Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 30/4/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XXIII de las actuaciones.
ARTÍCULO 3.- Exponer el presente acto resolutivo en el I.P.V. y Casa de Gobierno, para conocimiento e impugnación pública.
ARTÍCULO 4.- Registrara Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia. Dar copia al Área Social, Área Técnica, Atea Económica Financiera, Dirección Notarial, a la Subdirección General Recupero de Créditos y al Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4
de la Ley Provincial 245. Cumplido, archivar.
DEL GIUDICE
RESOL. N 668

21-04-14

ARTÍCULO 1.- Aprobar el Listado de Preadjudicatarios a la obra "76 Viviendas - URP" de la ciudad de Ushuaia, a la nómina de personas que, como Anexo I y II, forman parte integrante del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2.- Exponer el presente para conocimiento público en el Área Social del IPV, Casa de Gobierno y otros lugares de acceso comunitario de la ciudad de Ushuaia.
ARTICULO 3.- Registrar. Comunicar a todas las Áreas del Instituto. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia. Dar copia al Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia de acuerdo a lo establecido en el Art. 4 de la Ley provincial N
245. Cumplido, archivar.
DEL GIUDICE
DISPOSICIONES
SUBSECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR
DISP. N 06

15-04-14

ARTÍCULO 1.- Aplicar a la firma comercial "AMX ARGENTINA
S.A." la sanción de MULTA consistente en la suma de pesos VEINTICINCO MIL $ 25.000 por incurrir en el incumplimiento a los deberes impuestos por los artículos 4, 11, 12 y 40 bis de la Ley Nacional N 24.240, en virtud de los considerandos precedentes y del Dictamen SD.G.C.U.-SS.C.I. N 01/14.
ARTÍCULO 2.- La multa deberá ser abonada dentro del plazo de DIEZ 10 DÍAS hábiles contados a partir de la notificación de la presente, en la Dirección General de Rentas de la Provincia, debiéndose acreditar dicho pago en el expedien-

Ushuaia, Miércoles 30 de Abril de 2014 - Nº 3305

te de marras.
ARTÍCULO 3.- Aplicar DAÑO
DIRECTO a favor del señor Amilcar Ezequiel MAZZONE, D.N.I. N 27.231.052 por el valor de DOS 02 Canastas Básicas Total para el Hogar 3 actualizado, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina I.N.D.E.C., en concepto de reparación por el daño ocasionado de manera inmediata sobre el patrimonio de la consumidora, conforme los argumentos expuestos en los considerandos precedentemente expuestos. Dicha suma actualizada al día a pago, deberá ser abonada por la firma "AMX ARGENTINA S.A." en el plazo de DIEZ 10 días mencionado, siendo deducible de la indemnización que pudiere corresponder por acciones incoadas en sede judicial;
conforme lo prescripto por el artículo 40 bis de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor incorporado por Ley 26.361 B.O. 7/4/2008.
ARTÍCULO 4.- Una vez vencido dicho plazo, la presente Disposición quedará firme y el pago de la multa impuesta se hará exigible mediante Ejecución Fiscal.
ARTÍCULO 5.- La firma comercial "AMX ARGENTINA S.A."
deberá publicar íntegramente la presente Disposición a su costa, en un diario de considerable circulación, en un espacio destacado ubicado páginas impares, conforme a lo establecido por el artículo 47 de la citada Ley, debiendo asimismo acreditar dicha publicación en el expediente de marras en el plazo de DIEZ 10 DÍAS hábiles.
ARTÍCULO 6.- Notificar a las partes intervinientes, con copia de la presente y del Dictamen SD.G.C.U.-SS.C.I. N 01/14, haciéndoles saber a la infractora que contra este acto podrá recurrir ante la Cámara Federal de Apelaciones dentro de los DIEZ 10 DÍAS hábiles de notificada, debiendo interponer dicho recurso ante esta autoridad.
ARTÍCULO 7.- Comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación, y continúe el trámite de ley.
OYARZUN
DISP. N 07

15-04-14

ARTÍCULO 1.- Dejar sin efecto la imputación efectuada a la firma comercial "SUITES DESIGN
S.A." mediante auto de fecha 12/

