Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 11/6/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

N.º 112 Martes 11 de Junio de 2024

Pág. 1

IV. Administración Local AYUNTAMIENTOS

Agallas Anuncio de la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Abastecimiento de agua.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de abril de 2024, acordó la aprobación inicial, de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Abastecimiento de Agua.
El acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, nº 79 de 24 de abril de 2.024, sometiéndose a información pública por espacio de treinta días.
Transcurrido el periodo de información pública, sin que se hayan presentado reclamaciones, queda elevado automáticamente a definitivo el acuerdo plenario provisional antedicho, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004,de 5 de marzo.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente, recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso, no suspenderá por sí sola, la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Agallas a 5 de junio de 2024.El Alcalde, Urbano Chamorro Porras.

Se modifica el artículo nº 6, que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 6º.- COUTA TRIBUTARIA.
1.- Se tomará como base, la cantidad de agua medida en metros cúbicos, utilizada en la finca, en cada periodo de doce meses.
En los supuestos en que no sea posible obtener la lectura por ausencia del usuario de su domicilio, se exigirá igualmente la cota de abono, sin perjuicio de liquidarse la diferencia que resulta de más, dentro del periodo siguiente. Los consumos inferiores a los establecidos en la cuota de abono, no darán lugar a su compensación en los subsiguientes periodos.
2.- La cuota tributaria correspondiente a la prestación de los servicios de abastecimiento de agua se determinarán aplicando la siguiente tarifa:
- Se establece un mínimo de 30 euros anuales, que cubre el consumo de 60 metros cúbicos al año.
- Por cada metro cúbico de exceso 1 euro anual.-

CVE: BOP-SA-20240611-001

https sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

D.L.: S 1-1958

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Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 11/6/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

CountrySpain

Date11/06/2024

Page count22

Edition count3012

First edition11/06/2012

Last issue26/07/2024

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