Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/5/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVIII -

Construcción de Viviendas, Provincia de Tierra del Fuego, suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur representada por la suscripta y el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; y
Ushuaia, Miércoles 20 de Mayo de 2009 - Nº 2574

ARTICULO 2º- Notificar a la interesada con copia del presente y del Dictamen S.L. y T. Nº 163/09, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa y que podrá interponer la acción judicial dentro del plazo de noventa días hábiles a computar desde su notificación de conformidad con los Arts. 7, CONSIDERANDO:
15 y 24 de la Ley Provincial 133.
Que el mencionado se suscribió ARTICULO 3º- De forma.
con fecha cuatro 04 de marzo de 2009 ACU CODESPA N 523
RIOS
y se encuentra registrado bajo el Silvia C. FOSSINI
N 13731, siendo necesario proceder a su ratificación.
DECRETO N 819
14-05-09
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto VISTO el expediente N 003923administrativo en virtud de lo disMO/2009 del Registro de esta puesto por el artículo 135 de la Gobernación; y Constitución Provincial.
CONSIDERANDO:
Por ello:
Que mediante el mismo tramita el EL GOBERNADORA DE LA
Convenio suscripto entre la ProPROVINCIA DE TIERRA DEL vincia de Tierra del Fuego, AntárFUEGO. ANTÁRTIDA E ISLAS tida e Islas del Atlántico Sur, reDEL ATLÁNTICO SUR
presentada por el Señor Ministro DECRETA:
de Obras y Servicios Públicos Arq.
Rubén Daniel LEPEZ MACIAS, ARTICULO 1- Ratificar en toad referéndum de la Señora Godos sus términos el Acuerdo de bernadora y la Empresa SITRA
Adhesión a la Propuesta de ReS.A.I.C.F.I. y. C., registrado bajo conversión del Programa Federal el N 13738.
Plurianual de Construcción de ViQue mediante el citado instrumenviendas, Provincia de Tierra del to acuerdan la redeterminación de Fuego ACU CODESPA N 523, precios provisorio para la Obra:
suscripto entre la Provincia de "NUEVO HOSPITAL DE RIO
Tierra del Fuego, Antártida e Islas GRANDE".
del Atlántico Sur y el Ministerio Que resulta procedente ratificar de Planificación Federal, Inversión los términos del mismo.
Pública y Servicios, registrado Que la suscripta se encuentra fabajo el N 13731, cuya copia aucultada para el dictado del presententicada forma parte integrante te acto administrativo, en virtud de del presente.
los dispuesto por el artículo 135
ARTÍCULO 2- Remitir copia del de la Constitución Provincial.
presente a la Legislatura Provincial, a los fines previstos por el Por ello:
artículo 105, inciso 7 y artículo LA GOBERNADORA DE LA
135, inciso 1 de la Constitución PROVINCIA DE TIERRA DEL
Provincial.
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
ARTÍCULO 3- De forma.
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
RIOS
Daniel R. LEPEZ MACIAS ARTICULO 1- Ratificar en sus NUEVE 9 cláusulas el ConveDECRETO Nº 818
14-05-09 nio de Redeterminación de precios provisorio para la Obra: "NUEARTICULO 1º- NO hacer lugar al VO HOSPITAL DE RIO GRANrecurso de reconsideración deduDE" registrado bajo el n 13738, cido por la señora Irma Eulalia celebrado con fecha 23 de Abril de CASTELLANO, DNI F Nº 2009, entre la Provincia de Tierra 4.086.489, contra el Decreto Prodel Fuego, Antártida e Islas del vincial Nº 2026/08, ello en virtud Atlántico Sur, representada por el de los considerandos que anteceSeñor Ministro de Obras y Serviden y lo expuesto en el Dictamen cios Públicos Arq. Rubén Daniel S.L. y T. Nº 163/09.
LEPEZ MACIAS, y la Empresa
SITRA S.A.I.C.F.I. y C., representada por el Señor Antonio Américo PROVENZADO D.N.I. N
11.375.645, cuya copia forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2- Remitir copia del presente a la Legislatura Provincial a los fines previstos por los Artículos 105, inciso7 y 135, inciso 1 de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3- De forma.

mal funcionamiento de la Dirección Provincial de Puertos, contar con los créditos de gastos y recursos presupuestarios aprobados y distribuidos por Resolución D.P.P. N 0487/09, de acuerdo al detalle obrante a fojas I, a los efectos de afrontar los gastos que se originan en dicho Organismo.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo acorde a lo previsto en el artículos 135 de la ConsRIOS titución Provincial.
Daniel R. LEPEZ MACIAS
Por ello:
DECRETO N 820
14-05-09
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
VISTO las Leyes Provinciales N FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
495, N 723, y el Decreto ProvinDEL ATLANTICO SUR
cial N 064/09; y DECRETA:
CONSIDERANDO:
Que el artículo 27 de la Ley Provincial N 495 establece que: Si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el proyecto de Presupuesto General, regirá el que estuvo en vigencia el año anterior, con los siguientes ajustes que deberá introducir el Poder Ejecutivo en los presupuestos de la Administración Central y Organismos Descentralizados.
Que dicha Ley en el mismo artículo, establece además en el punto d, del inciso 1, que: estimará cada uno de los rubros de recursos para el nuevo ejercicio, y en el punto c, del inciso 2, que: incluirá los créditos presupuestarios indispensables para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios, respetando la distribución por funciones y entre gastos corrientes y de capital.
Que los artículo 14 y 26 de la Ley Provincial N 723, establece que: El Poder Ejecutivo Provincial podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias dentro del total de erogaciones determinados en artículos 1 de la presente Ley, pudiendo solamente ser incrementados por consecuencias de obtención de mayores recursos o de financiamiento adicional, o bien cuando se produzcan excedentes financieros cuyo traslado de un ejercicio al siguiente lo justifique.
Que mediante Decreto Provincial N 064/09, anexo I, se aprueba la reconducción del presupuesto de dicho Organismo Descentralizado.
Que se hace imperioso para el nor-

ARTICULO 1- RATIFICAR la Resolución D.P.P. N 0487/09, y su anexo I, de erogaciones y cálculos de recursos, de la Dirección Provincial de Puertos, la cual forma parte del presente, en virtud de lo establecido en el artículo 27
de la Ley Provincial N 495.
ARTICULO 2- De forma.
RIOS
Roberto L. CROCIANELLI
DECRETO N 821

14-05-09

VISTO los Decretos Provinciales N
3637/07, N 3708/07 y N 918; y CONSIDERANDO:
Que mediante los mismos se aprobaron la Estructura Política de los Ministerios y Secretarías de Estado, instaurados por la Ley Provincial N 752.
Que el Anexo I del Decreto Provincial N 3637/07 estableció la Estructura Política del Ministerio de Gobierno, Coordinación General y Justicia, siendo rectificado mediante Decretos Provinciales N
3708/07 y N 918/08.
Que la citada cartera ministerial ha solicitado la modificación de dicha Estructura, en virtud de la necesidad de realizar una readecuación funcional de la jurisdicción.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el Artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/5/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date20/05/2009

Page count36

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Last issue23/01/2024

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