Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 29/12/2010

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AÑO XIX - Ushuaia, Miércoles 29 de Diciembre de 2010 - Nº 2806

objetivo buscado, que no es otro que el mejorar la capacitación y en definitivasu posibilidad de obtener un empleo futuro, por parte de los beneficiarios.
Que en tal entendimiento, parece apropiado crear un programa que, con lineamientos similares al anterior, preserve la capacitación y/o entrenamiento laboral en Organizaciones no Gubernamentales, y/
o en organismos nacionales, municipales o dependientes de otros poderes provinciales, con excepción de este Poder Ejecutivo Provincial.
Que también debe contemplarse la posibilidad de que las capacitaciones sean impartidas por la propia Administración Pública Provincial, otros organismos provinciales, o incluso entidades privadas, pero siempre preservando la idea rectora de evitar que el plan a implementarse se constituya en un artilugio para eludir las normas que deben regir al empleo público o privado, de manera tal que quienes sean incluidos no presten servicios efectivos, mas allá de los que impliquen la propia capacitación real, evitando de esta forma todo tipo de fraude laboral.
Que otra de las cuestiones a considerar es la temporalidad de la capacitación o entrenamiento laboral que se brinde, entendiendo que precisamente por tratarse de una herramienta para el acceso a un trabajo digno, contraviene su propio espíritu la dilatación en el tiempo de la capacitación y/o entrenamiento laboral.
Que siendo así, el programa a implementarse debe tener un plazo de finalización cierta, que en este caso será el 31 de diciembre de 2011.
Que a este nuevo programa podrán acceder aquellas personas que hayan sido beneficiarias de los anteriores Programas de Empleo, u otras personas que actualmente no lo sean pero que reúnan los requisitos que en el actual decreto y sus anexos, se establecen.
Que a fin de crear las condiciones institucionales que faciliten y agilicen la puesta en marcha y desarrollo del Programa propuesto, resulta procedente designar como autoridad de aplicación y responsable de la gestión del mismo al Ministerio de Trabajo, como así también autorizar y aprobar los instructivos que como ANEXOS I y
II forman parte integrante del presente y reglamentan el programa.
Que, la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo N 135 de la Constitución Provincial.
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Establécese el programa de empleo denominado:
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE
LA EMPLEABILIDAD, el que será desarrollado en todo el ámbito de la Provincia, y estará destinado a la capacitación laboral de sectores vulnerables de la sociedad, con vigencia desde el 1 de Enero de 2011 y hasta el 31 de Diciembre del 2011.
ARTÍCULO 2.- La duración del Programa establecido por el artículo precedente será de doce meses, pudiendo ser extendido por otro período igual, designándose como autoridad de aplicación y responsable de la gestión del mismo al Ministerio de Trabajo de la Provincia.
ARTÍCULO 3.- Apruébanse los ANEXOS I y II que forman parte integrante del presente.
ARTÍCULO 4.- Para acceder al mismo, se deberán reunir los requisitos que se fijan en este Decreto en su Anexo I, debiendo ser evaluadas y autorizadas por el Ministerio de Trabajo, quien podrá disponer la inclusión, exclusión y/o suspensión de beneficiarios en el programa.
ARTICULO 5.- La implementación del presente programa en ningún caso generará relación laboral alguna entre la Provincia y las personas incorporadas al mismo.
ARTÍCULO 6.- Autorizar la asignación de fondos al Ministerio de Trabajo para el desarrollo de este programa, incluido el pago del seguro de vida obligatorio para los beneficiarios, hasta la suma de Pesos CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA Y
UN MIL $ 4.871.000, el cual deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio financiero correspondiente al año 2011, autorizándose a afectar dicho im-

porte hasta el CINCO POR CIENTO 5 % para el pago de instructores y adquisición de insumos, equipos y herramientas, necesarios para el desarrollo de las actividades de entrenamiento específicas.
ARTICULO 7.- El importe a que se hace referencia en el Artículo precedente, deberá ser imputado a la partida presupuestaria UGG
8801 inciso 591, en los tiempos y formas en que lo requiera el Ministerio de Trabajo.
ARTICULO 8.- De forma.

DECRETO Nº 3058

20-12-10

ARTÍCULO 1.- Aceptar la renuncia presentada por la agente Lilia Isabel PERDOMO, legajo N
11797254/00, categoría 18 P.O.M.
y S., a partir del día primero 1º de noviembre de 2010, a fin de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, de conformidad con lo estatuido en el artículo 21 inciso a siguientes y concordantes de la Ley Provincial N 561, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49, inciso c de la RIOS Ley Nacional N 22.140.
Marcelo O. ECHAZÚ ARTÍCULO 2.- Notificar a la interesada, comunicar a quienes coDECRETO Nº 3056 20-12-10 rresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
ARTÍCULO 1.- Aceptar la renunRIOS
cia presentada por el agente MiAmanda R. DEL CORRO
guel Angel GARCIA OJEDA, legajo N 11858010/00, categoría 18
P.O.M. y S., a partir del día quince DECRETO Nº 3059 20-12-10
15 de octubre de 2010, a fin de acogerse a los beneficios de la JuARTÍCULO 1.- Aceptar la renunbilación Ordinaria, de conformidad cia presentada por la agente Norcon lo estatuido en el artículo 21 ma Myriam FUENTES, legajo N
14581195/00, categoría 18 P.O.M.
inciso b siguientes y concordany S., a partir del día primero 1º de tes de la Ley Provincial N 561, en noviembre de 2010, a fin de acoun todo de acuerdo con lo dispuesgerse a los beneficios la Jubilación to en el artículo 49, inciso c de la Ordinaria, de conformidad con lo Ley Nacional N 22.140.
estatuido en el artículo 21 inciso ARTÍCULO 2.- Notificar al inteby concordantes de la Ley Proresado, comunicar a quienes corresvincial N 561, en un todo de acuerponda, dar al Boletín Oficial de la do con lo dispuesto en el artículo Provincia y archivar.
49, inciso c de la Ley Nacional N 22.140.
RIOS ARTÍCULO 2.- Notificar a la inAmanda R. DEL CORRO teresada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de DECRETO Nº 3057 20-12-10 la Provincia y archivar.
ARTÍCULO 1.- Aceptar la renuncia presentada por la agente María Borbonia VERA SOTOMAYOR, legajo N 18677640/00, categoría 18 P.O.M. y S., a partir del día primero 1º de noviembre de 2010, a fin de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, de conformidad con lo estatuido en el artículo 21 inciso a siguientes y concordantes de la Ley Provincial N
561, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49, inciso c de la Ley Nacional N 22.140.
ARTÍCULO 2.- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

RIOS
Amanda R. DEL CORRO
DECRETO Nº 3060

20-12-10

ARTÍCULO 1.- Aceptar la renuncia presentada por el agente Alejandro Nicolas LALLI, legajo N
12397118/00, categoría 18 P.O.M.
y S., a partir del día primero 1º de noviembre de 2010, a fin de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, de conformidad con lo estatuido en el artículo 21 inciso a, 18º siguientes y concordantes de la Ley Provincial N 561, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49, inciso c de la Ley Nacional N 22.140.
RIOS ARTÍCULO 2.- Notificar al inteAmanda R. DEL CORRO resado, comunicar a quienes corres-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 29/12/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date29/12/2010

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Last issue23/01/2024

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