11/12, a los artículos 4, 7, 10, 10
bis, 19, 32, 36 y 37 de la Ley Nacional N 24.240, por los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2.- Aplicar a la firma comercial "LATITUD SUR
PROPIEDADES", C.U.I.T. N 2727416979-1, cuya titular es la señora Marisol ZORATO, la sanción de MULTA consistente en la suma de pesos NOVENTA MIL $
90.000 por incurrir en el incumplimiento a los deberes impuestos por los artículos 4, 7, 8 bis, 10 bis, 19, 36 y 37 de la Ley Nacional N
24.240, en virtud de los considerandos precedentes y del Dictamen SD.G.C.U.-SS.C.I. N 02/14.
ARTÍCULO 3.- La multa deberá ser abonada dentro del plazo de DIEZ 10 DÍAS hábiles contados a partir de la notificación de la presente, en la Dirección General de Rentas de la Provincia, debiéndose acreditar dicho pago en el expediente de marras.
ARTÍCULO 4.- Una vez vencido dicho plazo, la presente Disposición quedará firme y el pago de la multa impuesta se hará exigible mediante Ejecución Fiscal.
ARTÍCULO 5.- La firma comercial infractora deberá publicar íntegramente la presente Disposición a su costa, en un diario de considerable circulación, en un espacio destacado ubicado páginas impares, conforme a lo establecido por el artículo 47 de la citada Ley, debiendo asimismo acreditar dicha publicación en el expediente de marras en el plazo de DIEZ 10 DÍAS
hábiles.
ARTÍCULO 6.- Notificar a las partes intervinientes, con copia de la presente y del Dictamen SD.G.C.U.-SS.C.I. N 02/14, haciéndoles saber a la infractora que contra este acto podrá recurrir ante la Cámara Federal de Apelaciones dentro de los DIEZ 10 DÍAS hábiles de notificada, debiendo interponer dicho recurso ante esta autoridad.
ARTÍCULO 7.- Comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación, y continúe el trámite de ley.

11

ta de Inversión del Ejercicio 2013
correspondiente a la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, conforme detalle que resulta de planillas obrantes en Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX.
Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2: Remitir copia certificada de la presente, con sus respectivos Anexos, a la Contaduría General de la Provincia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 89
de la Ley Provincial N 495.
ARTICULO 3: Registrar. Comunicar a quien correspondan. Cumplido, archivar.
MURCIA
ACORDADA SUPERIOR
TRIBUNAL DE JUSTICIA
ACORDADA N 60/2014
En la ciudad de Ushuaia, Capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 23 días del mes de abril del año dos mil catorce, reunidos en Acuerdo los jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Dres. Carlos Gonzalo Sagastume, Javier Darío Muchnik y María del Carmen Battaini, bajo la presidencia del primero de los nombrados, y
CONSIDERANDO:
A fin de cubrir el cargo de Prosecretario de la Defensoría Pública del Distrito Judicial Sur, se llamó a concurso abierto de oposición y antecedentes, el que tramita por expediente STJ-SSA N 36.857/13.
Llevadas a cabo las evaluaciones de las postulantes, calificadas que fueron las mismas y sus antecedentes -conforme el régimen establecido por Acordada STJ n 15/11-, dio como resultado la siguiente terna: 1 Yanina Verónica Fernández, 2 María Alejandra Oyarzun Santana y 3 Frida Constanza Salazar;
lo que así fue establecido mediante resolución de este Tribunal N 22, de fecha 19 de marzo del año en curso fs. 203/204 del expediente aludido.
Habiendo quedado firme el orden OYARZUN de mérito, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente a RESOLUCION DIRECCION fin de designar a la concursante que PROVINCIAL DE OBRAS Y ocupará el cargo en cuestión. De conformidad con lo establecido en SERVICIOS SANITARIOS
el art. 5 del Reglamento de ConRESOL. N 180
31-03-14 cursos, el Tribunal debe resolver la designación en base a la terna reARTICULO 1 : Aprobar la Cuensultante, mas el orden de mérito que

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 30/4/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date30/04/2014

Page count40

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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