Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/8/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 249657

JUICIOS VARIOS / SOTELO CESAR RICARDO C/EMPRE. DE TRANSP.AUTOM. DE
PASAJ. EL GALGO S.R.L. S/COBRO

POR 3 DIAS - Se hace saber a LOS HEREDEROS DEL CAUSANTE JORGE LORENZO YAPUR DNI
7.015.431 que por ante este EXCMA. CAMARA DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA V, de los Tribunales ordinarios de San Miguel de Tucumán, a cargo de la Dra. Maria Beatriz Bisdorff, Vocal, Secretaría Actuaria a cargo del Dr. Simón Padrós, Andrés, se tramitan los autos caratulados: "SOTELO CESAR RICARDO c/EMPRE. DE TRANSP.AUTOM. DE
PASAJ. EL GALGO S.R.L. s/COBRO DE PESOS - Expte. N 1702/99, en los cuales se han dictado las resolutivas que a continuación se transcriben: "San Miguel de Tucumán, 28 de julio de 2022. En atención a lo peticionado y con las movilidades adjuntadas, notifíquese a los herederos del actor, a la demandada, a la perito actuante, Irma Salazar la sentencia de fecha 06/05/22, en sus domicilios reales. Asimismo notifÍquese el referido fallo a los derechohabientes del letrado Jorge Lorenzo Yapur -hoy fallecido-, mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán, por el término de tres días, libre de derechos". FDO. DRA.
MARIA BEATRIZ BISDORFF, VOCAL.-1702/99MNG". "San Miguel de Tucumán, mayo de 2022
VISTO RESULTA CONSIDERANDO RESUELVE: I. RECHAZAR al recurso de apelación deducido por la representación letrada de la parte demandada en contra de la sentencia definitiva N124 de fecha 04/04/2019, dictada por el Juzgado del Trabajo de la Cuarta Nominación, confirmándose la misma en lo que fuera materia de apelación y agravios, por lo considerado. II. ADMITIR al recurso de apelación deducido por la representación letrada de la parte actora en contra de la sentencia definitiva N124
de fecha 04/04/2019, dictada por el Juzgado del Trabajo de la Cuarta Nominación, revocándose los Considerandos de la misma en lo referente a la tasa de interés aplicable a los créditos condenados y disponiéndose en sustitutiva, fijar la tasa pasiva de interés que fija el Banco de la Nación Argentina, con el sistema de la resta desde el 25/09/1998 hasta el 06/01/2002, y con el sistema de la división procedimiento sugerido en el Comunicado "A" 14.290 BCRA y su reglamentario "B" 5014
de dicha entidad, desde el 07/01/2002 y hasta la fecha de la sentencia. En consecuencia, se revocan los puntos I y V del Resuelve de la misma, los que quedan redactados de la siguiente manera: "I.- ADMITIR la demanda incoada por Sotelo Cesar Ricardo DNI 14.309.991 con domicilio en calle Paraguay n 1353, de esta ciudad, Tucumán, en contra de Empresa de automotor de transporte EL GALGO SRL. con domicilio en Avda. Republica del Líbano n 2488 de esta ciudad, por la suma de PESOS UN MILLÓN
SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS CON 09/100 $1.073.422,09, en concepto de lo siguientes rubros: 1 Indemnización por despido, 2 Sac proporcionales Septiembre de 1998 y vacaciones proporcionales/98, 3 indemnización por delegado gremial, 4 Cobro de días no abonados del mes de Mayo/98, con más intereses, gastos y costas, suma que deberá ser depositada en el plazo de 10 días de ejecutoriada bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 147 y concordantes del CPL, en una cuenta abierta en el Banco Tucumán Sucursal Tribunales a nombre del actor y como perteneciente a esta causa, juzgado y Secretaria. Fecha Impresión 25/08/2022 09:12:37 V.- REGULAR: 1- A la letrada Dra. María Julieta Miranda, por su actuación en el doble carácter por la parte actora en una etapa del proceso de conocimiento, la suma de 83.190,21 Pesos ochenta y tres mil ciento noventa con 21/100. 2- Al letrado Dr. Enrique Eduardo Barone, por su actuación en el doble carácter por la parte actora en dos etapas del proceso de conocimiento, la suma de $166.380,42
Pesos ciento sesenta y seis mil trescientos ochenta con 42/100; por el incidente de caducidad resuelto a fs. 126/127, la suma de $16.638,04 pesos dieciséis mil seiscientos treinta y ocho con 04/100; por el incidente de apelación resuelto a fs.
189 la suma de $49.914,13 pesos cuarenta y nueve mil novecientos catorce con 13/100 y por el Incidente de Inconstitucionalidad resuelto a fs. 227 la suma de $49.914,13 pesos cuarenta y nueve mil novecientos catorce con 13/100. 3- Al

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/8/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date30/08/2022

Page count167

Edition count4452

First edition14/12/2004

Last issue26/07/2024

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