Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/4/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVII -

Ello así, en tanto a través del Decreto Pcial. N 023/08 del día 7 del corriente, se dispuso Derogar en todas sus partes el Decreto Provincial N 3376/07, como así también todos los actos administrativos dictados como consecuencia de éste fs. 842.
cabe agregar que en la Nota M.E.C.C. V T. N 248/08 de fs.
843/4, el Sr. Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología ha manifestado que el trámite que debió continuar a partir del dictado del Decreto Provincial N 3376/07 avanzó sólo hasta la inscripción de los aspirantes a los cargos creados por dicho Decreto
Por lo expuesto, reitero, es opinión del suscripto que el asunto aquí abordado ha devenido abstracta.
Habiendo finalizado con el tratamiento de las distintas cuestiones que han sido planteadas, solo resta materializar las conclusiones a las que se ha arribado, para lo cual deberá dictarse el pertinente acto administrativo, el que con copia certificada del presente deberá notificarse al Sr. Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y a los denunciantes.
DICTAMEN FISCALÍA DE ESTADO N 02/08.Ushuaia, 16 de Enero de 2008.MARTINEZ DE SUCRE
Tramita por ante esta Fiscalía de Estado de la Provincia el expediente de nuestro registro N 01/08, caratulado: s/SOLICITAN SE
ENCAUCE LA CONDUCTA
ADMINISTRATIVA DEL EJECUTIVO PROVINCIAL Y SE
ORDENE EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LA LEY 736, el que se iniciara con motivo de una presentación realizada por los Sres.
Guillermo Eduardo Torre y Miguel Ángel Fonte, invocando el carácter de Presidente y Vicepresidente de la Asociación Civil Bomberos Voluntarios de Ushuaia respectivamente, a través de la cual solicitan se encauce la conducta administrativa del Ejecutivo Provincial en el marco de la Ley Provincial N 736, concretamente en lo referente a la remisión de fondos que a la citada Asociación le corresponden del Fondo Permanente Provincial de Ayuda a los Cuerpos Activos de las Asociaciones de Bomberos Vo-

Ushuaia, Lunes 21 de Abril de 2008 - Nº 2417

luntarios instituido por la mencionada ley.
Una vez recepcionada la denuncia en este organismo de control, previa solicitud de una aclaración a la Asociación denunciante que fue rápidamente evacuada por ésta, se efectuó requerimiento al Ministerio de Gobierno, Coordinación General y Justicia de la Provincia a través de la Nota F.E. N 15/08, el que ha sido reiterado por medio de la Nota F.E. N 23/08, y aún está pendiente de respuesta, aclarando que no se halla vencido el nuevo plazo de tres días establecido a tal fin.
Pero no obstante ello es necesario puntualizar que en el día de la fecha ha ingresado la Nota N 011/
08 Letra: C.D.B.V.U., suscripta por el Sr. Presidente de la Comisión Bomberos Voluntarios de Ushuaia, que me permite expedirme en estas actuaciones.
Ello así en tanto en la citada nota se afirma:
Por medio de la presente, me dirijo a ud. a efectos de informar en relación a nuestra anterior, en la que reclamábamos el encauce de la conducta del Ejecutivo Provincial, respecto del cumplimiento de la Ley 736, que con fecha 11 de Enero del corriente año hemos cobrado la totalidad de lo adeudado por el mes de Noviembre, una deuda pendiente por diferencias al mismo mes y un adelanto respecto del mes de Diciembre con compromiso de pago de la diferencia faltante para completar el total para la segunda quincena de Enero.
Ante ello, sólo nos queda por reclamar lo precedentemente informado, más una diferencia de Noviembre, la cual ya se ha formalizado por los canales administrativos de rigor y seguramente al amparo del Artículo 12 de la Ley 736
será cumplido como corresponde fs. 13.
En síntesis, la información suministrada por quien radicara la denuncia me permite concluir en que la cuestión que diera origen a estas actuaciones se encuentra debidamente encauzada en el ámbito correspondiente, restando sólo exhortar a las autoridades competentes a que arbitren las acciones pertinentes a fin de que las actuaciones en trámite permitan cancelar las obligaciones pendientes a la brevedad.
En atención a lo hasta aquí expuesto, sólo resta materializar la con-

clusión a la que he arribado, para lo cual deberá dictarse el pertinente acto administrativo, el que con copia certificada del presente deberá notificarse al Sr. Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia de la Provincia y al Sr.
Presidente de la Asociación Civil Bomberos Voluntarios de Ushuaia.

