Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 16/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia Núm. 20

BOPS

Miércoles, 16 de febrero de 2022

Pág. 3
50022

DIPUTACIÓN DE SEGOVIA
Asuntos Sociales ANUNCIO
El Pleno de la Diputación de Segovia en sesión ordinaria celebrada el 25 de noviembre de 2021, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza reguladora del precio público por estancia en centros residenciales dependientes de la Diputación de Segovia, exponiéndose al público por plazo de treinta días hábiles. Una vez transcurrido dicho plazo sin haberse presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobado, y se procede a la publicación íntegra de la Ordenanza conforme al texto que a continuación se explicita. Lo que se hace público para general conocimiento.
Contra el acuerdo de aprobación de esta Ordenanza podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que preceptúan los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ESTANCIA EN CENTROS
RESIDENCIALES DEPENDIENTES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
Es intención de esta Diputación establecer un sistema de precios públicos por estancia en sus centros residenciales que se adecúe a la normativa vigente en materia de atención a personas mayores y con discapacidad; y que, teniendo en cuenta el carácter eminentemente social de estos servicios, se base en criterios que tiendan a favorecer a las personas con rentas inferiores, siendo la repercusión del coste mayor para aquellas personas con niveles de renta superior, garantizando en todo caso un mínimo de ingresos para gastos personales de las personas beneficiarias, justificándose así las razones de interés público que permiten que se señalen unos precios públicos que no lleguen a cubrir la totalidad del coste del servicio.
La Ley 5/2003, de 3 de abril, de Atención y Protección de las Personas Mayores de Castilla y León señala que las personas mayores usuarias de centros y servicios integrados en el Sistema de Acción Social y Servicios Sociales participarán en la financiación del coste de los mismos de acuerdo con su capacidad económica, a través de la creación y el establecimiento de precios públicos.
El artículo 33.1 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las personas en situación de dependencia, señala que las personas beneficiarias de las prestaciones de dependencia participarán en la financiación de las mismas, según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica personal. En este sentido en el artículo 14. 7 se indica que la capacidad económica se determinará en atención a la renta y el patrimonio de la persona solicitante.
La citada ley, en su artículo 8.2.d, encomienda al Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia SAAD la fijación de los criterios para determinar la participación económica del beneficiario en la financiación de las prestaciones del Sistema. Mediante la Resolución de 2 de diciembre de 2008, de ,la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación de la capacidad económica de la persona beneficiaria y sobre los criterios de participación de éste en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia SAAD.
Así, pues, la Ordenanza vigente necesita ser adaptada para cumplir algunos criterios básicos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y, en especial, el mandato de computar exclusiva-

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Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 16/2/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Segovia

CountrySpain

Date16/02/2022

Page count61

Edition count3399

First edition01/01/2003

Last issue26/07/2024

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