Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 2/3/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVIII LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratificar en sus diez 10 cláusulas el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N 13675, celebrado con fecha veinte 20 de febrero de 2009, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por la señora Ministro de Salud, Dra. María Haydée GRIECO y el Sr. Néstor José PASTORIZA D.N.I. N
M 4.628.785, cuya copia autenticada forma parte del presente.
ARTICULO 2- El gasto que demande el cumplimiento del presente será solventado con las partidas presupuestarias del Ejercicio Económico Financiero en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.

Ushuaia, Lunes 02 de Marzo de 2009 - Nº 2542

ARTICULO 1- Autorizar yAprobar el pago del Programa Red Solidaria de Estímulo Económico Para Personas en Situación de Riesgo RED - SOL, correspondiente al mes de Febrero de 2009, por la suma de PESOS SEISCIENTOS
ONCE MIL $ 611.000,00, de acuerdo al detalle del Anexo I del presente, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Efectuados los pagos correspondientes, el Ministerio de Desarrollo Social deberá rendir cuenta documentada ante la Contaduría General.
ARTÍCULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria U.G.G. 8327, Inciso 514, del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.

25-02-09

VISTO el expediente N 2320MD/09 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la liquidación del Programa Red Solidaria de Estímulo Económico Para Personas en Situación de Riesgo RED -SOL, correspondiente al mes de Febrero de 2009, por la suma de PESOS SEISCIENTOS
ONCE MIL $ 611.000,00.
Que el referido programa se encuentra prorrogado hasta el 30 de Junio de 2009, mediante Decreto Provincial N 216/09.
Que el pago se deberá efectuar a través del Banco Provincia Tierra del Fuego, de acuerdo al detalle del Anexo I del presente.
Que el gasto de referencia cuenta con la reserva de crédito correspondiente.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:

RIOS
Silvia C. FOSSINI

RIOS
Silvia C. FOSSINI DECRETO N 403

RIOS
María H. GRIECO DECRETO N 402
DECRETO N 401

mes de Febrero de 2009, por la suma de PESOS UN MILLON
DOSCIENTOS CUARENTA Y
DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 90/100
$ 1.242.899,90, de acuerdo al detalle del Anexo I del presente, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Efectuados los pagos correspondientes, el Ministerio de Desarrollo Social deberá rendir cuenta documentada ante la Contaduría General.
ARTÍCULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria U.G.G. 8327, Inciso 512, del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.

25-02-09

25-02-09 ARTÍCULO 1- Reubicar al personal detallado en el Anexo I del VISTO el expediente N 2319- presente, en la Secretaría de DesaMD/09 del registro de esta Goberrrollo Sustentable y Ambiente nación; y Fiscalización de Pesca Deportiva, a partir del día siguiente de su notiCONSIDERANDO:
ficación.
Que mediante el mismo se tramita ARTÍCULO 2- El gasto que dela liquidación de las Pensiones Ley mande el presente será imputado a 389 y Subsidios, correspondiente la Unidad de Gestión de Gasto N
al mes de Febrero de 2009, por la 8951, inciso 1 - Gastos en Persosuma de PESOS UN MILLON nal.
DOSCIENTOS CUARENTA Y ARTÍCULO 3- Notificar a los DOS MIL OCHOCIENTOS NOinteresados, comunicar a quienes VENTA Y NUEVE CON 90/100 corresponda, dar al Boletín Oficial $ 1.242.899,90.
de la Provincia y archivar.
Que el pago se deberá efectuar a través del Banco Provincia Tierra RIOS
del Fuego, de acuerdo al detalle del Roberto L. CROCIANELLI
Anexo I del presente.
Que el gasto de referencia cuenta DECRETO N 404
25-02-09
con la reserva de crédito correspondiente.
VISTO el Expediente N 054/09
Que la suscripta se encuentra fadel Registro del Instituto Fueguicultada para dictar el presente acto no de Turismo; y administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la CONSIDERANDO:
Constitución Provincial.
Que mediante el mismo se ha efectuado por parte de ese Instituto Por ello:
un relevamiento y estado de siLA GOBERNADORA DE LA
tuación de la Hostería San Pablo, PROVINCIA DE TIERRA DEL propiedad del estado Provincial, FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS advirtiendo el avanzado estado de DEL ATLÁNTICO SUR
deterioro de la misma, producto DECRETA:
de acciones externas, manteniéndose una estructura acorde para ARTICULO 1- Autorizar yAproser reutilizada mediante una inverbar el pago de Pensiones Ley 389 sión significativa y necesaria para y Subsidios, correspondiente al su uso.

3

Que la zona del Cabo San Pablo, lugar donde se encuentra implantada la Hostería tiene un importante potencial, resultando de un claro interés turístico.
Que los habitantes de Tierra del Fuego y los Turistas necesitan de lugares que permitan el disfrute y contemplación de la naturaleza, debidamente acondicionados y delimitados.
Que es necesario aumentar la estadía de los visitantes que arriban a Tierra del Fuego, por lo que el Instituto Fueguino de Turismo se encuentra abocado a desarrollar y diversificar la oferta turística, poniendo en valor los atractivos existentes en el territorio provincial.
Que el Instituto Fueguino de Turismo es por Ley Provincial N 65
autoridad de aplicación en materia turística, contando con experiencia en la administración de bienes provinciales con tal destino, por lo que resulta oportuno y conveniente, entregar la administración del bien propiedad estatal Hostería San Pablo a ese Instituto a efectos de ponerlo en valor y funcionamiento.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1- TRANSFIERASE al Instituto Fueguino de Turismo la administración, control y percepción de canon de la Hostería San Pablo, ubicada en Cabo San Pablo, propiedad del Gobierno de la Provincia.
ARTÍCULO 2- El producido de la concesión que surja de la explotación de la Hostería San Pablo ingresará como recurso al Instituto Fueguino de Turismo conforme artículo 35 de Ley Provincial N 65.
ARTÍCULO 3- De forma.
RIOS
Roberto L. CROCIANELLI
DECRETO N 405

25-02-09

ARTÍCULO 1- Reubicar a la agente Yamila Jezabel MEDINA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 2/3/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date02/03/2009

Page count47

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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