Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 25/9/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XXIV -

Ushuaia, Viernes 25 de Septiembre de 2015 - Nº 3523
OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros a las siguientes operaciones en el país o en el extranjero: 1 Agrícola: explotación de predios rurales propios y/o arrendados para la producción de bienes económicos referidos a cereales, frutales, forrajeras, hortalizas, legumbres y cultivos industriales; almacenamiento en silos o cualquier otro medio a fin; fraccionamiento de la producción; distribución de la misma; exportación;
forestación, pudiendo desarrollar actividades complementarias de esa finalidad sin limitación alguna. 2
Producción Ganadera: para explotar predios rurales propios y/o arrendados, afectándolos a la cría de hacienda, engorde o invernada, para consumo propio y/o venta en mercados de hacienda, frigoríficos, particulares y/o empresas; distribución de carnes, cueros, o cualquier género de sus derivados, exportación. 3 Comercial: a la venta de los productos antes mencionados, de semillas, productos agrícolas, maquinarias y tractores y a fin, de hacienda; y a toda operación comercial que derive de las actividades precedentes. 4 Mandataria de servicios: Cumplir mandatos, comisiones, representaciones y servicios otorgados o encomendados por terceros vinculados con las operaciones comprendidas en su objeto, respecto a cualquier tipo de bienes, productos o cosas que estén en el comercio y que tengan vinculación con el objeto principal de la empresa. Todas estas actividades resultan meramente enunciativas y podrá desarrollar cuantas más actividades sean conducentes al desarrollo del objeto y al financiamiento de estas actividades, mientras no sea requerido el cumplimiento de las leyes que hagan al funcionamiento de entidades financieras. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, comprometerse por cualquier título y llevar a cabo todos los actos de administración y disposición que fueren menester y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
CAPITAL SOCIAL: El capital se fija en la suma de OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS
$ 8.200.000,00, dividido en OCHOCIENTAS VEINTE MIL

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820.000 cuotas sociales de valor nominal DIEZ PESOS $ 10,00
cada una, compuesto en su totalidad por aportes en especie según Anexo adjunto. El capital social puede aumentarse mediante decisión de la Asamblea de Socios que represente el 51% del capital, pudiendo dicho aumento ser realizado mediante un Acta de Asamblea.
Todo aumento de capital, se publicará por un día en el diario de publicaciones legales, se inscribirá en los Registros correspondientes, y se comunicará a la autoridad de contralor.
ADMINISTRACION: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de una Gerencia, integrada por uno a cinco gerentes, con mandato por tres ejercicios, pudiendo la Asamblea de Socios elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán a la Gerencia por orden de su designación.
La Asamblea de Socios fijará el número de gerentes, como así también su remuneración. Los gerentes deben depositar cada uno en garantía de su gestión la cifra que disponga la normativa legal vigente ya sea en efectivo, bonos, títulos públicos o constituir fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil. La Gerencia tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del artículo 1881 del Código Civil y del artículo 9 del Decreto-Ley 5965/63. Podrá especialmente celebrar toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social entre ellos: adquirir, gravar y enajenar bienes muebles o inmuebles, operar con toda clase de bancos, compañías financieras, entidades crediticias oficiales o privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales de administración y otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir de denuncias y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad.
La representación legal de la sociedad y el uso de la firma social corresponderá a los Gerentes en forma indistinta, estándoles prohibido comprometer a la sociedad en fianzas o avales extraños a su giro o actividad. La Gerencia puede disponer el traslado de la sede, siempre dentro de la aludida jurisdicción,

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 25/9/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date25/09/2015

Page count35

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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