Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 1/7/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Lunes, 1 de julio de 2024

Núm. 75

Tercero. Bases reguladoras Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones por la Diputación de Soria BOP nº 147 de 23 de diciembre de 2009.
http www.dipsoria.es/sites/dipsoria/files/public/paginas/archivos/ordenanza_general_
reguladora_de_la_concesion_de_subvenciones.pdf Cuarta. Cuantía La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje sobre el coste subvencionable, obtenido en función de la puntuación otorgada aplicando los criterios de puntuación del proyecto de la base décimo primera, con un porcentaje máximo del 50% de la inversión subvencionable para aquellos proyectos a los que se otorguen 100 puntos.
La cuantía máxima de subvención será de 15.000 €.
Quinta. Proyectos y costes subvencionables:
El importe mínimo del proyecto para ser considerado subvencionable será 4.000 €, IVA excluido. Son proyectos subvencionables los siguientes, de forma independiente o combinada:
1. Proyectos de industria 4.0.
2. Sistemas de ciberseguridad.
3. Inteligencia artificial / I o T, realidad virtual.
4. Gemelo Digital.
5. Implementación de herramientas de productividad y servicios en la nube para la actividad empresarial.
6. Implantación de plataformas ERP / CRM o similar.
7. Implantación de soluciones de análisis de datos.
8. Sistemas de mejora de la conectividad.
Son subvencionables, dentro de cada proyecto, los siguientes costes:
1. Consultoría de diseño de proyecto e implantación.
2. Coste de adquisición de licencias y programas para alguno de los apartados de la base quinta durante el primer año.
3. Adquisición de equipos informáticos ligados directamente al proyecto. La adquisición de equipos no será financiable si no va unida a un proyecto de los definidos en la base quinta.
No podrá suponer nunca más del 50% del coste total del proyecto.
4. Formación del personal.
5. Para los proyectos de industria 4.0, serán subvencionables los costes de ingeniería, sensorización, automatización y similares, incluyendo maquinaria siempre que sea necesaria para el desarrollo del proyecto.
En el caso de la maquinaria, no podrá suponer más del 50% del proyecto.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las solicitudes se pueden presentar durante el mes siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria y deberán contener la siguiente documentación:
1. Anexo I debidamente cumplimentado. Datos.
2. Anexo II debidamente cumplimentado. Proyecto.
3. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica poder de representante y estatutos de la sociedad.

BOPSO-75-01072024

Pág. 2439

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 1/7/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date01/07/2024

Page count16

Edition count2711

First edition04/05/2005

Last issue29/07/2024

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