Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 22/12/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
SAN JUAN
CAJA DE ACCIÓN SOCIAL
Copia de la Resolución adoptada por el Consejo de Administración en su sesión de fecha 02/11/16, mediante Acta Nº 48 Punto 13.VISTO:
El Expediente Nº 708-633-2016 y adjunto Nº 7081021-2016, registros de la Caja de Acción Social, Y;
CONSIDERANDO:
QUE por las referidas actuaciones, la Sra. Gerente de Juegos solicita a Coordinación de Lotería y Quiniela y a Jefatura Técnica, proyecto y análisis de cambio del Reglamento General del Juego de Quiniela respecto a Poderes, Cierres temporales y Transferencias, a efecto de resolver los inconvenientes administrativos y operativos que se presentan;
QUE Coordinación de Lotería y Quiniela y Jefatura Técnica, atento a lo solicitado por Gerencia de Juegos, adjuntan a fojas 05 a 13 Proyecto de Modificación del Reglamento General del Juego de Quiniela Decreto Nº 2027-MHFyOP-93 y Formularios Anexos; expresando que debe considerarse que el Reglamento vigente data del año 1993, y con el devenir de los años, la evolución de la sociedad y el cambio constante, como la creación de nuevos juegos y la aplicación de nuevas tecnologías, se hizo necesaria la adaptación del reglamento a través de diversas resoluciones, lo que generó una dispersión normativa; por lo expuesto, esta modificación parcial propone actualizar, ordenar y concentrar dentro del articulado del reglamento una parte importante de esa dispersión normativa;
QUE habiendo tomado conocimiento el Sr. Presidente de la Caja de Acción Social, determina remitir las presentes actuaciones a Asesoría Letrada para su intervención;
QUE Asesoría Letrada toma intervención expresando que el proyecto de modificación a los artículos del Reglamento General del Juego de Quiniela Decreto Nº 2027/93, se encuentra formalmente en condiciones de ser elevado a Consejo de Administración para su conocimiento y aprobación;
QUE a fojas 16 se adjunta Expediente Nº 708-10212016, mediante los cuales Coordinación de Lotería y Quiniela y Jefatura Técnica adjuntan Proyecto de modificación de los Artículos 5º, 6º, 7º y 8º del Reglamento General del Juego de Quiniela, respecto a los requisitos para los aspirantes a permisionarios y a las incompatibilidades;
QUE Asesoría Letrada interviene nuevamente expresando que el modelo de proyecto acompañado se encuentra formalmente en condiciones de ser elevado
San Juan, Jueves 22 de Diciembre de 2016

a Consejo de Administración para su conocimiento y aprobación;
QUE habiendo tomado conocimiento de las presentes actuaciones los miembros del Consejo de Administración, determinan aprobar las modificaciones al Reglamento General del Juego de Quiniela Decreto Nº 2027/93; en virtud a lo expresado en los considerandos precedentes;
POR ELLO:
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA
CAJA DE ACCIÓN SOCIAL
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: Apruébase las Modificaciones al Reglamento General del Juego de Quiniela Decreto Nº 2027-MHFyOP-93, todo ello conforme a la facultad conferida en el Capítulo II De las Modificaciones Artículo 83º del mencionado Reglamento y en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.ARTÍCULO 2º: Modifícase la denominación del TÍTULO I del Reglamento General del Juego de Quiniela Decreto Nº 2027-MHFyOP-93, que se reemplazará por la siguiente: PERMISOS DE
JUEGO.ARTÍCULO 3º: Modifícase el Artículo 1º del Reglamento General del Juego de Quiniela Decreto Nº 2027-MHFyOP-93, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1º: CARÁCTER DE LOS
PERMISOS: Los permisos que otorga la Caja de Acción Social CAS para la explotación de los juegos que administra, son de carácter precario, personal, indisponible e intransferible. Se extinguen por renuncia, fallecimiento, incapacidad o incompatibilidad sobreviniente del titular o por revocación.
Los permisos se clasifican en dos tipos: el permiso destinado a explotar una Agencia de juego, y el permiso destinado a explotar una Sub-Agencia de juego.ARTÍCULO 4º: Modifícase el Artículo 2º del Reglamento General del Juego de Quiniela Decreto Nº 2027-MHFyOP-93, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO
2º:
CAMBIO
DE
TITULARIDAD
DE
PERMISOS
PROCEDENCIA: La CAS puede autorizar el cambio de titularidad de Permisiones en los siguientes casos:
a A petición del permisionario después de transcurridos 5 cinco años desde la notificación de la Resolución que otorgó el Permiso;
b En cualquier tiempo de la permisión: Por incapacidad total y permanente, incompatibilidad sobreviniente o fallecimiento del titular del Permiso.-

Pág. 182.409

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Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 22/12/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

CountryArgentina

Date22/12/2016

Page count12

Edition count1785

First edition17/05/2016

Last issue22/07/2024

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