Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 21/12/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 57505

DECRETO 4071 / 2016 DECRETO / 2016-12-14
DECRETO N 4.071/3 ME, del 14/12/2016.
EXPEDIENTE N 6108/220/2016
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Dirección de Relaciones Municipales de la Secretaría de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales gestiona el incremento de los montos otorgados a las municipalidades detalladas a fojas 02, a través de los Convenios Consensuados de Fondos Unificados suscriptos con las mismas, y CONSIDERANDO:
Que dichos convenios fueron suscriptos en virtud del Decreto N 780/3ME-16 del 18/03/2016. Que el pedido obedece a la necesidad de cubrir los costos que se originaron en el presente año, por aplicación de incrementos salariales dispuestos por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N 1082/3 del 12/04/16, como así también de los gastos del servicio público que brinda el consorcio público metropolitano; montos no contemplados en los convenios suscriptos oportunamente por los Sres. Intendentes Municipales.
Que la Contaduría General de la Provincia, a foja 03 emite el informe de su competencia señalando que podría hacerse lugar a la ampliación planteada, destacándose la necesidad de que se firmen las adendas y estimando un plazo de 45
días para la presentación de los instrumentos legales pertinentes y la firma de la cesión ante escribanía de gobierno.
Que a foja 04 interviene la Dirección General de Presupuesto sin formular objeciones.
Que la Ley n 8829 faculta al Poder Ejecutivo, conforme a las posibilidades del erario provincial, a suscribir convenios de préstamos con las Municipalidades y Comunas Rurales de la Provincia, así como a otorgar asistencias financieras, mediante aportes del Tesoro Provincial, para ser destinados a la atención de obligaciones salariales, realización de obras Públicas, prestación de servicios y desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales. Establece las disposiciones mínimas que deben contemplar los convenios individuales que se suscriban. Lo faculta también a refinanciar total o parcialmente las deudas que las Municipalidades y Comunas Rurales mantengan con el Gobierno de la Provincia;
así como a otorgar períodos de gracia y condonar total o parcialmente dichas obligaciones, en los casos que meritúe necesario.
Que el modelo de convenio aprobado mediante Decreto n 780/3ME del 18/03/2016, expresa en su cláusula segunda, que en caso de surgir necesidad de mayor asistencia por incremento de montos no previstos en el convenio, se suscribirán las correspondientes adendas a tal fin.
Que atento a lo expresado precedentemente, corresponde dictar la pertinente medida administrativa que apruebe el modelo de adenda y asimismo faculte al señor Ministro de Economía a suscribir las mismas.
Por ello, en mérito al Dictamen Fiscal N 2462 de fecha 06/12/2016 obrante a fs.
06, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 21/12/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date21/12/2016

Page count117

Edition count4454

First edition14/12/2004

Last issue30/07/2024

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