Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 18/12/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 31393
ACORDADA H.C.S.J 1388 / 2012 ACORDADA 1388 / 2012-12-11
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACORDADA N 1.388, del 11/12/2012. VISTO:
Las Actuaciones de Superintendencia N 12774/12, por las cuales se tramita el Proyecto de Acordada tendiente a fijar el turno vespertino en el Gabinete Psicosocial del Centro Judicial Capital; y CONSIDERANDO:
Que el desdoblamiento de horarios en oficinas jurisdiccionales y no jurisdiccionales, ha mostrado una notable optimización de los recursos humanos y tecnológicos, en aras a una mejor función judicial Acordadas N 763/07, 639/08, 152/09, 315/10, 397/10, 830/10, 323/11, 811/11.
Teniendo en cuenta que el desdoblamiento de horarios ha quedado instaurado en los Juzgados en lo Civil en Familia y Sucesiones en diciembre del 2007 -por Acuerdo N 763/07- y el de las Fiscalías de Instrucción en septiembre de 2011 -por Acordada N 811/11- y, encontrándose estrechamente vinculado el trabajo de ambos fueros con la labor del Gabinete, resulta necesario ampliar el horario de funcionamiento de tal oficina judicial.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y encontrándose de licencia los señores Vocales Dres.
Antonio Gandur y Daniel Oscar Posse;
ACORDARON:
I.- DISPONER que se habilite el desdoblamiento de turnos en el Gabinete Psicosocial del Centro Judicial Capital, atento a lo considerado.
II.- FIJAR de hs. 07:00 a 19:00 el horario de trabajo del Gabinete Psicosocial del Centro Judicial Capital. A tales efectos se organizarán dos turnos: matutino de hs. 07:00 a 13:00 y vespertino de hs. 13:00 a 19:00.
III.- AUTORIZAR a la Jefa del Gabinete Psicosocial a decidir, en el plazo de 5
días hábiles, el plantel de Empleados y Funcionarios que serán afectados al turno matutino y al turno vespertino, como asimismo toda otra medida reglamentaria que hubiere menester para coordinar las funciones de ambos turnos.
IV.- DISPONER que la designación de los Funcionarios y de los Empleados en el horario matutino o vespertino no podrá ser alterada en ningún caso, sin previa comunicación y aceptación por este Tribunal.
V.- NOTIFICAR Y PUBLICAR en el sitio web del Poder Judicial y por el término de dos días, sin cargo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán. Con lo que terminó, firmándose por ante mí, doy fe. Antonio Daniel Estofán. René Mario Goane. Claudia Beatriz Sbdar. E 18 y V 19/12/2012.