Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 4/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 04 de Febrero de 2022

BOLETIN OFICIAL

PAGINA 31

la Auditoría Nº 6836/21-D.M. y C. F. y en razón de las limitaciones en él señaladas y consignadas en el Considerando IV del presente Acuerdo, no es posible opinar sobre la razonabilidad de las cifras expuestas en los Estados Contables presentados. El cumplimiento por parte del ente auditado de las normas y reglamentaciones aplicables a los actos y operaciones que fueran objeto de examen ha sido relativamente limitado, tal como resulta de las Observaciones detalladas en el Artículo 3º y de las situaciones y cuestiones expresadas en el Considerando IV del presente Acuerdo. Artículo 3º: Por Secretaría, dar traslado conjuntamente con la notificación del presente Acuerdo, a los obligados a rendir cuentas, los señores Sebastián Ariel Zapata -Presidente de la Comisión desde 01/01/2019 al 10/12/2019-, Jorge Fernando Wircaleo -Presidente desde 11/12/2019 al 31/12/2019-, María Estela Wircaleo -Secretaria Tesorera desde 01/01/2019 al 10/12/2019- y Beatriz B. Cayueque -Secretaria Tesorera desde 11/12/2019
al 31/12/2019-, de las Observaciones Nº 1 incisos a a c y Nº 2 incisos 1 a 117, formuladas en el Anexo I del Informe del Auditoría Nº 6836/21-D.M. y C.F., conjuntamente con la notificación del presente Acuerdo y a efectos de que en un plazo improrrogable de 20 veinte días presenten ante el Tribunal los descargos que hagan a su derecho. Artículo 4º: Vencido el plazo fijado a los responsables por el Artículo 3º, pasen las actuaciones al Auditor Fiscal para que produzca Informe de Descargos. Artículo 5º: Hacer saber a las actuales autoridades que deberán arbitrar las medidas conducentes a fin de evitar la reiteración de las situaciones expuestas en el Considerando IV del presente decisorio. Artículo 6º: Excluir de los alcances del presente decisorio toda Actuación Sumarial pendiente de resolución por parte de este Tribunal y/o Sede Judicial relacionada con la Rendición de Cuentas auditada. Artículo 7º: Regístrese, notifíquese, dese al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación. Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María Vaqueiro Vocal, Dra. Laura M. Serrano Vocal, Dr.
Antonio A. Di Maggio Vocal, Dra. Daniela G. Brollo Prosecretaria a/c Secretaría.


ACUERDO JR-9837. En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los un días del mes de octubre del año dos mil veintiuno, se reúne en acuerdo el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Neuquén, para dictar resolución en los autos caratulados: Comisaría 42 Villa El Chocón - Cabrera Matías Oscar s/Sustracción de Arma Reglamentaria Nº 26-F42437 el Día 11-2-2017, Expte. Nº 5600-05195/2017, en trámite por ante este Tribunal; Visto: Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Declarar la Responsabilidad Administrativa Patrimonial del Agente Cabrera Matías Oscar Emanuel -LP Nº 133.662/0- D.N.I. 36.258.000, por la producción del hecho que motivara la formación de las presentes actuaciones. Artículo 2º: Condenar al Agente Cabrera Matías Oscar Emanuel -LP Nº 133.662/0- D.N.I. 36.258.000 al pago de la suma de pesos trece mil cuatrocientos ochenta $13.480,00, en concepto de valor de reposición del arma reglamentaria tipo pistola Calibre 9 mm. Nº 26-F42437, marca Bersa, modelo Thunder Pro, con su cargador con 15 municiones. Asimismo, se le hace saber que en el plazo de veinte 20 días deberá abonar el total resultante en la Cuenta Corriente Nº 110/3 que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia del Neuquén -Sucursal Rivadavia-, estableciéndose como lugar de pago la sede del Tribunal de Cuentas sita en calle Rivadavia Nº 127 de la ciudad de Neuquén, lugar en el que se deberá presentar el comprobante respectivo para su acreditación dentro del plazo indicado. Vencido el plazo y sin que se haya dado cumplimiento al pago, se librará testimonio de la Sentencia y se remitirá a la Fiscalía de Estado para la ejecución por vía de apremio, conforme Artículo 119 de la Ley Provincial Nº 2141. Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese.
Fdo. Dr. Hugo R. Acuña Presidente, Cra. Ana C. Esteves Vocal, Cra. María Vaqueiro Vocal, Dra.
Laura M. Serrano Vocal, Cr. Vctor S. Collinao Vocal Subrogante, Dra. Daniela G. Brollo Secretaria a/c Secretaría.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 4/2/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date04/02/2022

Page count32

Edition count1323

First edition12/01/2001

Last issue30/07/2024

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