Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/12/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX -

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Ushuaia, Lunes 20 de Diciembre de 2021

AÑO XXX -

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Nº 5013

Ushuaia, Lunes 20 de Diciembre de 2021 - Nº 5013

y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
URQUIZA
María G. CASTILLO
DECRETO N 2295

04-11-21

VISTO el Decreto Provincial Nº 2114/21; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se autorizó el traslado en comisión de servicios del señor Ministro Jefe de Gabinete a partir del día veinticuatro 24 de octubre de 2021.
Que a través de la Nota Nº 56/2021 - Letra: D.G.A.y D. - M.J.G., se informa que el citado funcionario sus funciones el día tres 03 de noviembre de 2021.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto reasumió administrativo en virtud de lo dispuesto en los artículos 128 y 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA VICEGOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir del día tres 03 de noviembre de 2021, reasumió sus funciones el señor Ministro Jefe de Gabinete, Lic. Paulo Agustín TITA.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
URQUIZA
Adriana C. CHAPPERON
DECRETO N 2296

04-11-21

VISTO el Expediente Nº CGP-E-68401-2021 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en la Ley Territorial Nº 343, Ley Provincial Nº 231 y en el Decreto Provincial Nº 82/92, corresponde realizar la liquidación mensual de la distribución de ingresos coparticipables.
Que se conocen las cifras definitivas de los ingresos coparticipables correspondientes al mes de julio de 2021.
Que en consecuencia, es necesario efectuar la liquidación definitiva de coparticipación a las Municipalidades de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin de los fondos que deben ser transferidos a los municipios, según lo pactado en el Convenio registrado bajo el Nº 1121, ratificado por el Decreto Provincial Nº 3134/93 y la Resolución ex M.E. Nº 298/07, de los Ingresos Coparticipables correspondientes al mes de julio de 2021.
Que en virtud de la Ley Provincial Nº 1074, artículo 19, inciso a se estableció que la deducción porcentual del CUATRO COMA VEINTE POR
CIENTO 4,20% de la recaudación a cargo de la Agencia de Recaudación Fueguina AREF en los términos allí señalados, es previa a la coparticipación de recursos con las municipalidades conforme con la Ley Provincial Nº 892, excluidos los ingresos en concepto de Coparticipación de Impuestos Federales.
Que en virtud de la Ley Provincial Nº 886, artículo 3, en la que se incorpora el inciso o al artículo 12 de la Ley Provincial Nº 22, corresponde detraer con carácter previo a la distribución de recursos de origen provincial en concepto de Ingresos Brutos, el CUARENTA POR CIENTO
40% de lo recaudado en concepto de Impuestos sobre Ingresos Brutos, por la venta de repuestos, neumáticos y accesorios de todo tipo de automotores.
Que con carácter previo a la distribución de la recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de fuente local y del Convenio Multilateral, corresponde detraer el UNO COMA CINCUENTA POR CIENTO 1,50% del total recaudado y rendido mensualmente por la Agencia de Recaudación Fueguina AREF, con destino a la conformación del Fondo Permanente Provincial de Ayuda a los Cuerpos Activos de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, según lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 736, su Decreto Reglamentario Nº 1271/07 y su modificatoria establecida en la Ley Provincial Nº 1250.
Que en virtud del artículo 32 de la Ley Provincial Nº 959, corresponde detraer con carácter previo a la distribución de la recaudación total del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de fuente local y del Convenio Multilateral, el CERO COMA OCHENTA POR CIENTO 0.80% del total recaudado y rendido mensualmente por la Agencia de Recaudación Fueguina AREF, con destino al Fondo de Prestaciones Prioritarias, de carácter de afectación específica.
Que mediante la Ley Nacional Nº 27.429 se aprueba el Consenso Fiscal suscripto entre el Poder Ejecutivo Nacional y representantes de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires C.A.B.A., por el cual se acuerda armonizar las estructuras tributarias de las distintas

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/12/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date20/12/2021

Page count279

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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