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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 1/10/2014
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2014 - AÑO DE HOMENAJE AL ALMIRANTE GUILLERMO BROWN, EN EL BICENTENARIO DEL COMBATE NAVAL DE MONTEVIDEO
AÑO XXIII -
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Ushuaia, Miércoles 01 de Octubre de 2014 - Nº 3371
Nº 3371
AÑO XXIII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Lic. Sergio Daniel ARAQUE
Ministro Jefe de Gabinete
Sr. Omar Daniel NOGAR
Lic. Osvaldo Julio MONTI
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Ministro de Economía
Farm. Andrés Germán ARIAS
Abg. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Educación
Sr. Gerardo Raúl CHEKHERDEMIAN
Dra. Marisa Emilce MONTERO
Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
Sra. Inés Carolina YUTROVIC
Ing. Ftal. Fabián Andrés BOYERAS
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Glgo. Eduardo Alejandro Américo AGUIRRE GONZALEZ
Secretario de Derechos Humanos
Sra. Nélida BELOUS
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.P. Abraham Darío FARIAS
Dra. Leila Eleonora GIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Miércoles 01 de Octubre de 2014
DECRETO N 2271
22-09-14 VISTO el expediente N 10872SD/14 del registro de esta GoberARTÍCULO 1.- Incorporar a la nación; la Ley Nacional N 26.331
agente Roxana Estela TAIER, lede Presupuestos Mínimos de Progajo N 22192251/01, categoría diez tección Ambiental de los Bosques 10 P.A. y T., en el ámbito de la Nativos; las Leyes Provinciales N
Dirección General de Políticas y 145 y N 869; el Decreto Nacional Gestión Ambiental dependiente de N 91/09 y los Decretos Provinciala Secretaría de Desarrollo Sustenles N 852/95 y N 1910/12; y table y Ambiente, en el Escalafón Profesional Universitario, categoría CONSIDERANDO:
E, a partir del día siguiente de su Que la Ley Nacional de Presupuesnotificación. Ello por los motivos tos Mínimos de Protección Ambienexpuestos en los considerandos.
tal de los Bosques Nativos exige ARTÍCULO 2.- El gasto que derealizar el Ordenamiento Territorial mande el presente será imputado a de los Bosques Nativos Provinciala Unidad de Gestión de Gasto N les de acuerdo a los criterios de 8991, inciso 1 - Gastos en Persosustentabilidad establecidos en el nal.
Anexo de dicha Ley, estableciendo ARTÍCULO 3.- Notificar a la indiferentes categorías de conservateresada, comunicar a quienes coción en virtud de los servicios amrresponda, dar al Boletín Oficial de bientales que dichos bosques presla Provincia y archivar.
tan a la comunidad.
Que la Ley Provincial N 869 aproRIOS bó el Ordenamiento Territorial de Inés C. YUTROVIC los Bosques Nativos de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e DECRETO N 2272 22-09-14 Islas del Atlántico Sur.
Que el artículo 29 de la Ley Nacional N 26.331 establece un régimen sancionatorio. Asimismo el Decreto Nacional N 91/09 establece los casos que constituyen infracciones a la Ley Nacional N 26.331.
Que la Ley Provincial N 145 y su Decreto Reglamentario N 852/95
establecen también un régimen de contravenciones y sanciones.
Que en los bosques nativos de la Provincia se presentan otras situaciones de desmontes que no obedecen necesariamente a la obtención de madera, sino además al cambio de uso del suelo.
Que resulta imprescindible elaborar un protocolo de aplicación del régimen sancionatorio establecido para la aplicación armónica de las normativas vigentes y complementarias.
Que la Dirección de Ordenamiento de Bosque Nativo mediante Nota N 317/14 LETRA: U.E.P.P.F. presentó un Protocolo para la aplicación de multas por infracciones a la Ley Provincial N 145 y la Ley
Nacional N 26.331.
Que el Protocolo determina, en caso de una presunta infracción a las leyes vigentes, la aplicación según corresponda de la Ley Provincial N
145 o de la Ley Nacional N 26.331.
Que además se establecen factores y subfactores atenuantes o agravantes en función de la superficie y la categoría de Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo afectado, y de las características ambientales y ecológicas de la acción.
Que ha tomado la intervención pertinente la Secretaría Legal y Técnica mediante Informe N 1920/14.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente, en virtud de lo establecido por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"