libro de Registro N 24 para la dependencia en la ciudad de Río Grande, que registrará la extensión de las Guías Obligatorias para el traslado de ganado mayor, menor y fardos de cueros y/o lanas.
ARTICULO 2- De forma.
CANALIS

RESOL. Nº 07
07-03-08
DICTAMEN FISCALIA DE ESTADO N 03/08.ARTICULO 1º- Apruébese la soUshuaia, 17 de Enero de 2008.licitud de renovación de la Señal N 66, presentada por el Sr. Juan MARTINEZ DE SUCRE Carlos Ángel APOLINAIRE, LE.
N 5.513.755.
DISPOSICIONES
ARTICULO 2º- La Señal mencionada en el artículo precedente opeREGISTRO DE MARCAS
rará vencimiento el 07 de marzo de Y SEÑALES
2017.
RESOL. Nº 04
29-01-08 ARTICULO 3º- Comuníquese al interesado, dése al Boletín Oficial ARTICULO 1- Apruébese la sode la Provincia y ARCHÍVESE.
licitud de RENOVACION de la CANALIS
Marca N 43 la Señal N 43, registrada a nombre de la Sra. María 13-03-08
Menéndez Hume de Paz, Libreta RESOL. Nº 08
Cívica N 4.987.390.
ARTICULO 2- Otórguese DUARTICULO 1º- Apruébese la soPLICADO del Título de la Marca licitud de renovación de la marca N 43 y Señal N 43 constatándocorrespondiente al Título de la se en el mismo y en el Registro de Marca N 88, presentada por el Marcas y Señales de la Provincia, Señor Facundo Cristian PAGE.
dejándose caduco y sin ningún ARTICULO 2- El nuevo vencimiento operará el día 31 de Diciemefecto el Título Original.
ARTICULO 3- La Marca y Señal bre del año 2008.
mencionadas en el artículo preceARTICULO 3- Comuníquese al dente operaran vencimiento el 17 interesado, dése al Boletín oficial de la Provincia y ARCHÍVESE.
de enero de 2013.
ARTICULO 4º- Comuníquese al CANALIS
interesado, dése al Boletín Oficial de la Provincia y ARCHIVESE.
RESOL. Nº 09
13-03-08
CANALIS
ARTICULO 1º- Apruébese la soRESOL. Nº 05
22-02-08 licitud de renovación de la señal correspondiente al Titulo de la Señal ARTICULO 1º- Apruébese la soPorcina A07, presentada por el licitud de renovación de la señal coSeñor Luís Ricardo PRESSACCO, rrespondiente al Titulo de la Señal D.N.I. N 18.140.484.
Porcina A36, presentada por el ARTICULO 2- El nuevo venciSeñor Héctor David GONZALEZ miento operará el día 31 de Diciembre del año 2008.
PINO.
ARTICULO 2- El nuevo venciARTICULO 3- Comuníquese al miento operará el día 31 de Dicieminteresado, dése al Boletín Oficial de la Provincia y ARCHÍVESE.
bre del año 2008.
ARTICULO 3- Comuníquese al CANALIS
interesado, dése al Boletín Oficial de la Provincia y ARCHÍVESE.
RESOL. Nº 10
18-03-08
CANALIS
ARTICULO 1- Apruébese la soRESOL. Nº 06
07-03-08 licitud de renovación de la señal correspondiente al Título de la SeARTICULO 1- HABILITASE el ñal Porcina A39, presentada por el

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/4/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date21/04/2008

Page count43

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First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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