Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/8/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX - Ushuaia, Jueves 19 de Agosto de 2021 - Nº 4931

de la ciudadanía, con carácter de urgente.
Que la Auditoría Interna interviene en todas las tramitaciones que se originan desde el Ministerio y ello produce una acumulación en que deriva en un atraso en el avance administrativo de los expedientes.
Que los controles de las piezas administrativas relacionados a buen funcionamiento de los edificios escolares y /o proyectos de educación, requieren de un análisis pormenorizado, técnico y especializado por lo cual la estructura de la Unidad de Auditoría Interna establecida resulta insuficiente.
Que por todo ello es menester incorporar en la Estructura de la Unidad de Auditoría Interna perteneciente al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, dos cargos de auditores.
Que se ha expedido la Secretaria General, Legal y Técnica mediante Informe S.C.L.S.G.L.T Nº 917/21.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo conforme lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Nacional.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modificar el Anexo I del Decreto Provincial Nº 356/21 mediante el cual se aprueba la Estructura Orgánica de la Unidad de Auditoría Interna de los Ministerios y Secretarías de Estado, por el Anexo I que forma parte integrante del presente, respecto del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. Ello por los motivos expuestos en los considerandos que anteceden.
ARTÍCULO 2.- Establecer que el gasto que demande el presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 3º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Analia I. CUBINO
DECRETO N 1475

28-07-21

VISTO el Expediente Nº MECCT-E-14764/21 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la Licitación Pública Nº 06/2021 RAF 575, referente a la contratación de una productora Audiovisual para el servicio de producción, preproducción y post producción del proyecto "Lo que el viento no arranca lo arraiga", para la Secretaría de Cultura dependiente del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Que mediante la Resolución M.E.C.C. y T. Nº 1020/21, se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 06/21 RAF 575 para la contratación antes mencionada, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones y se designó la Comisión de Preadjudicación.
Que a través de la Resolución M.E.C.C. y T. Nº 1298/2021 se modificó el artículo 5º de la resolución antes indicada.
Que del Acta de Apertura de Sobres de fecha 12/05/2021, surge que se presentó como único oferente, la firma USHUAIA EXPEDITIONS SAS, C.U.I.T. Nº 30-71665955-7 referente al renglón 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100
$3.800.000,00.
Que la oferta presentada cumple con los requisitos técnicos y formales solicitados mediante el Pliego de Bases y Condiciones.
Que el Decreto Provincial Nº 674/11 establece en su artículo 34, Punto 56 que: " La preadjudicación deberá recaer en la propuesta que, ajustada a las bases de la contratación, sea la más conveniente en relación al precio, calidad, plazo de entrega, etc
Que en virtud de ello la Comisión de preadjudicación mediante Acta de fecha 19/05/2021, aconsejó preadjudicar el renglón 1 a favor de la firma USHUAIA EXPEDITIONS SAS, C.U.I.T. Nº 30-71665955-7 por la suma total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/
100 $3.800.000,00, por resultar económicamente conveniente y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Que el gasto que demande la presente se encuentra contemplado y será afrontado con fondo específico, transferidos por la Provincia a la Cuenta Corriente Nº 171070599 del Banco de Tierra del Fuego Sucursal Ushuaia, denominada: "Fondo Específico Editora CulturalLey Provincial 768"
C.J.Uo 1-24- 05 Raf 575.
Que la presente contratación se encuadra legalmente dentro de lo establecido en las Leyes Provinciales Nº 1015, artículo 17 inciso a, Nº 1333, los Decretos Provinciales Nº 674/11 y modificatorias, Nº 417/20 Anexo II y Nº 05/21, y las Resoluciones O.P.C. Nº Nº 17/21, N 18/21 y Nº 58/21.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/8/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date19/08/2021

Page count126

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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