Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/12/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX -

Ushuaia, Martes 21 de Diciembre de 2021

-

Nº 5014

ARTÍCULO 2.- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Paulo A. TITA
DECRETO N 2311

08-11-21

VISTO el Expediente Nº MECCT-E-13056-2021 del registro de esta Gobernación y el Decreto Provincial Nº 1264/21; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto mencionado en el VISTO, se hizo lugar a la solicitud de excepción al artículo 4º, punto III, inciso b del Decreto Provincial Nº 1014/14 deducida por la docente Laura Beatriz HERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 23.606.994, a fin de usufructuar con goce íntegro de haberes, el tercer 3º año de licencia por afecciones o lesiones de largo tratamiento desde el día 19 de febrero de 2021, y hasta obtener el alta médica o el otorgamiento del beneficio de la Jubilación por Invalidez.
Que la Dirección General de Recursos Humanos Escalafón Docente M.E.C.C. y T. ha detectado un error en la fecha en que se autorizó dicha excepción, toda vez que, la Sra. HERNÁNDEZ, ha usufructuado el tercer año de licencia por afecciones o lesiones de largo tratamiento desde el día 10 de julio de 2020 hasta el día 9 de julio de 2021, motivo por el cual solicitó la rectificación del Decreto Provincial Nº 1264/21.
Que en razón de lo expuesto precedentemente, la Secretaría de Coordinación Legal S.G.L. y T. tomó intervención mediante el Informe S.C.L
S.G.L. y T. Nº 1558/21, solicitando a la Dirección de Medicina del Trabajo Zona Sur indicar fehacientemente de manera precisa los periodos de licencia que la docente HERNÁNDEZ, usufructuó.
Que a través del Informe Nº 635/21 Letra D.M.T.Z.S. M.S., se indicó que la docente inició su tercer 3º año de licencia de largo tratamiento de manera cierta desde el día 10 de julio de 2020 al 9 de julio de 2021 y que actualmente se encuentra usufructuando el cuarto 4º año desde el día 10
de julio de 2021.
Que el Sr. Director Provincial de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, solicitó la ampliación de la referida excepción al cuarto 4º año de licencia por afecciones o lesiones de largo tratamiento establecida en el artículo 10º, inciso e del Decreto Nacional 3413/79 de aplicación complementaria al Decreto Provincial Nº 1014/14 artículo 4º, inciso b.
Que tomó nuevamente intervención la Secretaría de Coordinación Legal, dependiente de la Secretaría General, Legal y Técnica, mediante el Dictamen S.C.L S.G.L. y T. Nº 335/21, por el cual se aconsejó rectificar el Decreto Provincial Nº 1264/21, donde dice" desde el día 19 de febrero de 2021, y hasta obtener el alta médica o el otorgamiento del beneficio de la Jubilación por Invalidez", deberá decir:" desde el día 10 de julio de 2020 y hasta el 9 de julio de 2021".
Que asimismo, resultaría viable hacer lugar a una excepción al Decreto Provincial Nº 1014/14, artículo 4º inciso b, y al artículo 10, inciso e del Decreto Nacional Nº 3413/79 de aplicación complementaria respecto del usufructo del cuarto 4º año de licencia por afecciones o lesiones de largo tratamiento usufructuada por la docente HERNÁNDEZ, a partir del día 10 de julio de 2021, hasta agotar el mismo, o hasta el alta médica o jubilación por invalidez, lo que ocurra primero.
Que el suscripto comparte el criterio del Servicio Jurídico permanente y se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º .- Rectificar del artículo 1º del Decreto Provincial Nº 1264/21 donde dice: "desde el día 19 de febrero de 2021, y hasta obtener el alta médica o el otorgamiento del beneficio de la Jubilación por Invalidez" deberá decir: "desde el día 10 de julio 2020, y hasta el día 9 de julio de 2021". Ello conforme a los considerandos precedentes y el Dictamen S.C.L S.G.L. y T. Nº 335/21.
ARTÍCULO 2º.- Exceptuar a la docente Laura Beatriz HERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 23.606.994, de lo previsto en el artículo 10º, inciso e del Decreto Nacional Nº 3413/79 de aplicación complementaria al artículo 4º, punto III, inciso b del Decreto Provincial Nº 1014/14, y en consecuencia reconocer la licencia especial por afecciones o lesiones de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes 100% desde el día 10 de julio de 2021
y hasta obtener el alta médica o el otorgamiento del beneficio de la Jubilación por Invalidez, o lo que ocurra primero. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 3º.- Indicar a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y a la Dirección General de Haberes que deberán proceder a la liquidación y pago a la docente HERNÁNDEZ, del cien por ciento 100% de sus haberes, respecto de los periodos indicados en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4º.- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente, del Dictamen S.C.L S.G.L. y T. Nº 335/21.
ARTÍCULO 5.- Comunicar a la Subsecretaría de Empleo Público, a la Dirección General de Personal del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y a quien más corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Analía I. CUBINO
DECRETO N 2312
VISTO el Expediente Nº MPA-E-66536-2021 del registro de esta Gobernación; y
08-11-21

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/12/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date21/12/2021

Page count230

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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