Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 29/4/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 81490

DECRETO 889 / 2021 DECRETO / 2021-04-12
DECRETO N 889/7 SES, del 12/04/2021.
EXPEDIENTE N 85055/213-2020.
VISTO que por estas actuaciones el Departamento General de Policía solicita se deje sin efecto la designación en el cargo de Personal Transitorio Policial del Señor Jorge Luis Olivera; y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 1.567/7 SSC de fecha 28/05/2013 fs. 19-28 el mencionado agente fue designado como Personal Transitorio Policial, en el grado de agente, para prestar servicios en el Departamento General de Policía, según los términos de la convocatoria dispuesta por el Decreto N 3793/7SSC del 17/10/2011 fs.
11-18.
Que la fs. 01-02 la Sección Situación de Revista del Departamento Personal D-1
informa que el agente Olivera fue puesto en Situación Pasiva por Proceso mediante la Resolución N 2.750/18D-1 SR. del 01/11/2018.
Que a fs. 03, 06 y 10 se adjunta Foja de Servicios del agente, planilla prontuarial y copia de DNI.
Que a fs. 30 Asesoría Letrada General señala que Jorge Luis Olivera es personal transitorio y, en virtud de los términos de la Ley N 3.823, artículo 1 y del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial RRDP, artículo 4, el Poder Ejecutivo puede aplicar de forma subsidiaria el decreto N 3.793/6, artículo 6, por el que fue facultado para decidir la desafectación y el cese inmediato del personal incorporado -bajo las condiciones descriptas en la convocatoria, sin expresión de causa.
Que a fs. 35 el Secretario de Estado de Seguridad manifiesta su conformidad.
Que a fs. 43-44 obran informes emitidos por la Mesa de Entrada Penal del Centro Judicial Capital y por el Departamento Personal D-1 de la Policía de Tucumán de la que se desprenden que la causa judicial: "Abuso de Autoridad, apremios ilegales y otros delitos en perjuicio de Agero Rubén Ernesto; Agero Carlos Alfredo. F. Hecho: 24/09/2015" Expediente N 57.896/2015 figura en trámite en la Sala III de la Cámara Penal Conclusional.
Que al respecto la Corte Suprema de la Provincia, mediante la Sentencia N 2394
de fecha 16/12/2019, ha dicho que: el régimen de la Ley N 3823 regula básicamente dos modalidades de función policial: la permanente y la transitoria.
La regla de ingreso es como agente permanente sean oficiales o suboficiales, artículos 3 y 4 de los cuerpos de seguridad profesional y técnicos, artículo 18, que gozan del derecho a la estabilidad previsto en el artículo 14 de la citada norma. En tanto el ingreso a la función policial transitoria es la excepción y está prevista en el artículo 37, que permite al Poder Ejecutivo, en los casos que así lo establezca, incorporar recursos humanos para el escalafón seguridad como personal transitorio, por el termino de dos años, renovables. Según el artículo 38, dicho personal tiene estado policial pero no goza de otros derechos del personal permanente. Advierte el tribunal cimero que esto nos remite al derecho a la estabilidad, previsto en el artículo 14 de la Ley. Por lo tanto, el personal no permanente carece de estabilidad y su designación puede ser cancelada en

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 29/4/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date29/04/2021

Page count100

Edition count4458

First edition14/12/2004

Last issue05/08/2024

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