Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 16/2/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca
N.º 34 Viernes 16 de febrero de 2024
Pág. 59
AdministraciónCentral Local I.IV.Administración MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
AYUNTAMIENTOS
Confederación Hidrográfi ca del Duero O.A.
Villar de Argañán Comisaría de Aguas Anuncio.
Anuncio-Información pública.
En cumplimiento del art. 169.1, por remisión del art. 172.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 22-12-2023, sobre modificación de créditos con cargo al remanente de tesorería, y con cargo a nuevos ingresos como sigue a continuación:
PRESUPUESTO DE GASTOS AUMENTO
PROGR
ECONOM
CONCEPTO
PRESUPUESTADO
161
221.01
Abastecim. agua, mancom.
15.000,00
338
226.09
Activid. cultural, fiestas
5.000,00
600,00
5.600,00
454
210.00
Infraest. repara. caminos
1.000,00
4.800,00
5.800,00
920
213.00
Maquinaria, reparaciones
2.000,00
2.500,00
4.500,00
920
227.06
Estudios y trabajos técnicos
3.000,00
2.500,00
5.500,00
26.000,00
15.900,00
41.900,00
TOTAL
AUMENTO
5.500,00
TOTAL
20.500,00
FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA
PROGR
ECONOM
870
CONCEPTO
IMPORT.DISPONIBLE
MODIFICA
TOTAL
Remanente de tesorería
72.296,23
13.000.00
59.296,23
FINANCIADO CON CARGO A NUEVOS INGRESOS
PROGR
ECONOM
CONCEPTO
IMPORT.DISPONIBLE
MODIFICA
TOTAL
454
619,00
Sub. Infraesr. Agropec, caminos
1000,00
2.900,00
3.900,00
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los arts. 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, y el art. 171.3
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Villar de Argañán, a 9 de febrero de 2024.El alcalde.
BOP-SA-20240216-021
CVE: BOP-SA-20240206-000
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