los fondos girados por la Nación, conforme Resolución 2023-208-APN-MI, emitida por el Ministerio del Interior de la Nación el 4 de diciembre de 2023, y CONSIDERANDO:
Que por la mencionada Resolución se asigna a la Provincia de Tucumán la suma de $5.656.000.000.-, en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley N 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales.
Que el monto citado se acreditó en la Cuenta Corriente Bancaria N 481-10220/04
"Superior Gobierno de la Provincia - Rentas Generales", abierta en el Banco de la Nación Argentina -orden conjunta Contador y Tesorero General de la Provincia-.
Por ello atento a lo informado por Tesorería General de la Provincia a foja 9, Contaduría General de la Provincia a foja 13, Dirección General de Presupuesto a foja 14, Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Hacienda de la Provincia a foja 15 y al Dictamen Fiscal N3.180 del 27 de diciembre de 2023, adjunto a fojas 17/18 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Acéptase el Aporte del Tesoro Nacional para ser aplicado en el marco de lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley N 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales, por la suma de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
MILLONES $ 5.656.000.000.-, correspondiendo la siguiente imputación presupuestaria:
- Presupuesto General 2023, Jurisdicción 00 - Administración General, Recurso 17412
- Aportes, del Tesoro Nacional a Provincias.
ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción, y, firmado por el señor, Secretario de Estado de Hacienda.
ARTICULO 3.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.