Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 25/7/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 22718

DECRETO 2290 / 2011 DECRETO / 2011-07-07
DECRETO N 2.290/1, del 07/07/2011.
VISTO, la demanda de la comunidad deportiva respecto al fomento y promoción de acciones tendientes a la preparación y/o participación de los deportistas de esta provincia en competencias oficiales de nivel local, nacional y/o internacional, y CONSIDERANDO: Que la Secretaria de Estado de Deportes de la Provincia tiene como función, entre otras, la de promover el deporte como factor educativo, coadyuvante a la formación integral del hombre.
Que dicha Secretaria de Estado dispone de herramientas adecuadas para centralizar la atención de los requerimientos relacionados a la actividad deportiva, evaluar las mismas e implementar las acciones pertinentes para su satisfacción.
Que atento a la multiplicidad de situaciones y necesidades que se plantean en el ámbito deportivo, es preciso instrumentar un mecanismo que permita a la mencionada secretaria de estado atender los requerimientos en cuestión y asegurar en consecuencia una eficiente y adecuada respuesta por parte del estado provincial.
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Delégase en el señor Secretario de Estado de Deportes la facultad de otorgar, mediante Resolución, ayudas económicas destinadas al fomento y promoción de la preparación y/o participación de deportistas de la provincia en competencias oficiales de nivel local, nacional, o internacional ARTICULO 2.- La Dirección de Deportes, analizará las solicitudes presentadas, verificará las razones invocadas, aconsejará la solución para cada caso particular y elevará las mismas a consideración del señor Secretario de Estado de Deportes.
ARTICULO 3.- Las solicitudes de ayuda económica deberán estar debidamente fundadas y avaladas por una entidad de nivel superior, local, nacional o internacional y deberán adjuntar la invitación y/o convocatoria a los eventos que se traten. Cuando sean presentadas por representantes que gestionen para deportistas menores de edad y/o con capacidades especiales se deberá acompañar constancia de la representación invocada. Cuando sean presentadas por personas jurídicas, las mismas deberán estar inscriptas en el registro de entidades deportistas de la Secretaria de Estado de Deportes de la provincia.
ARTICULO 4.- El otorgamiento de ayudas económicas a personas físicas, clubes, asociaciones, entidades privadas y/o públicas no estatales, estará sujeto a:
1- Presentación de rendición de cuentas documentada de la aplicación dada a las sumas percibidas por los beneficiarios, en el plazo de 30 días.
2- Reintegro de las sumas percibidas e inhabilitación para recibir futuras ayudas, en el caso de incumplimiento de la obligación de rendir cuenta en el plazo indicado y/o aplicación de las sumas percibidas en una finalidad distinta a aquella para la cual se otorgue la ayuda.
ARTICULO 5.- La Secretaría de Estado de Deportes, a fin de garantizar la

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 25/7/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

CountryArgentina

Date25/07/2011

Page count56

Edition count4460

First edition14/12/2004

Last issue07/08/2024

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