Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 16/2/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XIV - Ushuaia, Miércoles 16 de Febrero de 2005 - Nº 1948

CUATROCIENTOS $ 3.400,00, de acuerdo a los comprobantes detallados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente y depósito efectuado a la cuenta 1710435/7 por PESOS CIEN $ 100,00.
ARTICULO 2- Cancelar el anticipo con cargo a rendir otorgado por Resolución de la Subsecretaría de Hacienda N 918/04 a la Dirección de Administración del Ministerio de Coordinación de Gabinete por la suma total de PESOS TRES MIL
QUINIENTOS $ 3.500,00, rendido mediante el presente.
ARTICULO 3- Imputar los gastos realizados a las partida presupuestaria detalladas en el Anexo II que forma parte del presente acto administrativo al ejercicio económico en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
ALLEGRO
RESOL. N 1894

28-12-04

ARTICULO 1- Aprobar el gasto en concepto del servicio de seguridad y vigilancia para los Centros de Atención Primaria en Salud de la ciudad de Ushuaia, correspondiente al período 1 al 07 de OCTUBRE dE
2004.
ARTICULO 2- Pagar a favor de la Empresa ATALAYA Servicios y Seguridad Privada de Cheuquel Irma Noemí de Pérez la suma total de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS
VEINTISÉIS $ 2.926.-.según facture B N 0001-00000800, ello por los motivos expresados en los considerandos.
ARTÍCULO 3- Imputar la presente erogación con cargo a las partidas presupuestarias 1.1.1.03.20.104393, del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- Comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
ALLEGRO
RESOL. N 1895

28-12-04

ARTICULO 1- Aprobar la rendición por la suma de PESOS SIETE
MIL OCHENTA Y SEIS $
7.086,00, según Anexo I, que forma parte integrante del presente y comprobante de deposito N 01031302, por la suma de PESOS NOVECIENTOS CATORCE $ 914,00, por lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2- Cancelar totalmente el anticipo con cargo a rendir, por la suma de PESOS OCHO MIL $
8.000,00, otorgado mediante Resolución Sub. Hac. N 1051/04, de acuerdo a las facturas y comprobante del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego detallados en el Anexo I, que forma parte integrante del presente, destinados a cubrir los gastos ocasionados por LA SEMANA
DE LA POLICIA FEDERAL.

ARTICULO 3- La presente erogación fue imputada oportunamente con cargo a la partida presupuestaria: 1.1.1.03.14.203.391; del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
ALLEGRO
RESOL. N 1896

28-12-04

ARTICULO 1- Aprobar el gasto por la suma total de PESOS TRES
MIL TRESCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO $ 3.394,00, efectuada por el Ministerio de Gobierno, Trabajo, Seguridad, Justicia y Culto en concepto de la visita protocolar del Señor rector de la Universidad Nacional de Córdoba y su comitiva a esta ciudad durante los días 26 y 30
de Septiembre de 2004, según detalle que obra como Anexo I de la presente.
ARTICULO 2- Cancelar totalmente el Anticipo con Cargo a Rendir otorgado por Resolución SUB.
HAC. N 902/04 al Ministerio de Gobierno, Trabajo, Seguridad, Justicia y Culto por la suma total de PESOS CINCO MIL $ 5.000,00, por las razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 3- Imputar el gasto a la partidas presupuestarias del ejercicio en vigencia de acuerdo a Anexo II de la presente.
ARTICULO 4- De forma.
ALLEGRO
RESOL. N 1897

