Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 29/4/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XXIV te de la Secretaría de Representación Oficial del Gobierno de la Provincia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tec. Sup. en Turismo Pablo PFURR, D.N.I. N
20.911.676, a la ciudad de Ushuaia, a partir del día veinticuatro 24 de abril de 2015. Ello por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2.- Autorizar la extensión de una orden de pasaje por los tramos: BUENOS AIRES - USHUAIA - BUENOS AIRES, y la liquidación de tres 3 días de viáticos.
ARTÍCULO 3.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a la U.G.G. 8750, U.G.C.
560, inciso 3 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- De forma.
RIOS
Sergio D. ARAQUE
DECRETO N 928

23-04-15

ARTÍCULO 1.- Otorgar una Pensión por Discapacidad a favor del menor Facundo GUERRERO
MOLINA, D.N.I. N 49.229.512, la que comenzará a devengarse a partir del primer día del mes siguiente del acto que otorga el beneficio, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 de la Ley Provincial N 389. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos y en el Dictamen D.A.J. M.D.S. N
133/14.
ARTÍCULO 2.- Dicha Pensión deberá hacerse efectiva a nombre de la señora María Alicia Ester MOLINA SOTO, D.N.I. N
92.907.886 y/o el señor Juan Albino GUERRERO GUERRERO, D.N.I. N 92.706.786, progenitores del menor mencionado en el Artículo 1.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la U.G.G. 8373U.G.C. 443, Inciso 512 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- Notificar a los interesados con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 5.- De forma.
RIOS
Marisa E. MONTERO
DECRETO N 929

23-04-15

ARTÍCULO 1.- No hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Gustavo Alber-

3

Ushuaia, Miércoles 29 de Abril de 2015 - Nº 3459

to LUDUEÑA DOMINGUEZ, D.N.I. N 11.188.289, contra el Decreto Provincial N 357/15. Ello por lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Indicar que los artículos 2 y 3 del Decreto Provincial N 357/15, pasarán a denominarse 3 y 4 respectivamente.
ARTÍCULO 3.- Incorporar como artículo 2 del Decreto Provincial N 357/15, el siguiente texto: "ARTÍCULO 2.- Notificar al señor Gustavo Alberto LUDUEÑA
DOMINGUEZ, que a través de un Incidente de Ejecución en la causa penal 234 JLegajo de Ejecución 195 E, podrá solicitar al juez de ejecución se expida en cuanto a concederle la excepción al otorgamiento de Pensión por Discapacidad por parte de este Ejecutivo Provincial y que ello no resulte incompatible con la inhabilitación perpetua y absoluta impuesta
ARTÍCULO 4.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente y del Dictamen S.L.y T.
N 226/15, indicándole que respecto de la decisión del artículo 1, ha agotado la instancia administrativa y podrá instar acción judicial en el plazo perentorio de noventa 90
días hábiles judiciales, conforme los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133. Y que en cuanto a los artículos 2 y 3, podrá interponer Recurso de Reconsideración en un plazo de diez 10 días hábiles, conforme el artículo 127 de la Ley Provincial N 141.
ARTÍCULO 5.- De forma.
RIOS
Marisa E. MONTERO
DECRETO N 930

23-04-15

ARTÍCULO 1.- Otorgar una Pensión por Discapacidad a favor de la menor Agostina Abril SALAZAR
CASTELLANOS, D.N.I. N
45.384.166, la que comenzará a devengarse a partir del primer día del mes siguiente del acto que otorga el beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Provincial N 389. Ello por los motivos expuestos en los considerandos y el Dictamen D.A.J. MDS N
89/2014.
ARTÍCULO 2.- Dicha Pensión deberá hacerse efectiva a nombre del Sr. Brian Elwin SALAZAR
LIZONDO, D.N.I. N 18.869.715,
progenitor de la menor mencionada en el Artículo 1.
ARTÍCULO 3.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la U.G.G. 8373
- Inciso 512, del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 5.- Comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

provenientes de la cuenta N
143264 del Banco Tierra del Fuego, e imputados a la U.G.G. 8948, inciso 003, del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 3.- De forma.
RIOS
Sergio D. ARAQUE
DECRETO N 933

23-04-15

VISTO el Expediente N 7066-MI/
14 del registro de esta Gobernación;
RIOS y Marisa E. MONTERO
CONSIDERANDO:
DECRETO N 931
23-04-15 Que mediante el mismo tramita el Convenio Constitutivo de ConsorARTÍCULO 1.- Otorgar una Pencio Asociativo Público-Privado, sión por Discapacidad a favor de la suscripto entre la Provincia de Tiejoven Roxana Patricia RAMÍREZ rra del Fuego, Antártida e Islas del DÍAZ, D.N.I. N 31.472.959., la Atlántico Sur, la Universidad Naque comenzará a devengarse a parcional de Tierra del Fuego, Antártir del mes siguiente de haberse tida e Islas del Atlántico Sur y la acreditado la renuncia al beneficio Asociación de Fábricas Argentide la Pensión Nacional, que actualnas Terminales de Electrónica mente percibe. Ello por los motivos AFARTE.
expuestos en los considerandos y Que dicho Consorcio Asociativo el Dictamen D.A.J. M.D.S. N Público-Privado tiene como mi49/2015.
sión la conformación del "Centro ARTÍCULO 2.- Dicha pensión de Desarrollo Tecnológico de Tiedeberá hacerse efectiva a nombre rra del Fuego CEN-TEC TDF".
de la señora María Elba DÍAZ, Que el "Centro de Desarrollo TecD.N.I. N 14.988.839, en su carácnológico de Tierra del Fuego CENter de Curadora Definitiva, de la TEC TDF" tiene como objetivo joven mencionada en Artículo 1
esencial prestar servicios tecnolóARTÍCULO 3.- Notificar a la ingicos a la industria fueguina a fin teresada, con copia autenticada del de solventar las necesidades del presente.
complejo productivo-industrial proARTÍCULO 4.- El gasto que devincial.
mande el cumplimiento del presenQue conforme lo establece el arte será imputado a la U.G.G. 8373 - tículo noveno del Convenio ConstiInciso 512, del ejercicio económico tutivo de Consorcio Asociativo Púfinanciero en vigencia.
blico-Privado, en caso de que el ARTÍCULO 5.- De forma.
Fondo Tecnológico Argentino FONTAR adjudique el beneficio RIOS al Consorcio, se asume el comproMarisa E. MONTERO miso expreso de constituir el "Centro de Desarrollo Tecnológico de DECRETO N 932
23-04-15 Tierra del Fuego CEN-TEC TDF"
como una asociación civil sin fines ARTÍCULO 1.- Autorizar el gasde lucro.
to de un 1 pasaje vía aérea por Que a través de la Resolución N
los tramos, BUENOS AIRES - 735 de fecha 30 de Diciembre de USHUAIA - BUENOS AIRES, a 2014, la Agencia Nacional de Profavor del señor Juan Manuel moción Científica y Tecnológica PEREYRA, D.N.I. N 28.463.484, otorgó a los integrantes del Conproductor de la películadocumensorcio Asociativo Público-Privatar "CASTORES: LA INVASION do un Aporte No Reembolsable, DEL FIN DEL MUNDO". Ello, por en el marco de la Línea de Finanlos motivos expuestos en los consiciamiento de Aportes No Reemderandos.
bolsables para el Financiamiento ARTICULO 2.- Los gastos que de Proyectos destinados a la demande el cumplimiento del precreación de Centros Tecnológicos sente serán afrontados con fondos CEN-TEC.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 29/4/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date29/04/2015

Page count147

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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