Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 6/9/2021
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 239674
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/JAUREGUINA ENZO PAUL
POR 10 DIAS - Se hace saber a JAUREGUINA,ENZO PAUL, CUIT N 20-33090071-8, cuyo domicilio actual se ignora, que por ante este Juzgado de Cobros y Apremios de la I Nom. del Centro Judicial Capital a cargo de la Dra. ANA MARIA ANTUN DE NANNI;
Secretaría de las Dras. TERESA E. TAGLE y ALEJANDRA RAPONI MARON tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN c/JAUREGUINA ENZO PAUL s/EJECUCION
FISCAL", Expte. N 7157/17, en el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 20 de Agosto de 2021. Atento lo solicitado: Practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha 05/3/2018, mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por DIEZ DÍAS, en el Boletín Oficial LIBRE DE DERECHOS, quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias de la demanda en Secretaría Actuaria. FDO: DRA. ANA
MARIA ANTUN DE NANNI-MLI-7157/17 San Miguel de Tucumán, 05 de marzo de 2018.
.. Proveyendo lo pertinente al escrito de demanda: I II INTÍMESE a la parte demandada al pago en el acto de la suma de $1.500,00 y $7.500,00 en concepto de capital y acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo, CÍTESELA DE REMATE para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución Arts. 176 y 179 del Código Tributario. A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 500 y 157 del C. P. C. Ley 6176 y en el mismo acto dejará las copias del art. 128 Ley 6176, ley citada. NOTIFICACIONES
DIARIAS en Secretaría.- Atento lo solicitado se autoriza a la letrada ALICIA B.
TORRES M.P. 5514, a realizar la procuración en los presentes autos.- FDO. DRA
ANA MARÍA ANTÚN DE NANNI.JUEZ.- MJT 7157/17. "San Miguel de Tucumán, 25 de agosto de 2021. 7157/17 PEGDC. LIBRE DE DERECHOS. E 27/08 y V 09/09/2021. Aviso N
239.674