Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 9/2/2018

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 212646

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GRUPO LUFRANO S.A. S/
EJECUCION FISCAL
POR 5 DIAS - Se hace saber a GRUPO LUFRANO S.A., cuyo domicilio actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Ia Nom. Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y Alejandra Raponi Maron se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN
C/ GRUPO LUFRANO S.A. S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N 32/14, en el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 15 de noviembre de 2017. Atento lo solicitado y constancias, notifíquese al accionado el proveido de fecha 30105/14 -fs.16 mediante edictos, debiéndose efectuar su publicación por diez dias en el Boletín Oficial, libre de derechos.
San Miguel de Tucumán, 30 de mayo de 2014. Téngase presente. Proveyendo lo pertinente al escrito de demanda: Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la suma de $12.000,00 y $2.500,00 en concepto de capital y acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo, cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución Arts.
176 y 179 del Código Tributario. A sus efectos líbrese mandamiento ley n 22.172, haciéndose constar que se encuentra autoizado para su diligenciamiento el letrado Tomas Olmedo tomo 81 - F 157 - C.P.A.C.F. - tomo XXIX folio 120 C.A.S.I..- Para su cumplimiento se autoriza el uso de la fuerza pública y allanamiento de domicilio si las circunstancias lo hicieren necesario Circ.27/2013.- En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 500 y 157 del C. P. C. Ley 6176 y en el mismo acto dejará las copias del art. 128 Ley 6176, ley citada. Notificaciones diarias en Secretaría. San Miguel de Tucumán, 27 de noviembre de 2017. E 07 y V
15/02/2018. Libre de Derechos. Aviso N 212.646.

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 9/2/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date09/02/2018

Page count90

Edition count4442

First edition14/12/2004

Last issue12/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728