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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 2/3/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2012
Memoria a los dedeMalvinas AÑO XXI
- en Ushuaia, Viernes 02 Héroes de Marzo 2012 - Nº 2986
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Nº 2986
AÑO XXI
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU
Ministro Jefe de Gabinete
Dr. Gustavo Alejandro ZANONE
C.P. Hiram Chistian Javier RUIZ
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Ministro de Economía
Ministro de Educación
Dra. María Haydee GRIECO
M.M.O. Manuel Fernando BENEGAS
Sra. Inés Carolina YUTROVIC
Dra. Marisa Emilce MONTERO
Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
C.P. Fabio DELAMATA
Lic. Ariel Ernesto MARTINEZ
Sr. Omar Daniel NOGAR
Sra. Nélida BELOUS
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Secretario de Derechos Humanos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Lic. Osvaldo Julio MONTI
Dra. Leila Eleonora GIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Viernes 02 de Marzo de 2012
DECRETO N 392
24-02-12 ción a Menores, Personas con Capacidades Diferentes y Adultos ARTICULO 1.- Hacer lugar al Mayores, establecido por Decreto recurso jerárquico deducido por la Provincial N 1380/07 y su modifiagente Mariana FERNANDEZ catorio Decreto Provincial N 1437/
SAMANIEGO D.N.I. N 25.633.173, 07", desde el 8 de julio de 2010.
contra la Resolución M.D.S. N 164/11. ARTÍCULO 4.- Notificar a la inEllo conforme los considerandos teresada con copia autenticada del precedentes y el Dictamen S.L. y T. presente y del Dictamen S.L.y T.
N 078/12.
N 078/12.
ARTÍCULO 2.- Hacer saber a la ARTÍCULO 5.- De forma.
Señora Ministro de Desarrollo Social que deberá revocar parcialmenRIOS
te el artículo 1 de la Resolución Gustavo A. ZANONE
M.D.S. N 164/11, por razones de ilegitimidad de conformidad con los DECRETO N 393
24-02-12
artículos 110 inc. d y 113 de la Ley Provincial 141. Ello conforme los VISTO el expediente N 127/12, del considerandos precedentes y el Dicregistro del Ministerio de Trabajo de tamen S.L.Y T. N 078/12.
la Provincia, caratulado UNION
ARTÍCULO 3.- Indicar a la DirecPERSONAL CIVIL DE LA NAción General de Recursos Humanos CIÓN U.P.C.N. Y GOBIERNO
y a la Dirección General de HabeDE LA PROVINCIA DE TIERRA
res, que deberá proceder a reconoDEL FUEGO; y cer y abonar a la agente Mariana FERNANDEZ SAMANIEGO CONSIDERANDO:
D.N.I. N 25.633.173, el adicional Que mediante el mismo tramitó el Dedicación Especifica por Atenacuerdo salarial correspondiente al
presente ejercicio, materializado en el Acta Acuerdo celebrada en fecha 26 de enero de 2012 entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Unión Personal Civil de la Nación U.P.C.N., para el Escalafón Seco.
Que en el citado acuerdo salarial se pautó el otorgamiento de una suma fija remunerativa y no bonificable de PESOS QUINIENTOS $
500,00 para los meses de enero, febrero y marzo del corriente año.
Que con el resto de las entidades gremiales no se ha arribado aún a ningún acuerdo salarial por lo que se ha estimado oportuno y conveniente hacer extensiva la liquidación de dicho monto al resto de los agentes pertenecientes a los escalafones S.A.T., Aeronáutica y Policía.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Liquidar la suma de PESOS QUINIENTOS $ 500,00, remunerativos, no bonificables y que no serán base de calculo de ningún adicional, para los meses de enero, febrero y marzo de 2012 a todos los agentes comprendidos en los escalafones S.A.T., Aeronáutica y Policía. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Invitar a adherir al presente a los entes Autárquicos y Descentralizados.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente, del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- De forma.
RIOS
Gustavo A. ZANONE
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"