Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/9/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVIII -

Ushuaia, Lunes 21 de Septiembre de 2009 - Nº 2623

16-09-09 te 17 de Septiembre de 2009.
ARTICULO 2- El presente geneARTICULO 1º- Remover en el carrará gastos de pasajes por el trago de Secretario de Derechos Humo: BUENOSAIRES-SAN CARmanos, al señor Walter René LULOS DE BARILOCHE - BUECIANI, D.N.I. N 13.805.430, a NOS AIRES.
partir del día de la fecha.
ARTICULO 3- El gasto que deARTICULO 3- De forma.
mande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partiRIOS das presupuestarias del ejercicio Rubén A. BAHNTJE económico en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
DECRETO Nº 2034 16-09-09
RIOS
ARTICULO 1- Conceder el peRubén A. BAHNTJE
ríodo de Licencia Especial de Invierno, al señor Contador General DECRETO Nº 2038 16-09-09
de la Provincia, C.P. Germán Rodolfo FEHRMANN, a partir del ARTICULO 1- Designar repredía diez 10 y hasta el día diecisentante titular de la Provincia de séis 16 de Septiembre de 2009. Tierra del Fuego, Antártida e Islas ARTICULO 2- De forma.
del Atlántico Sur, ante el Consejo Federal de la Función Pública, al RIOS Secretario de Gobierno, Dn. DaRubén A. BAHNTJE niel Oscar RAVAGLIA, D.N.I. N
14.913.640.
DECRETO Nº 2035 16-09-09 ARTICULO 2- Designar representante alterno de la Provincia de ARTICULO 1- Conceder la 2 Tierra del Fuego ante el Consejo fracción del Descanso Anual coFederal de la Función Pública, a la rrespondiente al año 2008, al seSecretaria Representación Oficial ñor Ministro de Trabajo, Dr. Mardel Gobierno en la Ciudad Autócelo O. ECHAZU, a partir del día noma de BuenosAires, Lic. Sandra veinticuatro 24 de Septiembre Graciana GARNICA, D.N.I. N
hasta el día dos 02 de Octubre de 17.043.619.
2009.
ARTICULO 3- Derogar el DecreARTICULO 2- De forma.
to Provincial N 246/08 y toda otra norma que se oponga al presente.
RIOS ARTICULO 4- Comunicar a quieRubén A. BAHNTJE nes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
DECRETO Nº 2036 16-09-09
RIOS
ARTICULO 1- Conceder el peRubén A. BAHNTJE
ríodo de Licencia Especial de Invierno, al señor Secretario de GesDECRETO Nº 2039 16-09-09
tión de la Secretaría General de Gobierno, Dn. Ricardo Andrés ARTÍCULO 1- Postergar por raDURAND, a partir del día veinzones de servicios el usufructo de tiuno 21 y hasta el día veintisiete veinticinco días 25 días corres27 de Septiembre de 2009.
pondiente a la segunda fracción de ARTICULO 2- De forma.
la Licencia Anual Reglamentaria, año 2008, de la señora Secretaria RIOS de Representación Oficial delRubén A. BAHNTJE Gobierno en la Ciudad de Buenos Aires, Lic. Sandra G. GARNICA, DECRETO Nº 2037 16-09-09 por las razones expuestas en los considerandos.
ARTICULO 1- Comisionar a la ARTÍCULO 2- De forma.
señora Secretaria de la Representación Oficial del Gobierno en la RIOS
Ciudad Autónoma de Buenos AiRubén A. BAHNTJE
res, Lic. Sandra G. GÁRNICA, a la ciudad de San Carlos de BariloDECRETO Nº 2040 16-09-09
che, por los motivos expuestos en el exordio, a partir del día diecisieARTICULO 1- Reconocer la CoDECRETO Nº 2033

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misión de Servicio efectuada por el Subsecretario de Derechos Humanos Señor Alberto Arturo NOAL, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre los días siete 07 y hasta el doce 12 de septiembre de 2009, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- El citado funcionario reasumió sus funciones el día trece 13 de septiembre de 2009.
ARTICULO 3- Reconocer la extensión de una orden de pasajes aéreos por los tramos RÍO GRANDE - BUENOS AIRES - RÍO
GRANDE y la liquidación de cuatro 4 días de viáticos.
ARTICULO 4º- El gasto que demandó el cumplimiento de la presente fue imputado a la partida presupuestaria del ejercicio económico en vigencia.
ARTICULO 5- De forma.

al mismo.
Que de igual modo se hace necesario, no establecer un máximo en la edad de los estudiantes, para que de esta forma, se amplíe el universo de beneficiarios que puedan acceder al Sistema.
Que por lo dicho precedentemente corresponde dictar el presente acto administrativo que apruebe e instrumente el nuevo Sistema de Prácticas Pre-profesionales No Rentadas, plasmando de esta manera, la experiencia acumulada con el sistema anterior.
Que para poder aplicar el nuevo sistema es necesario reglamentar el mismo, estableciendo las condiciones mínimas que servirán de marco a los acuerdos que se suscriban posteriormente.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo disRIOS puesto por el artículo 135 de la Rubén A. BAHNTJE Constitución Provincial.

16-09-09 Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
VISTO el Decreto Provincial N PROVINCIA DE TIERRA DEL
853/08 a través del cual se crea el FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
Programa Proyecto Joven; y DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos del prograARTICULO 1- Derogar el Decrema, se encuentra lo dispuesto en el to Provincial N 983/08, y su rec7 párrafo del ítem acciones del tificatorio Decreto Provincial N
Anexo I del citado Decreto, donde 2126/08, por los motivos expuesse prevé la instrumentación en el tos en los Considerandos.
ámbito de la Provincia de experienARTICULO 2º- Aprobar el Sistecias pre-profesionales en diferenma de Prácticas Pre-Profesionales tes áreas de gobierno provincial, de No Rentadas que regirá en el ámbimodo de generar aportes a la forto de la Provincia, y que funcionamación de los estudiantes corto así rá de acuerdo a la Reglamentación también un intercambio de Recurque, como Anexo I, forma parte insos Humanos con nuevas competegrante del presente.
tencias con entes gubernamentales. ARTICULO 3- Definir como Que mediante el Decreto ProvinPráctica Pre-Profesional No Rencial N 983/08 y su rectificatorio tada a las tareas que desarrollarán Decreto Provincial Nº 2126/08 se los estudiantes fueguinos de nivel aprobó el Sistema de Prácticas Presuperior, terciario y/o universitaprofesionales No Rentadas, a fin rio, en los distintos organismos de propiciar el fortalecimiento de públicos y privados, bajo las conla formación profesional de los esdiciones que se establecen en el tudiantes terciarios y/o universitapresente, y que tienen como finalirios fueguinos.
dad brindar experiencia a los futuQue de acuerdo a la experiencia reros profesionales.
cogida durante la puesta en práctiARTICULO 4- Establecer que las ca de dicho Sistema, se llegó a la prácticas definidas en el artículo conclusión de que éste no debe ciranterior serán de carácter voluntacunscribirse sólo al ámbito públirio, gratuito y no generarán vincuco provincial, sino que debe hacerlo laboral alguno con los organisse extensivo al sector público mumos, debiendo los interesados susnicipal, delegaciones de organismos cribir un convenio con estos, sepúblicos nacionales y empresas del gún modelo que se adjunta como sector privado que quieran adherir Anexo II del presente.

DECRETO Nº 2041

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/9/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date21/09/2009

Page count31

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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