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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 3/5/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
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AÑO XXX
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AÑO XXX -
Ushuaia, Lunes 03 de Mayo de 2021
Ushuaia, Lunes 03 de Mayo de 2021 - Nº 4854
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N 4854
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Ellena, CUIT Nº 27-33918295-2, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 $300.000,00, la que será abonada en tres 3
períodos iguales y consecutivos por única vez, ascendiendo a la suma total de PESOS NOVECIENTOS MIL CON 00/100 $900.000,00, sujeto a la rendición mensual por parte del beneficiario. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de Cintia Mariana Ellena CUIL / DNI Nº 2733918295-2.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la última cuota. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG - UGC UC8090 - INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 1034/21
09/4/2021
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la "Línea Recuperación" a favor de Ana Laura Márquez, CUIT Nº 27-36181214-5, por la suma de PESOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 94/100 $40.294,94, la que será abonada en tres 3 períodos iguales y consecutivos por única vez, ascendiendo a la suma total de PESOS CIENTO VEINTE MIL
OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 82/100 $120.884,82, sujeto a la rendición mensual por parte del beneficiario. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de Ana Laura Márquez CUIL / DNI Nº 2736181214-5.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la última cuota. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG - UGC UC8090 - INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 1035/21
09/4/2021
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la "Línea Recuperación" a favor de Daniela Cynthia Alvarado Biran, CUIT Nº 23-30979662-4, por la suma de PESOS VEINTE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 22/100
$20.277,22, la que será abonada en tres 3 períodos iguales y consecutivos por única vez, ascendiendo a la suma total de PESOS SESENTA MIL
OCHOCIENTOS TREINTA Y UN CON 66/100 $60.831,66, sujeto a la rendición mensual por parte del beneficiario. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes actuaciones. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de Daniela Cynthia Alvarado Biran CUIL / DNI
Nº 23-30979662-4.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que deberá efectuar la rendición final del subsidio dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados a partir del pago de la última cuota. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente en la UGG 8090UG - UGC UC8090 - INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. 1036/21
09/4/2021
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento instrumentado y otorgar un subsidio en el marco de la "Línea Capitalización" a favor de Marianela Estefanía Castro, CUIT 23-38087657-4 por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 $299.450,00, la que será abonado por única vez. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino requerido por el beneficiario según documentación adjuntada a las presentes