Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 20/5/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Judicial del Presupuesto vigente, ordenando se OTORGUE OPORTUNA INTERVENCIÓN del Contador Fiscal Delegado del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia.
VIII.- NOTIFICAR y publicar en sitio de la página Web del Poder Judicial y en el Boletín Oficial de la Provincia, por dos días sin cargo y difundir en medios de prensa escritos y audiovisuales. Con lo que terminó, firmándose por ante mí, doy fe. Antonio Gandur. René Mario Goane. Antonio Daniel Estofán. Claudia Beatriz Sbdar. Daniel Oscar Posse.
ANEXO I
"Procedimiento General de Ingreso en el cargo de Ayudante Judicial al Poder Judicial para personas con Discapacidad"
Artículo 1 ESCALAFÓN DE INGRESO:
El ingreso en calidad de empleado administrativo al Poder Judicial, para personas con discapacidad, se hará por la categoría inferior. Aquellos postulantes que pertenezcan a la carrera de Maestranza de este Poder Judicial y figuren en el Orden de mérito de los aprobados, ingresarán en la categoría de la carrera administrativa cuyo sueldo básico sea similar no inferior, en el turno que corresponda según su orden de mérito.
Artículo 2 REQUISITOS:
2.1 Son requisitos para el ingreso:
a Certificado de buena conducta expedido por autoridad competente. b Dieciocho 18 años de edad como mínimo y cincuenta 50 años de edad como máximo, cumplidos al momento de cierre de la inscripción. c Copia del Titulo Secundario o Polimodal analítico certificada por el Establecimiento Educativo y por el Ministerio de Educación de la Provincia de Tucumán, cuando lo requiera la Dirección de Recursos Humanos. En caso que el título sea expedido por otra provincia, el mismo deberá estar, además, legalizado por el Ministerio de Educación de la Provincia que lo expidió. La fecha de otorgamiento del Título deberá ser anterior al cierre de las inscripciones del concurso convocado. d Además, en caso de poseer Título Universitario: -Universidad Privada: Título legalizado por la Universidad que expidió el mismo. -Universidad Estatal: Título legalizado por el Rectorado. e Tener domicilio residencia efectiva en la jurisdicción del Centro Judicial que se concursa, debiendo acreditarse únicamente mediante D.N.I. si existiere cambio de domicilio hacia el Centro Judicial que se concursa, desde otra jurisdicción, la fecha del mismo deberá ser anterior a la apertura de las inscripciones del concurso. f Aprobación del concurso exigido, reglamentado por la presente normativa. g Certificado Único de Discapacidad que se encuentre vigente, expedido por la Junta Evaluadora de Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud Pública de la Provincia. h Adecuarse a las competencias requeridas y los requisitos de idoneidad para el cargo de Ayudante Judicial, explicitados en el Anexo II del presente Acuerdo. i No encontrarse incursos en las causales detalladas en el Art. 5 y Art. 9 incisos 4 y 5 de la Ley N 5473 Provincial.
2.2 No se dará curso a las inscripciones de aquellos postulantes que: a No reúnan los requisitos legales para el cargo. b Tuviesen condena penal firme por delito doloso y no hubieren transcurrido los plazos de caducidad fijados en el art. 51 del Código Penal. c Se encontraren sancionados con exclusión de la matrícula profesional respectiva. d Hubiesen sido declarados en quiebra y no estuvieren rehabilitados. e Hubieren sido separados de un empleo público por mal

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 20/5/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date20/05/2016

Page count158

Edition count4462

First edition14/12/2004

Last issue09/08/2024

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