Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/7/2023

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

3

AÑO XXXII AÑO XXXII -

Ushuaia, Jueves 13 de Julio de 2023

-

Nº 5389

3

Ushuaia, Jueves 13 de Julio de 2023 - Nº 5389

a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del día cuatro 04 de julio de 2023.
ARTÍCULO 2.- Autorizar la extensión de una orden de pasaje por los tramos: USHUAIA - BUENOS AIRES - USHUAIA y la liquidación de viáticos correspondientes, a favor de la funcionaria mencionada precedentemente.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Karina D. FERNANDEZ
DECRETO N 1583

30-06-23

VISTO el Expediente Nº ME-E-49187-2023 del registro de esta Gobernación, el Decreto Provincial Nº 1777 /12 y sus modificatorios; y CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 36 de la Ley Provincial Nº 1333 se estableció la base de cálculo del haber del Gobernador de la Provincia.
Que mediante el dictado del Decreto Provincial Nº 2820/22 se sustituyó el Anexo I del Decreto Provincial Nº 1777/12, aprobando la vigente escala de porcentajes del régimen de remuneraciones de las Autoridades Superiores de Gobierno y Personal de Gabinete dependientes del Poder Ejecutivo Provincial.
Que mediante el Decreto Provincial Nº 3247/22, en su artículo 1, se dispuso la ampliación de la suspensión de la percepción del haber normal, habitual, regular y permanente correspondiente al Gobernador y Vicegobernador de la Provincia.
Que el Decreto Provincial Nº 758/23, dispuso sustituir el Anexo I el Decreto Provincial Nº 3247/22.
Que la suspensión dispuesta, fue decidida como medida de carácter extraordinaria en pos de lograr una política salarial equilibrada, coordinada, armónica, razonable y equitativa dentro del sector Público Provincial.
Que decisiones como la descripta, se encuentran avaladas por los principios de equidad y justicia social, sobre los cuales el Estado debe organizar su sistema de gobierno, procurando equilibrio y equidad.
Que el incremento del porcentaje de suspensión de los haberes que se dispone con el dictado del presente, se fundamenta como una medida excepcional, pero basada en dichos preceptos de justicia y equidad social, entendidos sobre la base de un sistema de gobierno cuyos principales representantes, se disponen continuar transitando el camino de acciones tendientes a materializar la política salarial que proponga un sistema más equilibrado, coordinado, armónico, razonable y equitativo dentro del sector Público Provincial.
Que, por lo expuesto precedentemente y para continuar sosteniendo un esquema de salarios razonables para las jerarquías más altas de Poder Ejecutivo, en equilibrio con el conjunto de haberes percibidos por el resto de los agentes del sector público provincial, se suspende la percepción del haber del cargo de Gobernador de la Provincia según lo establecido en la tabla que como anexo I forma parte del presente.
Que mediante Nota Nº 73/2023, Letra: Sec. Hab. - M.E, del 16/06/2023, tomó intervención la Secretaria de Haberes.
Que el señor Ministro de Economía a través de la Nota Nº 539/2023, Letra M.E., del 21/06/2023, ha tomado conocimiento de la iniciativa en curso, prestando la debida conformidad para la continuidad del mismo.
Que la Dirección Provincial de Gestión Administrativa del Ministerio de Economía, se expidió mediante Informe Legal Nº 49/2023, Letra: DPGA
DPGL ME, del 21/06/2023.
Que la Secretaría de Coordinación Legal emitió el Informe D.G.E.P.Y.A.P. S.C.L - SGLT N 117/23.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Sustituir el Anexo I del Decreto Provincial Nº 758/23, por el Anexo I del presente. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente, del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 3.- Comunicar a quien corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Federico ZAPATA GARCIA

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/7/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date13/07/2023

Page count532

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031