29-12-04

VISTO la Ley Provincial N 495 y el Decreto Reglamentario 1122/02;
y CONSIDERANDO:
Que dada la proximidad al fin del período fiscal resulta necesario establecer las normas y criterios conducentes al cierre de las cuentas del ejercicio económico y financiero.
Que la Ley de Administración Financiera establece en su artículo 10
que: El ejercicio financiero del sector público provincial comenzará el 1 de enero y terminará el 31 de diciembre de cada año.
Que la mencionada Ley establece en su artículo 31 que se considerará gastado un crédito cuando queda afectado definitivamente al devengarse el gasto.
Que en dicho artículo se indica además: La reglamentación establecerá los criterios y procedimientos para la aplicación de este artículo y corresponderá al órgano rector del sistema la regulación de los demás aspectos conceptuales y operativos que garanticen su plena vigencia.
Que el Decreto Reglamentario N
1122/02, ANEXO I, artículo 31, establece en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior en los apartados 1
a 3 cuales son las principales características de los distintos momentos
de la ejecución presupuestaria, y en el apartado 5 faculta a la Secretaría de Hacienda a definir los criterios para el registro de las diferentes etapas de ejecución del gasto y la descripción de la documentación básica que deberá respaldar cada una de las operaciones de registro.
Que dicho Decreto, al definir el devengado en el ANEXO I, apartado 2.2, indica que el devengado implica:
una modificación cualitativa y cuantitativa en la composición del patrimonio de la respectiva jurisdicción o entidad, originada por .transacciones con incidencia económica y financiera, y también lo define como el surgimiento de una obligación de pago por la recepción de conformidad de bienes o servicios oportunamente contratados, por haberse cumplido los requisitos administrativos dispuestos para los casos de gastos sin contraprestación.
Que tal como lo plantea Las Heras en su libro Administración Financiera Gubernamental, la definición del momento del devengado no es una mera cuestión formal, sino esencial para otorgarle racionalidad financiera a la gestión de las cuentas públicas, siendo así sustancial esta etapa para exteriorizar toda modificación cualitativa y cuantitativa de los movimientos patrimoniales.
Que por lo tanto resulta necesario medir la incidencia económica y financiera de las operaciones del estado provincial sobre la hacienda del mismo basado en el principio de la realidad económica, con independencia de las relaciones jurídicas y del momento de su registración contable.
Que resulta necesario contemplar límites para la registración de transacciones a los efectos de cumplir con los plazos constitucionales para la presentación de la Cuenta de Cierre del Ejercicio.
Que el sistema de administración financiera del estado es el principal sistema de información de la provincia.
Que para asegurar que se genere información de buena calidad resulta necesario garantizar que los datos se ingresan a dicho sistema con criterios homogéneos y acordes a la normativa, y con una sistematicidad preestablecida.
Que la necesidad de efectuar cortes en el flujo de operaciones de la administración provincial torna sumamente importe que se defina correctamente a que período se debe imputar cada acto.
Que ante consideraciones similares, la Secretaría de Hacienda de la Nación dictó la Resolución N 358/92
que se tomó como base para la confección de este acto administrativo.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido por la Ley Provincial N 495 y el Decreto Provincial N 1122/02
ANEXO I, apartado 4.

Por ello:
EL SECRETARIO DE
HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1- Aprobar la definición de los criterios para el registro de las diferentes etapas de ejecución del gasto y la descripción de la documentación básica que deberá respaldar cada una de las operaciones del registro indicado en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2- En los casos en que se trate de una operación con efectos económicos que no este claramente especificada en el ANEXO I de la presente o fuera una operación de carácter excepcional, deberá registrarse el devengamiento una vez cumplidas todas las revisiones de organismos de control interno y externo, hasta la fecha límite máxima establecida por la contaduría general en su cronograma de tareas de cierre de cada ejercicio o período, imputando el ejercicio que corresponda basado en el principio de la realidad económica.
ARTICULO 3- De forma.
ALLEGRO
RESOL. N 1898

29-12-04

ARTICULO 1- Aprobar la Rendición N 04 del Fondo Permanente de Gastos Generales de la Dirección General de Administración Financiera de la Secretaría de Seguridad otorgado mediante Resolución M.E.H. y F. N 86/04, ampliado por Resolución M.E.H. y F. N 216/04, por la suma de PESOS VEINTITRES MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y
SIETE CON SETENTA Y CINCO
CENTAVOS $ 23.877,75 de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2- Habiéndose efectuado los pagos por el importe mencionado en el Artículo precedente, corresponde cancelar totalmente el mencionado Fondo.
ARTICULO 3- Imputar la presente erogación a las partidas presupuestarias del ejercicio económico financiero en vigencia, detalladas en el Anexo II de la presente.
ARTICULO 4- De forma.
ALLEGRO
RESOL. N 1899

29-12-04

ARTICULO 1- Apruébese la 5
rendición del Fondo Permanente Gastos Generales de Dirección General de Administración Financiera de la Secretaría General de Gobierno, por la suma de PESOS DIEZ
MIL NOVECIENTOS SETENTA
Y CUATRO CON TREINTA Y
TRES CENTAVOS $ 10.974,33, de acuerdo al Anexo I, que forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2- Habiéndose efectuado los pagos por la suma mencio-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 16/2/2005

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date16/02/2005

Page count32

Edition count3738

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Last issue23/01/2024

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