Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 15/9/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVII -

puesto en el artículo 1º del Decreto Provincial Nº 1276/04, la abscripción de la agente Avelina Florencia FLORES, categoría 18 P.O.M.
y S., legajo Nº 14811420/00.
ARTICULO 2º- Adscribir al Frente para la Victoria del Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, a la agente Avelina Florencia FLORES, categoría 18 P.O. M. y S., legajo Nº 14811420/00, a partir del día siguiente al de su notificación, y por el término de trescientos sesenta y cinco 365 días, en virtud de lo establecido en el Decreto Nacional Nº 2058/85, anexo I, punto 2.3 - Reglamentario de la Ley Nacional Nº 22.251.
ARTICULO 3º- La institución que solicitó la abscripción de la agente de referencia deberá enviar dentro de los primeros cinco 5 días de cada mes a la Dirección General de Personal, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura Ciencia y Tecnología, la real prestación de servicios del mes anterior; teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago de los haberes.
ARTICULO 4º- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 1846 09-09-08

Ushuaia, Lunes 15 de Septiembre de 2008 - Nº 2477

el Decreto Nacional Nº 22.251.
ARTICULO 2º- La institución que solicitó la adscripción de la agente de referencia deberá enviar dentro de los primeros cinco 5 días de cada mes a la Dirección General de Administración Financiera, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, la real prestación de servicio del mes anterior;
teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago de los haberes.
ARTICULO 3º- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU

ARTICULO 4- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a la partida presupuestaria del ejercicio económico en vigencia.
ARTICULO 5- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 1850 09-09-08
ARTICULO 1- A partir del día nueve 9 de Septiembre de 2008, reasume sus funciones la señora Secretaria de la Representación Oficial del Gobierno en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, Lic.
Sandra G. GARNICA.
ARTICULO 2- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU

DECRETO Nº 1848 09-09-08
DECRETO Nº 1851 09-09-08
ARTICULO 1- Autorizar la comisión de servicio a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los agentes Roberto Orlando DIAZ
SILVA, Legajo N 18706233/00, Categoría 15 P.O.M. y S. y Rubén Andrés TREPATT, Legajo N
16465549/00, Categoría 15
P.O.M. y S., ambos, choferes del vehículo asignado como móvil N
2, a partir del día 08 de septiembre y hasta el día 17 de septiembre del corriente año, por los motivos expuesto en el exordio.
ARTICULO 2- El cumplimiento de dicha comisión, no ocasionará gastos al Estado Provincial.
ARTICULO 3- De forma.

ARTICULO lConceder el período de Licencia Especial de Invierno, al señor Ministro de Obras y RIOS
Servicios Públicos, Arq. Daniel Guillermo H. ARAMBURU
LEPEZ, a partir del día veinte 20
y hasta el día veintiséis 26 de DECRETO Nº 1849 09-09-08
Septiembre de 2008.
ARTICULO 2- De forma.
ARTICULO 1- Autorizar la comisión de servicio del señor SecretaRIOS rio de Derechos Humanos, Lic.
Guillermo H. ARAMBURU Adrián CAMERANO, a la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a parDECRETO Nº 1847 09-09-08 tir del día veintidós 22 de Septiembre y reasumiendo sus funcioARTICULO 1º- Adscribir al Blones el día veinticuatro 24 de Sepque del Movimiento Popular Fuetiembre de 2008, por los motivos guino del Concejo Deliberante de expuestos en los considerandos.
la ciudad de Ushuaia, a la agente ARTICULO 2- Autorizar la extenMary Argentina DIAZ, legajo Nº sión de una orden de pasaje aéreo 11462383/00, categoría 18 P.A. y por los tramos: RIO GRANDE T., a partir del día siguiente de su BUENOS AIRES - RIO GRANDE.
notificación, y por el término de ARTICULO 3- La presente cotrescientos sesenta y cinco 365 misión no devengará gastos de días, en virtud de lo establecido en viáticos.

ARTICULO 1- A partir del día ocho 8 de Septiembre de 2008, reasume sus funciones el señor Ministro de Economía Dn. Roberto Luis CROCIANELLI.
ARTICULO 2- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 1852 09-09-08
VISTO las Leyes Provinciales N
495, N 723, N 756 y el Decreto Provincial N 28/08; y CONSIDERANDO:
Que se hace imperioso para el normal funcionamiento de los Organismos Descentralizados, contar con los créditos presupuestarios aprobados y distribuidos de acuerdo a sus necesidades a los efectos de afrontar los gastos que se originan diariamente.
Que el artículo 27º de la Ley Provincial N 495 establece que: Si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el proyecto de Presupuesto General, regirá el que estuvo en vigencia el año anterior, con los siguientes ajustes que deberá introducir el Poder Ejecutivo en los presupuestos de la Administración Central y Organismos Descentralizados.
Que dicha ley en el mismo artículo, establece además en el punto d del inciso, 1 que: "estimará cada uno de los rubros de recur-

sos para el nuevo ejercicio;" y en el punto c del inciso 2 que: "incluirá los créditos presupuestarios indispensables para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios, respetando la distribución por funciones y entre gastos corrientes y de capital;"
Que el artículo 14 de la Ley Provincial Nº 723, establece que: "El Poder Ejecutivo Provincial podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias dentro del total de erogaciones determinados en el artículo 1º de la presente Ley, pudiendo solamente ser incrementado por consecuencia de obtención de mayores recursos o de financiamiento adicional, o bien cuando se produzcan excedentes financieros cuyo traslado de un ejercicio al siguiente lo justifique;"
Que es necesario incorporar en el cálculo de recursos las fuentes financieras autorizadas por la Ley Provincial Nº 512 que permite garantizar el principio de equilibrio presupuestario, que ha fijado, la doctrina en materia presupuestaria.
Que en consonancia con el Decreto Provincial Nº 1386/08, que adecúa los ingresos y gastos del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal de Cuentas y Fiscalía de Estado, se hace necesario, del mismo modo, asegurar el normal funcionamiento de los Organismos Descentralizados, garantizando una correcta ejecución de los créditos presupuestarios.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo, acorde a lo previsto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DELATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1º- RATIFICAR las Resoluciones y sus correspondientes anexos, de recálculo de recursos gastos de los Organismos Descentralizados, detalladas en el Anexo I y que forman parte del presente, en virtud de lo establecido en el artículo 27º de la Ley Provincial Nº 495
ARTICULO 2º- Las modificaciones a las que se refiere el Artículo 1º regirán a partir del día de la fe-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 15/9/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date15/09/2008

Page count60

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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