Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 30/12/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 30 de Diciembre de 2015

BOLETIN OFICIAL

de la ciudad de Nqn., Provincia del Neuquén;
Mauricio Edgar Acosta, DNI 20.296.124, nacido el 25/5/1968, argentino, casado en primeras nupcias con Silvina Marcela Bertrán, DNI 21.126.382, comerciante, con domicilio en J.J. Lastra 366, 1º Piso de la ciudad del Nqn., Provincia del Neuquén.
Razón Social: RAISING S.R.L.. Domicilio: Ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la industrialización, comercialización y distribución de paneles, bloques y lozas para la construcción en seco, brindando servicios de construcción y asesoría tendientes a promover la utilización de los productos por ella fabricados. Estas actividades podrán ser desarrolladas por ella en forma directa o asociada a terceras compañías. Plazo de Duración: 99 años desde fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos ciento treinta y cuatro mil $134.000,00, dividido en un mil trescientas cuarenta 1.340,00 cuotas de capital de pesos cien $100,00 de valor nominal cada una que los socios suscriben en su totalidad y de la siguiente forma: El Sr. Norberto Alfredo Bruno suscribe:
Pesos sesenta y siete mil $67.000,00 o sea en 670,00 cuotas de capital de pesos cien $100,00
de valor nominal cada una. Dichos aportes se integran de la siguiente forma: El veinticinco por ciento 25%, o sea pesos dieciséis mil setecientos cincuenta $16.750,00, en dinero en efectivo al momento de la celebración del acto constitutivo. El saldo restante, o sea pesos cincuenta mil doscientos cincuenta $50.250 será integrado en su totalidad en el plazo de dos años, contados a partir de la fecha de inscripción del contrato en el Registro Público de Comercio. El Sr. Mauricio Edgar Acosta suscribe: Pesos sesenta y siete mil $67.000,00 o sea 670,00 cuotas de capital de pesos cien $100,00 de valor nominal cada una.
Dichos aportes se integran de la siguiente forma:
El veinticinco por ciento 25%, o sea pesos dieciséis mil setecientos cincuenta $16.750,00, en dinero en efectivo al momento de la celebración del acto constitutivo. El saldo restante, o sea pesos cincuenta mil doscientos cincuenta $50.250,00, será integrado en su totalidad en el plazo de dos años contados a partir de la fecha de inscripción del contrato en el Registro Público de Comercio.
Órgano de Administración y Fiscalización y Organización de la Representación Legal: La adminis-

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tración y representación legal de la sociedad será ejercida por uno o varios Gerente/s socio/s o no que tendrá el uso de la firma social y la representación legal con todas las facultades necesarias para actuar en su nombre sin limitación alguna, pudiendo celebrar y representada en cuanto acto jurídico importe adquirir derechos y contraer obligaciones, ya sea de naturaleza civil, comercial, administrativa, judicial o de cualquier otra índole que se relacione directamente con el objeto social. En el ejercicio de la administración de la sociedad, los Gerentes podrán, para el cumplimiento de sus fines sociales, constituir toda clase de derechos reales, permutar, ceder, tomar en locación bienes imnuebles, realizar todo acto o contrato por el cual se adquieran o enajenen bienes, contratar o sub-contratar cualquier clase de negocios o servicios, nombrar agentes, otorgar poderes generales y especiales, solicitar créditos, abrir cuentas corrientes y efectuar todo tipo de operaciones bancarias con bancos nacionales, provinciales, municipales, mixtos o privados, en el país o en el exterior, constituir hipotecas de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y en la forma y condiciones más convenientes, dejando constancia que las enumeraciones precedentes que no son taxativas sino meramente enunciativas, pudiendo realizar todos los actos o contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Para la realización de los siguientes actos se requerirá la aprobación por unanimidad de todos los socios: a Cuando se trate de compras y/o ventas de bienes registrables y la constitución de derechos reales con vehículos y/o inmuebles adquiridos; b Cuando se trate de contraer préstamos, empréstitos o créditos en nombre de la sociedad cuando superen el importe de su capital social. Los Gerentes son elegidos por Asamblea de Socios y durarán en sus cargos hasta que renuncien o que la Asamblea de Socios les revoque el mandato, con la aprobación de la mayoría simple del capital social presente en la misma. Contralor: La sociedad prescindirá de la Sindicatura, por lo que los socios poseen el derecho de examinar los libros y papeles sociales y recabar de la Gerencia los informes que estimen pertinentes conforme lo dispuesto por los Artículos 55 y 158 de la Ley 19550. Si al aumentarse el capital la sociedad quedara comprendida en el inciso 2 del Artículo 299 de la Ley antes citada, la Asamblea de Socios que así lo resolviese, deberá designar un Síndico titular y un suplente

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 30/12/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date30/12/2015

Page count20

Edition count1323

First edition12/01/2001

Last issue30/07/2024

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