Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 22/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la provincia de Tucumán. Podrá trasladar su domicilio como así también podrá instalar sucursales, fábricas, depósitos, agencias, representaciones en todo el país o el extranjero.- TERCERA: La duración de la sociedad es de 50 cincuenta años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de la provincia de Tucumán, pudiendo prorrogarse este plazo por iguales períodos, siempre que no se resolviere su disolución, con voluntades unánimes de sus socios.- CUARTA: La sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: COMERCIAL actividad principal: Venta/Alquiler de artículos para la construcción, materiales eléctricos, electrodomésticos, equipamiento industrial, automóviles, bicicletas y motos con o sin conductor, compra y venta al por mayor y/o menor de productos alimenticios, venta al por menor y/o mayor por internet, compra y venta por menor y/o mayor de indumentaria, artículos de informática, etc.- SERVICIOS: Servicios de Construcción, instalación de maquinaria, servicios de informática, servicios profesionales, técnicos, comerciales, de recursos humanos, etc.- CAPITULO II: CAPITAL SOCIAL-ACCIONES. QUINTA: El capital de la sociedad se fija en la suma de pesos ciento veinte mil $120.000.-, divididos en mil 1000 acciones ordinarias nominativas de pesos ciento veinte $120.- valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Este capital podrá ser aumentado por decisión de la reunión de socios, con la correspondiente reforma contractual que debe inscribirse en el Registro Público de Tucumán.- SEXTA: Se suscribe totalmente el capital social de $ 120.000, Pesos ciento veinte mil dividido en 1000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 120 pesos ciento veinte, de valor nominal cada una con derecho a un voto por acción.SÉPTIMA: Las acciones serán nominativas no endosables, ordinarias o preferidas, conforme a las condiciones de su emisión, pudiéndose emitir acciones representativas de más de un voto. Las acciones y los certificados provisionales que se emitan tendrán las menciones exigidas por el Artículo 211 de la Ley 19.550.- OCTAVA: A cada uno de los socios se le expedirá un solo "título representativo de sus acciones", a menos que prefieran tener varios por diferentes cantidades parciales del total que le pertenezca. El contenido y las características de los "títulos representativos de sus acciones" se sujetarán a lo preceptuado en las normas legales correspondientes.
Mientras el valor de las acciones no hubiere sido pagado totalmente la sociedad solo podrá expedir certificados provisionales. Para hacer una nueva inscripción y expedir el título del adquirente, será menester la previa cancelación de los "títulos representativos de sus acciones" del cedente.- NOVENA: La sociedad llevará un libro de registro de acciones, previamente rubricado en el Registro Público de Tucumán en el cual se anotará el nombre de cada accionista, la cantidad de acciones de su propiedad, el título o títulos con sus respectivos números y fechas de inscripción, las transferencias, prendas, usufructos, embargos y demandas judiciales así como cualquier otro acto sujeto a inscripción.- DÉCIMA: Los accionistas tendrán preferencia y derecho a acrecer en la transferencia de acciones y en la suscripción de nuevas emisiones de acciones. La transferencia de acciones puede realizarse libremente. En caso de transferencia de acciones a terceros, los socios tendrán derecho preferente a la compra de dichas cuotas. A los fines del cumplimiento de lo dispuesto en esta cláusula, el socio cedente deberá ofrecer a los demás socios por medio fehaciente las acciones a venderse, quienes tendrán un plazo de 10 diez días para ejercer su derecho de preferencia. No optando por esta preferencia, el socio vendedor tendrá libertad para ceder a un tercero. A los efectos del precio de venta, deberá confeccionarse un Balance especial a la fecha de transferencia suscripto por Contador Público Nacional.- CAPITULO III: ADMINISTRACIÓN - REPRESENTACIÓN FISCALIZACIÓN - DÉCIMA PRIMERA: La administración de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, que asumirán como ADMINISTRADORES, con duración en los cargos por 3 tres años debiendo designar igual o menor número de administradores suplentes, por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección.- El órgano de administración tiene todas las facultades legales para administrar y disponer de los bienes sociales.
Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 22/11/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date22/11/2022

Page count86

Edition count4452

First edition14/12/2004

Last issue26/07/2024

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