Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 12/6/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Pág. 2287

Miércoles, 12 de junio de 2024

Núm. 68

- Título monitor tiempo libre:
- Titulación universitaria de carácter social:
- F.P en alguna rama vinculada a temas de animación juvenil y tiempo libre - Cursos relacionados con el puesto que se oferta.
Por cada 100 horas o parte proporcional Sólo se puntuarán los títulos que especifiquen las horas.
- Haber finalizado la parte teórica del curso de monitor de tiempo libre
3,5 puntos 2 puntos 1 punto 0,10 puntos 0,25 puntos
Experiencia Máximo 5 puntos - Monitor Escuela de Verano ediciones anteriores. Por cada mes o parte proporcional: No se tendrá en cuenta dicha experiencia cuando el contrato de trabajo se hubiese extinguido por no superar periodo de prueba - Trabajos relacionados con el puesto que se oferta. Por cada año o parte proporcional:

0,75 puntos 1 punto
6.- COMISIÓN DE SELECCIÓN:
Cuando surjan dudas en la baremación se convocará con carácter urgente a la Comisión de empleo y desarrollo. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por dicha Comisión, por mayoría.
7.- CONTRATO:
Se formalizará por escrito para su visado por la Oficina de Empleo, bajo la modalidad de contrato Fijo Discontinúo a tiempo parcial.
8.- RETRIBUCIÓN:
El Contrato será retribuido diariamente durante el tiempo que dure su prestación. El precio del día efectivamente trabajado será de 75 euros brutos. Dicha cuantía comprende todos los conceptos retributivos, incluida la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias y las vacaciones no disfrutadas, así como un complemento por especial dedicación, quedando excluida cualquier tipo de compensación, económica o en descansos que le pudiera corresponder. Dicha cuantía corresponde a un día de trabajo a jornada completa y será reducida proporcionalmente en función de la jornada efectivamente trabajada. A los trabajadores que residan en algún municipio integrante de esta Mancomunidad y que para desarrollar su trabajo deban desplazarse a otro municipio de la misma se le abonará dicho desplazamiento a razón de 0,26 €/km. A los
BOPSO-68-12062024

5.- VALORACIÓN DE INSTANCIAS:
El equipo técnico encargado del desarrollo de la Escuela de Vacaciones, compuesto por personal técnico de la Mancomunidad y del CEAS Tierras Altas de Diputación, formalizará la lista con las solicitudes presentadas, teniendo en cuenta la puntuación obtenida según hoja de autobaremación que se adjunta en el anexo II, previa comprobación de la misma, y que será expuesta en el tablón de anuncios de esta Mancomunidad.
Cuando surja la necesidad de cubrir una plaza se seguirá el orden de la lista y se avisará al candidato por orden de puntuación elevándose propuesta al Presidente para su contratación.
En caso de renuncia, baja o de que el candidato seleccionado no disponga de medios propios para asistir a su puesto de trabajo el orden de prelación servirá para realizar nuevos llamamientos.
El baremo se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
Formación Máximo 5 puntos

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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 12/6/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Soria

CountrySpain

Date12/06/2024

Page count22

Edition count2709

First edition04/05/2005

Last issue24/07/2024

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