Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 1/12/2023
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número: 97071
DECRETO 283 / 2023 DECRETO / 2023-11-14
DECRETO N 283/8 MOySP, del 14/11/2023.
EXPEDIENTE N 1776/860-S-2023.VISTO, que se hace necesario autorizar al Ing. José Ricardo Ascarate, Secretario de Estado de Energía y Servicios Públicos, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a trasladarse en misión oficial, vía aérea, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 14 de noviembre de 2023, con regreso el día 15 del mismo mes y año, y CONSIDERANDO:
Que el mencionado viaje, tiene por objeto mantener una reunión de trabajo con la señora Directora de Energías Renovables del Ministerio de Energía de la Nación, Dra.
Florencia Terán, a los fines de la concreción de obras de interconexión en media entre las ciudades de Ampajango Provincia de Catamarca y Cafayate Provincia de Salta, sobre la Ruta Nacional N 40; que posibilitaría dar inicio a la explotación fotovoltaica de Valles Calchaquíes en la Provincia de Tucumán.
Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, resulta procedente dictar la medida administrativa pertinente.
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorízase al Ing. José Ricardo Ascarate, Secretario de Estado de Energía y Servicios Públicos, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a trasladarse en misión oficial, vía aérea, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 14 de noviembre de 2023, con regreso el día 15 del mismo mes y año, por los motivos expresados precedentemente.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto en concepto de viáticos y pasajes se imputará con las partidas presupuestarias específicas con que a tal fin cuenta la Unidad de Organización N 539 - Ministerio de Obras y Servicios Públicos, del Presupuesto General 2023.
ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 4.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.