Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/11/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

"2008 - AÑO DE LA ENSEÑANZA DE LAS CIENCIAS"

AÑO XVII -

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Ushuaia, Lunes 17 de Noviembre de 2008 - Nº 2503

Nº 2503

AÑO XVII

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU

Sr.RobertoLuisCROCIANELLI

Arq.DanielRubénLEPEZMACIAS

Sr.DaríoRubénVARGAS

MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO

Lic. Silvia Cristina FOSSINI

Dr.MarceloOscarECHAZU

Lic.Adrián AlbertoCAMERANO

Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA

Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sr.Daniel AlejandroLEON

Dr.EduardoRaúlOLIVERO

Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA

Dr.NicolásJuanLUCAS

Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Lunes 17 de Noviembre de 2008
LEY PROVINCIAL Nº 770
Sancionada por la Legislatura Provincial el día 02 de Octubre de 2008.
Promulgada de Hecho el día 11 de Noviembre de 2008.
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
ARTICULO 1º- Declárase la Emergencia Laboral en el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, por el plazo de ciento veinte 120 días a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, en el sector de la industria textil, del vestido, confeccionistas, hilandería y plásticos.
ARTICULO 2º- Las empresas, beneficiarias del Régimen de Promoción Económica establecido por la Ley nacional 19.640, que suspen-

dan o despidan personal sin causa justificada durante la vigencia de la emergencia declarada en el artículo 1º, mientras no revean tales medidas, serán pasibles de la retención de las correspondientes certificaciones de origen, sancionadas con multas y pérdida de beneficios promocionales y fiscales, en la forma y por el procedimiento que establezca la reglamentación.
ARTICULO 3º- El Ministerio de Trabajo será la autoridad de aplicación de la presente ley. Se le delega la facultad de ampliar, a los efectos de esta ley, a otras actividades, sectores o áreas que puedan corresponder.
ARTICULO 4º- La autoridad de aplicación informará a la Comisión del Area Aduanera Especial los incumplimientos que detecte, a los efectos de que suspenda la emisión de los certificados de origen correspondientes a los infractores.
ARTICULO 5º- La presente ley será reglamentada en el plazo de diez 10 días.

ARTICULO 6º- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DADA EN SESION ESPECIAL
DEL ATLANTICO SUR
DEL DIA 2 DE OCTUBRE DE SANCIONA CON FUERZA DE
2008.LEY :
RAIMBAULT ARTICULO 1º- Institúyese el mes de octubre como Mes de la Preven---0--ción del Cáncer de Mama, realizándose campañas de concientización, Sancionada por la Legislatura Proconsultas médicas y mamografías vincial el día 2 de Octubre de 2008.- gratuitas con el fin de la detección Promulgada de Hecho el día 11 de precoz de cáncer de mama.
Noviembre de 2008.ARTICULO 2º- Créase el Fondo REGISTRADA BAJO EL Nº 770.- Provincial Conciencia sobre el USHUAIA, 11 de Noviembre de Cáncer de Mama, que será de 2008.afectación específica, destinado a campañas de prevención del cánRAIMBAULT cer de mama que incluyan todas Guillermo H. ARAMBURU las acciones tendientes al esclarecimiento y la prevención de esta patología. Estará conformado con LEY PROVINCIAL Nº 771
el producido de:
Sancionada el día 16 de Octubre de a el cero coma cinco por ciento 0,5
2008.% del total recaudado por la DirecPromulgada el día 11 de Noviemción General de Rentas para el ítem Pesqueras y Otras Industrias;
bre de 2008.-

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/11/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date17/11/2008

Page count43

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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