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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 7/2/2022
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
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AÑO
Ushuaia, 07 de de0000
2022
AÑOXXXI
XXXI - - Ushuaia, LunesLunes 03 de Enero de Febrero 2022 - Nº
-
Nº 5048
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la Resolución C.G.P. Nº 64/2021 o la que en el futuro la reemplace.
ARTÍCULO 7.- Comunicar a quien corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia, y archivar.
MELELLA
María G. CASTILLO
DECRETO N 109
20-01-22
VISTO la Nota Nº 05/2022 - Letra: M.J.G.; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma el señor Ministro Jefe de Gabinete solicita autorización para su traslado en comisión de servicios a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del día dos 02 de febrero de 2022, por tareas inherentes a sus funciones.
Que el presente se encuentra encuadrado dentro de lo establecido por el Decreto Nacional Nº 1343/74 y el Decreto Provincial Nº 203/21.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la comisión de servicios del señor Ministro Jefe de Gabinete, Lic. Paulo Agustín TITA, D.N.I. Nº 25.081.603, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del día dos 02 de febrero de 2022.
ARTÍCULO 2.- Autorizar la extensión de una orden de pasaje por los tramos: USHUAIA - BUENOS AIRES - USHUAIA y la liquidación de viáticos correspondiente, a favor del funcionario mencionado precedentemente.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Federico ZAPATA GARCÍA
DECRETO N 110
20-01-22
VISTO el Expediente Nº MGJDH-E-13409-21 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el cambio de agrupamiento del agente Jairo José Luis CESAR, Legajo Nº 17449103/00, quien presta servicios en el ámbito de la Secretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Que el mencionado revista presupuestariamente como agente categoría 15 del agrupamiento Personal Obrero, Maestranza y Servicios P.O.M. y S..
Que en el documento 4, obra copia fiel del Certificado Analítico de "Perito de Auxiliar en Seguridad e Higiene en el Trabajo", expedido por el Centro Educativo de Nivel Secundario Nº 364, de la ciudad de Ushuaia, que se corresponde con la Educación Secundaria, dando cumplimiento a lo estatuido en el punto 1, del artículo 11, Título Ingreso, Capítulo V Agrupamiento Administrativo, Anexo A, del Decreto Nacional Nº 1428/73.
Que el cambio corresponde realizarlo al agrupamiento Personal Administrativo y Técnico P.A. y T..
Que, en razón del título con el que cuenta el agente, correspondería, según el Decreto Provincial Nº 1976/13, ser incorporado a la categoría de revista 10 P.A. y T.
Que la Dirección Provincial de Asesoramiento Legal y Control Técnico, del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, tomó intervención mediante el Dictamen M.G.J.D.H. Nº 07/2021, criterio que fue compartido por la máxima autoridad del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Que la Secretaría de Coordinación Legal S.G.L. y T. tomó intervención mediante el Dictamen S.C.L. S.G.L. y T. Nº 314/2021, en el cual indicó que queda a criterio del suscripto, exceptuar de lo dispuesto en el Anexo I del Decreto Provincial Nº 1976/13, a fin de proceder al cambio de agrupamiento del agente Jairo José Luis CESAR, Legajo Nº 17449103/00, de categoría 15 P.O.M. y S. a categoría 15 P.A. y T., en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Que asimismo en el documento 18, obra el respaldo presupuestario pertinente.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA: